Condición militar y fallos por falta de comparecencia
Para obtener un fallo por falta de comparecencia, necesita averiguar si la otra parte de su caso está en las fuerzas armadas de los EE. UU. Luego, tiene que comunicar a la corte lo que averiguó.
Si alguien está en servicio activo en las fuerzas armadas de los EE. UU., tendrá que dar más pasos para terminar el caso. Si no lo hace, el miembro del servicio militar puede hacer que se cancele (anule) el fallo.
¿Está usted en las fuerzas armadas de los EE. UU?
Las leyes le protegen de fallos por falta de comparecencia mientras está en servicio militar activo.
Militares estadounidenses en servicio activo
Tiene que averiguar si la persona está en servicio activo en las fuerzas armadas de los EE. UU. o si estuvo en servicio militar activo en los últimos 120 días. Estas protecciones legales no se aplican a los reservistas ni a los miembros de la Guardia Nacional que no hayan sido llamados al servicio activo.
Rama militar de los EE. UU.: alguien que sirve de tiempo completo en el Ejército, la Marina, la Fuerza Aérea, el Cuerpo de Marines, la Guardia Costera o las Fuerzas Espaciales de Estados Unidos. Esto incluye a los reservistas en servicio activo.
Guardia Nacional: alguien de la Guardia Nacional llamado al servicio activo federal durante más de 30 días.
Los miembros de los diferentes servicios militares pueden estar en servicio activo tanto si están apostados en Estados Unidos como en otro país.
Para más detalles, vea 50 USC 3911 y las secciones del Código de Veteranos Militares 400 y 402 (en inglés).
Cómo saber si alguien está en servicio militar activo en los EE. UU.
Es posible que usted ya sepa, por su relación con la persona, o con sus amigos y familiares, si pertenece o no a las fuerzas armadas. Si no lo sabe, puede preguntarles.
También puede consultar en línea con el servicio militar estadounidense. Para consultarlo, necesita saber el nombre y la fecha de nacimiento, o el número de Seguro Social de la persona. El uso del sitio web no tiene costo, pero tendrá que crear una cuenta.
Después de enviar la información de la persona, obtendrá un certificado que dice si la persona está en servicio militar activo estadounidense. También le dirá si esa persona no tiene ningún registro.
También puede comunicarse con la unidad o la rama en la que cree que está para averiguar si está en servicio activo o para una verificación adicional.
Si no pudo averiguar el estatus militar de alguien
Puede incluir en los formularios de la corte la información que tenga sobre el estatus militar de la persona. El juez puede entonces decidir qué hacer. Por ejemplo, el juez puede obligarle a depositar una fianza antes de que se dicte un fallo. Este dinero (la fianza) cubriría cualquier daño si resulta que la persona está en servicio activo y necesita que se cancele (anule) el fallo.
Hable con el personal del Centro de ayuda de su corte si necesita más ayuda.
Si se entera de que la persona está en servicio activo y no presentó una respuesta
El juez tiene que designar un abogado para el miembro del servicio militar antes de que se pueda dictar un fallo por falta de comparecencia
El juez tiene que designar un abogado para asegurarse de que se protejan los derechos del miembro del servicio militar contemplados en la Ley de Amparo Civil para Miembros del Servicio Militar (SCRA, por sus siglas en inglés) y en el Código de Militares y Veteranos. El abogado solo trabajará en el asunto de la SCRA, no en el resto del caso.
Se da al abogado tiempo para comunicarse con el miembro del servicio militar para averiguar si su servicio afecta a su capacidad para participar. Si es así, el caso será retrasado al menos 90 días. Si no es así, el caso puede seguir adelante.
Averigüe en la corte cómo solicitar que se designe un abogado para el miembro del servicio militar. Cada corte tiene sus propias reglas sobre cómo funciona esto y quién tiene que pagar al abogado. Es posible que dispongan de un formulario que puede usted usar.
En los casos de derecho de familia, el miembro del servicio militar puede usar formularios de la corte para pedirle a esta que termine el caso sin nombrar un abogado ni pagar una cuota de presentación.
Si usted y el miembro del servicio militar tienen un acuerdo por escrito, el miembro del servicio puede renunciar a su derecho a que se le nombre un abogado para que usted pueda terminar su caso.
Para renunciar a sus derechos, la persona tiene que firmar 2 formularios:
- Comparecencia, estipulaciones y renuncias (formulario FL-130) (en español)
- Declaración y renuncia condicional de derecho contemplado en la Ley de Amparo Civil para Miembros del Servicio Militar (formulario FL-1301(A))
Puede presentar estos formularios cuando presente el resto de la documentación del fallo y el acuerdo por escrito. La presentación de estos formularios es sin costo.