Antes de comenzar
Para pedirle al alguacil que haga la entrega legal de sus documentos de la corte, necesita tener una dirección o ubicación para la otra parte en su caso (la persona restringida). Si la otra parte está en la cárcel, el alguacil le puede hacer la entrega legal. Si está en prisión en California, el personal de la prisión (y no el alguacil), hará la entrega legal. Siga las instrucciones del Departamento de Correciones y Rehabilitación de California sobre cómo hacer la entrega legal a alguien que esté en una prisión.
Es importante que se haga la entrega legal a la persona restringida lo antes posible. Una vez que se le haga la entrega legal de una orden de restricción temporal, tendrá que entregar, vender o almacenar cualquier arma de fuego o municiones que tenga en un plazo de 24 horas, y la policía puede arrestarle por no cumplir con la orden. La entrega legal también es importante porque le dará al juez el poder de otorgarle una orden de restricción a largo plazo que podría durar hasta cinco años. Si no se hace la entrega legal, la corte solo puede otorgarle una orden de restricción temporal. La entrega legal puede ser un paso difícil de completar y puede requerir varios intentos. En su audiencia, el juez puede darle más tiempo si lo necesita.
Cómo hacer la entrega legal de su Petición de orden de restricción
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Llene el formulario SER-001
Solicitud al algucil de entrega legal de documentos de la corte (formulario SER-001)
Use este formulario para pedirle al alguacil que le haga la entrega legal de sus documentos de la corte a la otra parte.
Consejos para completar el formulario:
- Ubicación de la persona (punto 4): El alguacil intentará hacer la entrega legal a la otra parte en la dirección que usted proporione. Si tiene más de una dirección (como una dirección de trabajo y otra de casa) puede poner ambas (en el punto 4a y 4b) e indicar las horas que la persona suele estar en cada dirección.
- Tipo de documentos que está entregando (punto 5a): En esta sección, ponga "gun violence restraining order" en inglés, que significa "orden de restricción por violencia armada".
- Audiencia de la corte (punto 5c): Ponga la fecha de la corte que se ingdica en el formulario GV-109, punto 3.
- Fecha límite para hacer la entrega legal (punto 5d): Para calcular la fecha límite, primero fíjese el el punto 5 del formulario GV-109 para ver cuántos días puso el juez. Reste el número de días de la fecha de audiencia que aparece en el punto 3 del GV-109. Por ejemplo, si su fecha de audiencia es el 10 de junio y la corte le ordenó que haga la entrega legal al menos 5 días antes de su audiencia, entonces su fecha límite sería el 5 de junio.
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Junte todos sus documentos de la corte
Tendrá que darle al alguacil una copia de sus documentos de la corte, que incluirá una copia de lo siguiente:
- Formulario GV-109
- Formulario GV-100
- Formulario GV-110 si lo otorga el juez
- Formulario GV-120 (déjelo en blanco- esto es para que la otra parte lo llene si lo desea)
- Formulario GV-120-INFO
- Formulario GV-125 (déjelo en blanco- esto es para que la otra parte lo llene si lo desea)
- Formulario GV-250 (en español) (déjelo en blanco)
Revise la página 2 del formulario GV-109 para ver si el juez le ordenó que haga la entrega legal de cualquier otro formulario a la otra parte.
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Entregue sus documentos al alguacil
Puede darle sus documentos al alguacil en persona o electrónicamente. Póngase en contacto con la oficina del alguacil para obtener más información sobre cómo entregarles sus documentos. En el condado de Trinity, póngase en contacto con la oficina del marshal, en inglés.
Sí. Puede pedirle a otra persona que le entregue sus documentos al alguacil por usted. Asegúrese de completar y firmal el formulario SER-001 (y SER-001A si aplica a su situación). Aunque otra persona vaya a llevar sus documentos por usted, ponga su nombre (el de usted) en el punto 2. Usted, o su abogado si lo tiene, debe de firmar el formulario. -
Obtenga la documentación de parte del alguacil
El alguacil tiene que entregarle la documentación después de hacer la entrega legal (o intentar hacer la entrega legal) de sus formularios
El juez no puede otorgarle una orden de restricción a largo plazo si no se hizo la entrega legal. En su audiencia (vea el punto 3 del formulario GV-109), tendrá que solicitarle al juez más tiempo para hacer la entrega legal a la otra parte. Si el juez reprograma su audiencia, el juez tendrá que firmar una nueva orden (formulario GV-116), que tendrá su nueva fecha de audiencia y puede extender cualquier protección temporal que tenga. Luego necesitará que alguien haga la entrega legal del GV-116 junto con los demás formularios que presentó (vea en el punto 5 del formulario GV-109 los demás formularios que usted tiene que haber entregado legalmente a la otra parte).Comuníquese con el alguacil si no ha recibido de él la documentación. Es importante que verifique con el alguacil si pudo hacer la entrega elgal a la otra parte antes de la fecha límite. Si no lo hizo, tendrá que reprogramar su fecha de audiencia. Haga clic para obtener información sobre cómo reprogramar su audiencia.
Una vez que obtenga sus formularios
- Asegúrese de que el formulario original de Prueba de entrega o Declaración de debida diligencia se presente en la corte. Si hay un sello en la esquina superior derecha del formulario, significa que ya se presentó y no es necesario que usted lo presente en la corte.
- Lleve una copia del formulario a su audiencia.
Prepárese para su audiencia
¿Qué sigue?
Una vez que haya hecho la entrega legal de su Petición de orden de restricción por violencia armada, infórmese sobre qué esperar en la audiencia para saber cómo prepararse.