Haga la entrega legal de su solicitud de cambiar o poner fin a una Orden de restricción por violencia en el hogar (DVRO)

Después de presentar su Solicitud y obtener una fecha de audiencia, tiene que avisar a la otra parte que hay una audiencia. Para ello, pídale a otro adulto, no usted, que entregue una copia de los documentos a la otra parte. A esto se le llama hacer la entrega legal de los documentos de la corte. La persona que entrega los documentos es la persona a cargo de la entrega legal.

Cómo hace la persona a cargo de la entrega legal la entrega de los documentos

Hay 2 formas principales de hacer la entrega legal de documentos de la corte, en persona o por correo

La persona a cargo de la entrega legal siempre puede entregar los papeles en persona (lo que se llama entrega legal en persona). A veces, puede enviar los documentos por correo en lugar de eso (lo que se llama entrega por correo). Usted tiene que mandar entregar los documentos en persona (entrega legal en persona) si:

  • Usted es la parte restringida que pide cambiar o finalizar la orden de restricción.

    Si está pidiendo cambiar o finalizar una orden de restricción dictada en su contra (formulario DV-130 o DV-730).

  • El juez dictó una entrega legal en persona.

    Para saber si el juez dictó una entrega legal en persona, vea los puntos 7 y 8 del formulario FL-300. Si está marcado el punto 7, se requiere entrega legal en persona. La entrega legal en persona es obligatoria si el juez dictó la orden del punto 8.  Puede pedirle a la oficina del alguacil (el sheriff, en inglés) que haga la entrega legal de sus documentos de manera gratuita.

Si ninguna de las anteriores es aplicable, puede hacer la entrega por correo.

Haga la entrega legal por correo

Esto significa que la persona a cargo de la entrega legal puede enviarlos por correo a la otra parte.

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Si no está seguro de cuál puede usar, hable con el Centro de ayuda de su corte. El personal puede ayudarle a saber qué forma puede usar. Siempre puede usar la entrega legal en persona.

 

Cómo hacer la entrega legal de una orden de restricción

  • Haga la entrega legal por correo o en persona

    Vea el formulario DV-310, punto 5c, para ver si el juez le ordenó hacer la entrega legal por correo o en persona. Si se le ordena hacer la entrega legal por correo, esto significa que la persona a cargo de la entrega legal solo tiene que enviar por correo una copia de la orden de restricción. Pero hacer la entrega legal a alguien en persona siempre es mejor.

  • Elija una persona a cargo de la entrega legal

    No puede hacer la entrega legal de sus documentos de la corte usted mismo.

    • Pida al alguacil que haga la entrega legal

      Si tiene la dirección de la otra parte, el alguacil puede hacer la entrega legal gratis.

       

      Quiero que el alguacil haga la entrega legal.
      ¿Cómo lo hago?
      Llene la Solicitud para que el alguacil haga la entrega legal de documentos de la corte (formulario SER-001) (en español). Dé el formulario SER-001 (en español) llenado y una copia de todos sus documentos que necesitan ser entregados legalmente al alguacil del condado en el que se puede encontrar la otra parte. Haga esto lo más rápido posible porque puede llevarle algún tiempo al alguacil hacer la entrega legal de los documentos.
    • Si no desea usar el servicio del alguacil

      Elija a alguien que:

      • Tenga 18 años o más, y
      • No esté involucrado en este caso de la corte. 

       

      La persona a cargo de la entrega legal puede ser alguien que conozca o un profesional de entrega legal que contrate. Dé a la persona a cargo de la entrega legal una copia de todos los formularios de la corte que necesita para hacer la entrega legal a la otra parte.

       

      Piense en la seguridad de la persona a cargo de la entrega legal. 

      Si tiene alguna inquietud, considere pedirle al alguacil que la haga. 
  • Pídale a la persona a cargo de la entrega legal que llene un formulario

    Se tiene que presentar en la corte un formulario llamado "prueba de entrega" para demostrar que se hizo la entrega legal a la persona restringida.

    • Alguacil

      El alguacil le llenará un formulario de prueba de entrega. Pregúntele al alguacil si presentará el formulario en la corte. Si no, usted tendrá que llevarlo a la corte para presentarlo.

    • Si no es el alguacil

      Si la persona a cargo de la entrega legal es alguien que usted conoce o un profesional de entrega legal, dele a la persona a cargo de la entrega legal uno de estos formularios:

  • Presente el formulario de prueba de entrega

    Haga una copia del formulario de prueba de entrega llenado. Llévela a la corte para presentarla con el secretario de la corte. El secretario se quedará con el original y le devolverá la copia. Conserve la copia de la prueba de entrega con su orden de restricción. 

    Entonces usted no necesitará presentar la prueba de entrega. Asegúrese de que el alguacil le dé una copia o puede obtener una en la oficina del secretario de la corte. Conserve la copia de la prueba de entrega con su orden de restricción.

Vaya a su audiencia

Una vez que haya hecho la entrega legal de su solicitud, obtenga información sobre lo que puede esperar en su audiencia y sobre cómo prepararse.

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