Hacer la entrega legal por fijación

Si el juez acordó que puede hacer la entrega legal por fijación, deberá hacer los arreglos necesarios para que sus documentos de la corte se fijen en la corte durante 28 días. Después, usted (o la persona que fijó los documentos de la corte) debe presentar un formulario que indique que los documentos de la corte se fijaron durante los 28 días requeridos.

Antes de que comience

Compruebe dónde le ordenó el juez que fijara los documentos

Asegúrese de saber dónde le ordenó el juez que fijara los documentos. Podría ser una corte diferente a la corte en la que presentó los primeros documentos para iniciar su caso. Vea qué corte se indica en el n.º 2 del FL-982.

Como hacer la entrega legal por fijación

  • Elija a la persona a cargo de la entrega legal para la fijación

    No puede fijar documentos de la corte usted mismo. Por lo general, el secretario de la corte los fijará y llenará el formulario indicando que fueron fijados. Pero verifique las órdenes o consulte con el secretario de la corte para asegurarse de que no deba hacerlo de otra manera.

    Si el personal de la corte no fija los documentos, pídale a otro adulto, una persona a cargo de la entrega legal, que los fije. Solo necesitan fijar los documentos indicados en la orden.

    La persona a cargo de la entrega legal debe:

    • tener 18 años o más
    • no ser parte de su caso

    La persona a cargo de la entrega legal puede ser alguien que conozca. O, puede pagarle a alguien, llamado un profesional de entrega legal, para que fije los documentos.

  • Haga que la persona a cargo de la entrega legal fije los documentos en la corte

    La persona a cargo de la entrega legal o los secretarios fijan los documentos indicados en la orden. 

    • Si el secretario de la corte fijará los documentos
      Pregunte si llenará y presentará la Prueba de entrega por fijación (formulario FL-985) una vez finalizado el tiempo de fijación.
    • Si debe pedirle a su propia persona a cargo de la entrega legal que los fije
      La persona a cargo de la entrega legal debe fijar los documentos en la corte que se indica en su Orden de fijación (formulario FL-982). Cuando la persona a cargo de la entrega legal vaya a la corte, deberá preguntarle al secretario dónde fijarlos. Los documentos deben permanecer fijados durante 28 días. Después, la persona a cargo de la entrega legal debe completar una Prueba de entrega por fijación (formulario FL-982).
  • Solicite a la persona a cargo de la entrega legal que envíe por correo una copia de los documentos (si es necesario)

    illustration of service by mail

    Envíe por correo los documentos de la corte y la Orden de fijación

    Si hay una última dirección conocida en el n.° 2 de su Orden de fijación (formulario FL-982), la persona a cargo de la entrega legal debe enviar por correo una copia de los documentos junto con una copia de la Orden de fijación (formulario FL-982) a su cónyuge, pareja de hecho o al otro padre en la dirección indicada. Si no hay una dirección allí, no es necesario que realice este paso.

    Llene la Prueba de entrega

    Después, la persona a cargo de la entrega legal deberá llenar una Prueba de entrega por correo (formulario FL-335)

  • Haga una copia y presente la Prueba de entrega

    a member of the public showing documents to a court clerk
    • Haga una copia de su formulario de Prueba de entrega, Formulario FL-985. (Si el secretario fijó los documentos, es posible que ya haya realizado este paso y haya presentado el FL-985, así que pregúntele al secretario). Si además tiene una Prueba de entrega (formulario FL-335), haga una copia de ese también.
    • Presente los originales y las copias ante la corte donde presentó los documentos. La corte sellará y devolverá la copia. Guarde la copia de los formularios de Prueba de entrega para sus registros.
  • Espere a ver si la otra parte responde

    Debe esperar 59 días a partir del día en que la persona a cargo de la entrega legal fija los documentos antes de poder seguir adelante con su caso.

    • Primero, espere 28 días mientras se fijan los documentos.
    • Luego, una vez transcurridos los 28 días, debe esperar otros 30 días

    Si la otra persona no presenta una respuesta durante ese tiempo, al día siguiente (el día 59) puede presentar una solicitud registro de falta de comparecencia. La falta de comparecencia les impide poder responder en la corte. 

    Debe hacer que una persona a cargo de la entrega legal envíe los documentos a esa dirección. La persona a cargo de la entrega legal debe llenar y firmar una Prueba de entrega por correo (formulario FL-335) y regresársela para presentarla ante la corte

     

    Si esperó los 59 días y su cónyuge no respondió a los documentos de divorcio, puede solicitar el registro de la falta de comparecencia y finalizar su divorcio.

    Solicite un fallo por falta de comparecencia en su divorcio

Ha terminado de entregar estos documentos. Debe esperar para ver si la persona responde. Si no es así, puede dar el siguiente paso en su caso.

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