Diga a la corte cuando le paguen
Cuando haya recibido el pago total, tiene que llenar y presentar un formulario de Reconocimiento de pago del fallo. Esto es como un recibo de pago. La persona que le debía dinero puede usarlo para eliminar todo lo que tenga en su registro que muestre que le debe dinero.
Cómo informarle a la corte que le pagaron
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Llene el formulario
Llene un Reconocimiento de pago del fallo (formulario EJ-100). Esto le dice a la corte de que le pagaron la totalidad de la deuda. Todavía no firme el formulario EJ-100. Necesita firmarlo frente a un notario (notarizarlo)
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Firme frente a un notario público
Necesita que su firma en el formulario EJ-100 esté notariada. Esto significa que usted firma frente a un notario.
La persona cuya firma se tiene que revisar lleva el documento sin firmar a un notario. Un notario es un funcionario que verifica la identificación de una persona que firma un documento. Muchas tiendas de envío o correo lo tienen. También puede encontrar uno en línea.El notario revisa su identificación, lo observa firmar el documento y luego pone su sello en el documento. La cuota suele ser de $15, pero puede ser diferente.
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Haga copias
Haga 2 copias del formulario.
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Presente los formularios
Presente el formulario original firmado y notarizado y las copias del formulario al secretario de la corte. El secretario los sellará y le devolverá las copias. Una es para usted. La segunda es para que la envíe a la otra parte.
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Haga la entrega legal de una copia a la otra parte
Pídale a alguien de 18 años o más, que no sea usted ni otra persona involucrada en su caso, que envíe por correo o entregue en persona el Reconocimiento de pago del fallo (formulario EJ-100) a quien le debía dinero.
La persona a cargo de la entrega legal tiene que llenar un formulario de prueba de entrega, ya sea una Prueba de entrega en persona (formulario POS-020) o una Prueba de entrega por correo de primera clase (formulario POS-030).
Presente la Prueba de entrega en la corte. -
Cancele los derechos de retención (si los hay)
Si pone derechos de retención sobre la propiedad de la otra parte, esta puede cancelarlos presentando una copia certificada del Reconocimiento de pago del fallo (formulario EJ-100) en la oficina del registrador de cada condado donde usted puso el derecho de retención sobre su propiedad.
Ya terminó. Su caso está terminado.