Si usted es pariente de un menor que fue separado de su hogar

Si usted es pariente de un menor que fue separado de su hogar, puede tener ciertos derechos. Generalmente, los parientes y los amigos cercanos de la familia tienen preferencia cuando el trabajador social decide dónde debe vivir el menor. Esto es así siempre que estén dispuestos a cuidar del menor y siempre que el trabajador social y la corte consideren que son una colocación fuera del hogar apropiada.

Quién es un pariente

En los casos de dependencia, un pariente suele ser un hermano/hermana, un padrastro, un hermanastro, un pariente lejano (como un abuelo o un bisabuelo), una tía o un tío. 

Los amigos cercanos de la familia y los "miembros de la familia extendida no emparentados" también pueden tener derecho a que se coloque al menor bajo su cuidado. Un miembro de la familia extendida no emparentado es un cuidador adulto que tiene una relación de tipo familiar con un pariente del menor o una relación de tipo familiar o de tutoría con el propio menor.

Comuníquese de inmediato con el departamento de servicios sociales de su condado si se entera de que su pariente forma parte de un caso de dependencia. Los parientes tienen derecho a que se les avise oficialmente que el menor o joven fue retirado del cuidado de su(s) padre(s). Pero si usted es un pariente cercano o un amigo de la familia, es probable que se entere del caso de dependencia antes de que el trabajador social tenga la oportunidad de comunicarse con usted.
 

Derechos de los parientes y los contactos familiares importantes

En un plazo de 30 días después de sacar al menor de su hogar, el trabajador social tiene que enviar un aviso del caso de dependencia a todos los abuelos, hermanos adultos y demás parientes adultos. 

Este aviso tiene que incluir:

  • Que el menor fue separado de sus padres o tutor 
  • Información sobre la provisión de cuidados y colocación fuera del hogar al menor mientras la familia recibe servicios de reunificación con el objetivo de devolver al menor a su padre o tutor.
  • Cómo convertirse en un hogar de familia de crianza (ahora conocido como hogar de familia de apoyo) o en un pariente o miembro de la familia extendida no emparentado aprobado
  • Servicios y apoyos adicionales que están disponibles en colocaciones fuera del hogar, como el Programa de Pago de Asistencia para Tutela por Parentesco (Kin-Gap, por sus siglas en inglés), el Programa de Oportunidades de Trabajo y Responsabilidad hacia los Menores de California (CalWORKs, por sus siglas en inglés) y el Programa de Ayuda para la Adopción
  • Opciones para comunicarse con el menor, como visitas y otras opciones 
  • Los derechos y las opciones que los parientes pueden perder si no responden al aviso

También se avisará a los parientes si hay una audiencia para un plan permanente y se desconoce el paradero y la dirección de los padres del menor. La corte hace un plan permanente para el menor solo si los padres no han logrado que el menor vuelva a estar a su cuidado. El plan permanente podría ser la adopción, la tutela legal, la colocación fuera del hogar con un pariente apto y dispuesto, o una familia de crianza.

Si un menor con el que usted tiene parentesco es separado de sus padres, el menor podría ser colocado fuera del hogar bajo su cuidado antes de la primera audiencia, o poco después de la primera audiencia. Para que esto pase, usted tiene que decirle al trabajador social que quiere que el menor sea colocado fuera del hogar con usted. Si no tiene el número de teléfono del trabajador social, comuníquese con la agencia de servicios sociales de su condado.

Si quiere que el juez coloque al menor a su cuidado, tiene que presentarse. 

La ley dice que los trabajadores sociales y la corte tienen que considerar la colocación fuera del hogar de un menor con parientes antes de considerar la colocación fuera del hogar del menor con una persona sin parentesco. Pero la corte y el trabajador social no tendrán en cuenta a los parientes a menos que se presenten y se lo digan al trabajador social. Asegúrese de comunicarse con el trabajador social. No espere a que el trabajador social se comunique con usted.
 

Si recibió un aviso oficial de la agencia de que su pariente fue separado, comuníquese al número que aparece en esa carta lo antes posible. Además de la colocación fuera del hogar, puede proporcionar otros tipos de apoyo o permanecer en contacto con el menor. También se le podría proporcionar derecho a visitas si la corte determina que es en el mejor interés del menor.

Puede llenar el formulario Información del pariente (formulario JV-285) (en español) y entregárselo al secretario del juez. Esto proporcionará al juez la información sobre usted y su deseo de participar. 

Después de que usted diga que quiere que el menor sea colocado fuera del hogar con usted, el trabajador social hará una inspección de su hogar. El trabajador social también revisará sus antecedentes penales y los de cualquier otro adulto de su hogar y revisará si hay alegatos de maltrato o abandono del menor. Si su hogar es seguro y no tiene más que contravenciones menores de tránsito en su registro, el menor puede ser colocado con usted.

Si usted o alguien de su hogar tiene antecedentes penales, es posible que el trabajador social no pueda colocar al menor con usted a menos que haya una exención disponible. Si puede obtener una exención depende de por qué fue el delito o arresto y cuánto tiempo hace que pasó. Hay algunos delitos para los que el trabajador social no puede obtener una exención. El proceso de exención lleva tiempo, pero al final, el juez puede colocar fuera del hogar al menor con usted temporalmente si determina que no hay riesgo para la salud o la seguridad. Hable con el trabajador social del caso o hable con un abogado para obtener más información sobre los plazos y otros requisitos legales para las exenciones.

Si el menor es colocado fuera del hogar con usted, puede decirle a la corte cómo le va al menor bajo su cuidado. Para hacerlo, puede usar la Información del cuidador (formulario JV-290).

Los menores retirados de sus hogares tienen derecho a visitar a sus hermanos, medios hermanos y hermanos adultos.

Otros derechos de un menor en caso de que le retiren de su hogar 

El hermano, el medio hermano o el hermano adulto de un menor que fue retirado de su hogar puede usar una Solicitud para cambiar una orden de la corte (formulario JV-180) (en español) para pedir a la corte que reconozca el parentesco de hermanos y le conceda al hermano visitas con el menor que fue retirado de su hogar. La corte tiene que permitir las visitas de los hermanos si es en el mejor interés del menor que fue retirado.

Un hermano adulto también puede usar este formulario para pedir a la corte que coloquen fuera del hogar a su hermano bajo su cuidado.

Si su pariente no es colocado fuera del hogar con usted, el trabajador social hará una recomendación al juez sobre si usted debe visitar a su pariente. El juez está obligado a considerar la posibilidad de permitirle visitar al menor si es en el mejor interés de este.

El juez tomará esta decisión basándose en la información del informe del trabajador social y en cualquier otra información que el juez haya conocido durante las audiencias. Es importante recordar que el juez no tiene por qué dejarlo visitar a su pariente. 

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