Cómo obtener una copia de un registro de la corte

Puede obtener copias de una orden la corte, decreto, fallo, u otros registro presentados en su caso en la corte donde se presentó el caso. Puede solicitar una copia en persona, por correo y, en muchas cortes, en línea. Por lo general, hay que pagar una cuota para obtener una copia de un registro a menos que tenga una exención de cuotas.

 

En el caso de los registros disponibles en línea, es posible que pueda obtener una copia del registro ese mismo día. En el caso de registros antiguos, que pueden no estar almacenados en la corte, puede llevar varias semanas obtener una copia del registro.

Cómo obtener copias

Averigüe si necesita una copia certificada

Dependiendo del motivo por el que necesite el registro, es posible que necesite una copia certificada del registro. A menudo, las agencias gubernamentales o las instituciones financieras, como un banco, necesitan copias certificadas. Pregunte a quien necesite el registro si necesita una copia certificada o no. 

Vaya al sitio web de la corte o comuníquese con la corte para obtener instrucciones

Puede usar Encontrar mi corte para encontrar el sitio web de la corte y la información de contacto del secretario. La mayoría de los sitios web de las cortes tienen instrucciones para pedir una copia de un registro. 

Cuando solicite un registro, por lo general necesitará saber al menos el nombre de una de las partes o el número de caso. Puede ser útil saber en qué año se presentó. Si el secretario tarda más de 10 minutos en localizar el registro, es posible que le cobren una cuota de $15.00 por la búsqueda.

Las copias suelen costar $0.50 por página (1 lado). Las copias certificadas cuestan $40.00 por documento. Para algunos tipos de casos, como un caso de orden de restricción, las partes del caso pueden obtener una copia de las órdenes gratis. Las copias también son gratis si tiene una exención de cuotas.

Si un caso o un registro es confidencial, tendrá que probar que tiene derecho a acceder al registro o al caso. Por ejemplo, los casos de la corte de menores o los casos de adopción son confidenciales. Solo una de las partes, su abogado u otra persona autorizada a ver el caso, puede obtener una copia del registro o información sobre el caso. 

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