Cómo hacer la entrega legal de una orden de restricción
️ Todos los enlaces a formularios de la corte abren en una pestaña nueva.
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Haga la entrega legal en persona si es necesario
Vea el formulario GV-130, número 12, para saber si el juez le ordenó hacer la entrega legal por correo o en persona.
- Si le ordenaron hacer la entrega legal por correo, esto significa que la persona a cargo de la entrega legal solo tiene que enviar por correo una copia de la orden de restricción.
- Pero, hacer la entrega legal en persona siempre es mejor. Cuando envía documentos de la corte por correo, puede ser difícil probar que la persona en verdad recibió una copia, especialmente si la persona se muda con frecuencia.
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Comuníquese con el alguacil
Opción 1: Pedirle al alguacil que haga la entrega legal
- Llene la Solicitud para que el alguacil haga la entrega legal de documentos de la corte (formulario SER-001).
- Dele el formulario SER-001 y una copia de todos los documentos que se van a entregar al alguacil del condado donde se encuentre la otra parte.
- Haga esto lo antes posible porque el alguacil puede tardar algo de tiempo en hacer la entrega legal de los documentos.
Opción 2: Pedirle a otro agente del orden público que haga la entrega legal. Pregúntele:
- Qué formularios necesita
- Qué otra información necesita
- Haga esto lo antes posible. Puede tardar un par de semanas en tratar de hacer la entrega legal de los documentos
No hay cuota por que el alguacil u otro agente del orden público le haga la entrega legal de sus documentos.
️ No puede hacer la entrega legal usted mismo. Si no quiere usar al alguacil o a otro agente del orden público, puede pedirle a otro adulto, de al menos 18 años, que no esté involucrado en su caso. Pero piense en la seguridad de la persona a cargo de la entrega legal. Si tiene alguna inquietud, considere usar al alguacil o a otro agente del orden público.
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Entréguele al alguacil sus documentos de la corte
Dele al alguacil:
- La Solicitud para que el alguacil haga la entrega legal de documentos de la corte (formulario SER-001) llena
- Una copia de su orden de restricción (formulario GV-130)
- Una Solicitud para terminar la orden de restricción por violencia armada (formulario GV-600) en blanco.
Es posible que le pidan otros documentos que tenga que llenar. Si necesita ayuda para llenar formularios, tal vez quiera llevar a alguien con usted a la oficina del alguacil.
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Haga que la persona a cargo de la entrega legal llene un formulario
El alguacil debe darle documentos después de hacerle (o tratar de hacerle) la entrega legal de sus formularios.
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Si el alguacil pudo hacer la entrega legal de sus formularios
Un oficial llenará una prueba de entrega. Este formulario le muestra a la corte que se le hizo la entrega legal a la otra parte.
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Si la prueba de entrega que le devuelven tiene un sello en la esquina superior derecha, ya está presentada. Si no lo tiene, tiene que presentarla ante la corte (vea el siguiente paso).
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Si el alguacil no pudo hacer la entrega legal de sus formularios
Es posible que llenen un formulario que indique que no tuvieron éxito y que dará las fechas y horas en que trataron de hacerle la entrega legal a la otra parte. A veces este formulario se llama una Declaración de diligencia debida.
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Presente el formulario de prueba de entrega
- Haga una copia del formulario de prueba de entrega llenado.
- Llévela a la corte para presentarla ante el secretario de la corte.
- El secretario se quedará con el original y le devolverá la copia.
️ Guarde la copia de la prueba de entrega con su orden de restricción (formulario GV-130).
Entonces no necesitará presentar una prueba de entrega. Asegúrese de que el alguacil le dé una copia o puede obtener una del secretario de la corte. Guarde una copia del formulario de prueba de entrega con cada copia de la orden de restricción.
💬 Obtenga ayuda si se contraviene su orden de restricción
Llame al 9-1-1 si quiere que la policía haga cumplir su orden de restricción.
️ Su orden de restricción es exigible (se respetará) en los 50 estados y territorios de EE. UU., el Distrito de Columbia (D.C.) y todas las tierras tribales.
Haga cumplir su orden de restricción
¿Qué sigue?
Ahora que tiene una orden de restricción, puede que necesite hacerla cumplir si la persona restringida contraviene la orden. Además, hay otros pasos que puede dar para ayudar al cumplimiento de la orden.
