Lleve pruebas o testigos
Si tiene pruebas como imágenes, mensajes de texto o correo electrónico, tendrá que imprimirlos y hacer tres copias de cada prueba. Una copia es para usted, una es para el juez y una es para la otra parte.
Si cuenta con testigos que puedan ayudar a respaldar su caso, llévelos con usted a su audiencia.
Si usted es la persona protegida y necesita más tiempo para preparar pruebas, testigos o contratar a un abogado, puede pedirle al juez que cambie la fecha de su audiencia. Dependerá del juez si le otorga su solicitud. Asegúrese de ir a su fecha de audiencia original (vea el formulario EA-109, punto 3) para hacer esta solicitud.
Si usted es la persona restringida y necesita más tiempo para preparar su caso, tiene derecho a más tiempo. Tiene que presentar una solicitud de aplazamiento en su primera audiencia en la corte. Si ya ha asistido a una audiencia y no solicitó más tiempo, aún puede presentar la solicitud, pero depende del juez si le otorgará su solicitud de aplazamiento.
Planifique lo que quiere decirle al juez
Puede ser útil planificar y tomar notas sobre lo que quiere decirle al juez. Puede leer sus notas en la corte, si es necesario. Lea los documentos de la corte de su caso y escriba cualquier otra cosa que quiera que sepa el juez. Concéntrese en los hechos y detalles que respalden su versión de la historia.
Revise cualquier documento que haya recibido de la otra parte
Si la otra parte le hizo la entrega legal de documentos, asegúrese de leerlos. Si no entiende lo que está pidiendo la otra parte, comuníquese con su Centro de ayuda local. El juez le dará la oportunidad de estar de acuerdo o en desacuerdo con los argumentos de la otra parte. Si no está de acuerdo, tome notas sobre cómo quiere defenderse de los argumentos de la otra parte.
Organícese de antemano
Organice el transporte a la corte si es necesario.
Lleve cosas que necesitará, como:
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Pluma y papel
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Sus documentos de la corte
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Documentos presentados por la otra parte (si los hay)
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Tres copias de cualquier cosa que quiera que el juez revise. Una para usted, una para el juez y otra para la otra parte.
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Notas de lo que planea decir o preguntar
Si usted es la persona que solicita protección, puede llevar a una persona de apoyo, si lo desea. Si la otra parte ha sido violenta o lo ha amenazado con violencia, su persona de apoyo puede sentarse a su lado cuando presente su caso. Pero su persona de apoyo no puede hablar por usted.
Vístase bien, como si fuera a una entrevista de trabajo o a un lugar de culto. No se permiten pantalones cortos, gorras de béisbol ni chanclas.
Qué esperar en su audiencia
El juez dará a ambas partes la oportunidad de hablar
Por lo general, el juez le pide a la persona que solicita la orden de restricción por abuso de un anciano o adulto dependiente que hable primero. No importa quién lo haga primero, ambos tendrán la oportunidad de hablar. Ir a la corte puede ser difícil y estresante, pero es importante no interrumpir a nadie. Si tiene algo que decir y no es su turno, deje que la otra persona termine de hablar y luego pídale permiso al juez para hablar.
Preséntele su caso al juez
Cuando sea su turno de hablar, eso significa que es su turno para presentar su caso. Presentar su caso significa explicarle al juez los hechos que respaldan su caso. Esto puede parecer aterrador y abrumador. Está bien que lleve notas y las lea. También puede presentar pruebas o testigos para respaldar los hechos de su caso.
Si tiene pruebas para que el juez las revise, infórmeselo. Esto puede incluir testigos que llevó con usted a la corte y documentos, como pruebas de mensajes de texto, correos electrónicos y fotografías de lesiones. Debe llevar tres copias de cualquier documento que desee que vea el juez. Una copia es suya, una es para la otra parte y una es para su expediente de la corte. Si cuenta con grabaciones (video o audio), debería consultar con su Centro de ayuda local antes de su audiencia. A veces, los jueces pueden solicitar una transcripción de una grabación. Una transcripción es una versión escrita de la grabación que muestra exactamente lo que se dijo.
El juez toma una decisión
Por lo general, el juez decide si otorga o deniega una orden de restricción el mismo día de su audiencia. Si el juez cree que se necesita más información o tiempo, es posible que le pida que regrese otro día.
- Si el juez deniega (no otorga) la solicitud de orden de restricción, el caso de orden de restricción se cierra.
- Si el juez otorga una orden de restricción, la persona protegida por la orden de restricción tendrá que realizar algunos pasos adicionales, como completar un formulario para que lo firme el juez. Si usted es la persona restringida, tiene que obedecer todas las órdenes que dicte el juez. Si no lo hace, podría ir a la cárcel, pagar una multa o enfrentar otras consecuencias.