Haga la entrega legal de su solicitud de cambiar o poner fin a una Orden de restricción por violencia en el hogar (DVRO)
Después de presentar su Solicitud y obtener una fecha de audiencia, tiene que avisar a la otra parte que hay una audiencia. Para ello, pídale a otro adulto, no usted, que entregue una copia de los documentos a la otra parte. A esto se le llama hacer la entrega legal de los documentos de la corte.
Cómo hacer la entrega legal de una solicitud para cambiar o poner fin a una orden de restricción
️ Los enlaces a los formularios de la corte se abren en una pestaña nueva.
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Haga la entrega legal en persona o por correo
Revise el formulario DV-310, punto 5 ️, para ver si el juez le ordenó hacer la entrega legal de sus papeles en persona o si se le permite hacerla por correo.
Si se le permite hacer la entrega legal por correo, la persona a cargo de la entrega legal solo tiene que enviar por correo una copia de sus papeles de la corte. Hacer la entrega legal en persona siempre está permitido y, por lo general, es lo mejor.
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Elija una persona a cargo de la entrega legal
No puede hacer la entrega legal de sus documentos de la corte usted mismo.
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Pida al alguacil que haga la entrega legal
Si tiene la dirección de la otra parte, el alguacil puede hacer la entrega legal gratis.
Llene la Solicitud para que el alguacil haga la entrega legal de documentos de la corte (formulario SER-001) ️. Dé el formulario SER-001 ️ llenado, una Respuesta a Solicitud de cambiar o poner fin a orden de restricción (formulario DV-320) ️ en blanco, y una copia de todos sus documentos que necesitan ser entregados legalmente al alguacil del condado en el que se encuentra la otra parte. Haga esto lo más rápido posible porque puede llevarle algún tiempo al alguacil hacer la entrega legal de los documentos. -
Si no desea usar el servicio del alguacil
Elija a alguien que:
La persona a cargo de la entrega legal puede ser alguien que conozca o un profesional de entrega legal que contrate. Dé a la persona a cargo de la entrega legal una copia de todos los formularios de la corte que necesita para hacer la entrega legal a la otra parte, junto con una Respuesta a Solicitud de cambiar o poner fin a orden de restricción (formulario DV-320) ️ en blanco.
¿Qué pasa si no se puede hacer la entrega legal de sus papeles?
- Puede pedir una nueva fecha de audiencia con el formulario DV-315 ️. Esto le da más tiempo para hacer la entrega legal a la otra parte.
- Si el juez le ordenó hacer la entrega legal en persona y cree que la otra parte está evitando (evadiendo) la entrega legal, también puede pedirle permiso al juez para hacer la entrega legal de los papeles de otra manera ️.
- El juez puede permitirlo si el alguacil o la persona a cargo de la entrega legal intentó hacer la entrega legal de los papeles en persona al menos 3 veces. La Declaración de diligencia debida del alguacil, o las notas de la persona a cargo de la entrega legal sobre cuándo y dónde lo intentó y qué pasó, ayudarán a demostrarlo.
- También tendrá que explicar por qué cree que la otra parte está evitando la entrega legal.
- Normalmente también tendrá que pedir una nueva fecha de audiencia.
- Si no puede encontrar a la otra parte, pida ayuda en el centro de ayuda ️ (el enlace se abre en una pestaña nueva) de su corte.
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Pídale a la persona a cargo de la entrega legal que llene un formulario
Se tiene que presentar en la corte un formulario llamado "prueba de entrega" para demostrar que se hizo la entrega legal a la persona restringida.
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Alguacil
El alguacil le llenará un formulario de prueba de entrega. Pregúntele al alguacil si presentará el formulario en la corte. Si no, usted tendrá que llevarlo a la corte para presentarlo.
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Si no es el alguacil
Si la persona a cargo de la entrega legal es alguien que usted conoce o un profesional de entrega legal, dele uno de estos formularios:
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Presente el formulario de prueba de entrega
- Haga una copia del formulario de prueba de entrega llenado.
- Lleve el original y la copia a la corte para presentar el formulario ante el secretario de la corte.
- El secretario se quedará con el original y le devolverá la copia.
- Conserve la copia de la prueba de entrega con su orden de restricción.
Entonces usted no tiene que presentar la prueba de entrega. Asegúrese de que el alguacil le dé una copia, o pida una al secretario de la corte. Conserve la copia de la prueba de entrega con su orden de restricción.
Vaya a su audiencia
Una vez que haya hecho la entrega legal de su solicitud, obtenga información sobre lo que puede esperar en su audiencia y sobre cómo prepararse.
