Exenciones de cuotas en casos de tutela
Cuando presenta documentos para iniciar un caso de tutela de un menor o tutela de un adulto, paga una cuota de presentación. También hay cuotas para una investigación y copias certificadas de formularios de la corte. Puede haber otras cuotas más adelante en su caso.
Puede pedirle a la corte una exención de cuotas para no pagar estas cuotas.
- Cuando pide la exención de cuotas, la corte revisará los ingresos y la capacidad de pago del menor (en una tutela de un menor) o del posible pupilo (en una tutela de un adulto).
- Si la corte le da una exención de cuotas, no tiene que pagar la cuota de presentación, los costos de la investigación ni otras cuotas.
↗️ Los enlaces a formularios de la corte a continuación se abren en una nueva pestaña.
Cuándo pedir una exención de cuotas
Por lo general, se pide una exención de cuotas cuando presenta documentos para iniciar un caso de tutela de un menor o tutela de un adulto y tiene que pagar su primera cuota de presentación ↗️ (el enlace se abre en una nueva pestaña).
No hay cuota si:
- usted es el padre o la madre del menor o del pupilo y presenta documentos para indicar que está en desacuerdo con (se opone a) la tutela, o
- lo hace en nombre del dependiente de la corte (el menor) o del pupilo propuesto.
Puede haber otras cuotas para otras presentaciones o para familiares que quieran oponerse a la solicitud.
Tutores de un menor o un adulto
- Puede pedir una exención de cuotas si está pidiendo a la corte que nombre un tutor para un menor o un adulto.
- También puede pedir una exención de cuotas si ya es el tutor y el menor o pupilo no puede pagar las cuotas más adelante en el caso.
- La exención de cuotas en estas situaciones se basa en los ingresos del menor o del pupilo, no en los suyos.
- Las exenciones de cuotas vencen 60 días después de que termina el caso (cuando se registra el fallo, se cierra el caso o el juez toma una decisión final).
- La exención de cuotas también puede terminar si la corte determina que el menor o pupilo ya no califica.
Padre, madre u otro familiar
- Si usted es padre, madre u otro familiar que presenta documentos en un caso de tutela y no puede pagar las cuotas de presentación, el juez decidirá si le exime las cuotas según sus ingresos.
- También tendrá que pedirle a la corte una exención de cuotas en formularios diferentes porque es padre, madre o familiar en un caso de tutela.
- Haga clic aquí para pedir una exención de cuotas a la corte si es padre, madre u otro familiar que presenta documentos en un caso de tutela.
Si usted es el solicitante en un caso de tutela, califica para una exención de cuotas si el menor o pupilo:
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recibe beneficios públicos.
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Por ejemplo, si recibe desempleo, Medi-Cal, cupones de alimentos (CalFresh/SNAP), WIC, CalWORKs, asistencia general, SSI, SSP, Tribal TANF, IHSS o CAPI.
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También califica si el padre o la madre del menor, o el cónyuge del pupilo, recibe uno de estos beneficios. Tendrá que indicar qué beneficio reciben y quién lo recibe para calificar.
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tiene ingresos del hogar, antes de impuestos, por debajo de cierta cantidad.
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La cantidad está indicada en el formulario FW-001-GC ↗️ en el punto 8b. La cantidad depende del número de personas en el hogar.
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Tendrá que darle a la corte información sobre el tamaño del hogar y los ingresos.
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No incluya al tutor propuesto en el tamaño del hogar ni cuente sus ingresos (a menos que sea el cónyuge del pupilo propuesto).
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no puede cubrir las necesidades básicas de su hogar y pagar las cuotas de presentación ↗️.
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Tendrá que darle a la corte información sobre sus ingresos y gastos para calificar de esta manera.
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No incluya los ingresos ni los gastos del tutor propuesto (a menos que sea el cónyuge del pupilo propuesto).
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Cómo solicitar una exención de cuotas
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Reúna la información que necesita
⚠️ Es posible que necesite información sobre los ingresos y gastos del menor o pupilo para llenar el formulario de exención de cuotas.
- Si recibe beneficios públicos, solo tiene que marcar en el formulario qué beneficio recibe. No necesita llenar la parte sobre sus ingresos o gastos.
- Si los ingresos de su hogar están por debajo de cierta cantidad, tendrá que llenar información sobre los ingresos de su hogar. Es posible que necesite ver copias de talones de pago u otros documentos con sus ingresos para llenar los formularios.
- Si no puede pagar la cuota ni las necesidades básicas de su hogar, tendrá que llenar información sobre sus ingresos y gastos. Es posible que necesite ver cosas como talones de pago, facturas y estados de cuenta bancarios para llenar los formularios.
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Llene los formularios
📄 Llene la Solicitud de exención de cuotas de la corte (formulario FW-001-GC) ↗️. Este es un formulario confidencial que solo verá la corte.
- En el punto 8, marque a, b o c según el motivo por el que califica.
- Si marcó a (califica porque recibe beneficios públicos), no necesita llenar la página 4.
- Si marcó b (califica por los ingresos de su hogar), debe responder los puntos de la página 4 sobre los ingresos de su hogar (puntos 14, 15 y 16).
- Si marcó c (califica porque no puede pagar la cuota), debe llenar toda la página 4.
- Firme su solicitud de exención de cuotas bajo pena de perjurio. Esto significa que le promete a la corte que está diciendo la verdad y que entiende que puede ser sancionado por mentir.
📄 También llene los puntos 1 y 3 de la Orden sobre exención de cuotas de la corte (formulario FW-003-GC) ↗️.
- En el punto 8, marque a, b o c según el motivo por el que califica.
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Haga copias
- Haga 1 copia de su formulario FW-001-GC completado
- No necesita hacer una copia del formulario FW-003-GC
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Presente su solicitud de exención de cuotas
Lleve el original y una copia al secretario de la corte. Puede presentarlos:
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Al mismo tiempo que sus otros documentos de la corte, o
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Solos
El secretario o el juez escribirá su decisión en el formulario FW-003-GC ↗️.
Si presenta por correo:
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Envíe los originales al secretario
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Incluya un sobre con su dirección y estampilla
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Incluya suficiente franqueo para que la corte le devuelva sus copias
⚠️ Si no incluye un sobre, tendrá que ir a la corte a recoger sus copias.
Algunas cortes permiten presentar documentos en línea (llamado e-filing). Revise el sitio web de su corte ↗️ para ver si esta es una opción.
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Después de solicitar la exención de cuotas
Si la corte aprobó su solicitud
Sus documentos de la corte ya están presentados. Su próximo paso probablemente será hacer la entrega legal de los documentos.
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Vuelva a sus pasos
Regrese a las instrucciones paso a paso para su caso
Si la corte no otorgó su solicitud
Dependiendo del motivo por el que se denegó la solicitud, es posible que aún tenga opciones para mostrarle a la corte más información si actúa rápidamente. También puede decidir pagar las cuotas usted mismo.
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Si su exención de cuotas no fue otorgada
Descubra cómo leer la orden de la corte, qué hacer a continuación y qué sucede si paga las cuotas usted mismo.
