Vaya a la corte

En la corte, tanto usted como la otra parte, si va, tendrán la oportunidad de hablar. Entonces, el juez decidirá si renueva la orden.

Qué esperar en la corte

Normalmente, la persona que pide renovar la orden de restricción habla primero

Puede decirle al juez por qué quiere renovar la orden. Si la persona restringida contravino la orden de restricción, dígaselo al juez. Si sigue teniendo miedo de la persona restringida, hágaselo saber al juez. No necesita demostrar que la persona restringida le ha maltratado desde la última orden.

Está bien que lleve notas y las lea. También puede presentar pruebas o testigos para respaldar los hechos de su caso.

Si la otra parte está presente, también tendrá su turno para hablar

La otra parte también tiene la oportunidad de hablar y presentar sus pruebas. Usted tendrá la oportunidad de responder a lo que esta diga.

Después de escuchar a ambas partes, el juez decidirá si renueva la orden de restricción. 

Si el juez renueva la orden de restricción

Obtenga una copia de la nueva orden

El juez o el secretario puede prepararle la nueva orden. Revísela detenidamente para asegurarse de que coincide con lo que ordenó el juez.

Si no se la preparan, tendrá que llenar la Orden para renovar orden de restricción por acoso civil (CLETS) (formulario CH-730) (en español) Adjúntele la orden de restricción (formulario CH-130). Désela al secretario para que la firme el juez. 

El secretario presentará la orden y puede darle hasta 5 copias con el sello "Presentado".

Asegúrese de que se haga la entrega legal de la nueva orden a la otra parte

Necesitará mandar hacer la entrega legal de la nueva orden a la otra parte y presentar la prueba de entrega firmada en la corte. No puede hacer la entrega legal usted mismo.