Actualice una orden de manutención de los hijos porque estuvo confinado

Puede pedirle a la corte que actualice su orden de manutención de los hijos para que diga que no debe manutención por el tiempo que estuvo encarcelado o confinado.

Antes de comenzar

Consulte si califica 

Si aún no lo ha hecho, averigüe cuándo no debe manutención de los hijos si está encarcelado o confinado. En general, es para cuando está en la cárcel, prisión o en un centro de salud mental durante más de 90 días.

Para obtener más ayuda, comuníquese con un asistente de derecho de familia o el Centro de ayuda de la corte de su condado. Ofrecen información gratuita sobre la manutención de los hijos. También puede leer más en la sección 4007.5 del Código de Familia (en inglés). 

Cómo pedirle a la corte que cambie su manutención atrasada

  • Obtener pruebas de su confinamiento

    Tendrá que demostrarle al juez que estuvo confinado en contra de su voluntad por más de 90 días.

    Por ejemplo, puede:

  • Llene los formularios y haga copias

    Tendrá que pedirle a la corte que cambie lo que debe en manutención (llamada manutención atrasada o atrasos). 

    Llene los dos formularios: 

    Haga 2 conjuntos de copias (incluyendo su comprobante de confinamiento).

  • Presente sus formularios

    Para presentar los formularios en la corte:

    • Dé el original y 2 copias al secretario  

    • Pague una cuota de $60 (a menos que haya conseguido una exención de cuotas

    Puede que haya otras cuotas. Por ejemplo, si también solicita cambiar la custodia de los hijos o las visitas.  

    Si estos son los primeros documentos que ha presentado en el caso, habrá una cuota de presentación de "primer documento" de $435 a $450. Si no puede pagar la cuota, puede solicitar una exención de cuotas

    El secretario: 

    • Sellará los formularios 

    • Escribirá una fecha de audiencia en el formulario de Solicitud de orden

    • Se quedará con el formulario original y le devolverá las copias 

    Un juez tomará una decisión sobre su solicitud en la audiencia. 

    Sí, puede presentarlos por correo. Envíe su original y 2 copias al secretario. Debe incluir la cuota de presentación y un sobre franqueado dirigido a usted mismo para que el secretario pueda enviarle sus copias por correo. Si no incluye un sobre dirigido a usted mismo y el sobre franqueado, tendrá que ir a la corte para recoger sus copias.  

    Algunas cortes permiten la presentación en línea (llamado e-filing en inglés). Puede obtener más información sobre si su corte permite una presentación en línea visitando el sitio web de su corte.  

  • Haga la entrega legal de la solicitud y prepárese para su audiencia

    Pídale a alguien que entregue su solicitud al otro padre antes de la fecha límite. 

    Una vez que reciba los documentos sellados, necesita que alguien le envíe una copia por correo o le entregue personalmente una copia al otro padre. Tiene que enviarlo por correo antes de una fecha límite y luego firmar un formulario que se presenta en la corte para demostrar que se entregó (una prueba de entrega).

    Obtenga instrucciones paso a paso sobre cómo seleccionar una persona a cargo de la entrega legal, calcular su fecha límite y presentar una prueba de entrega.

    Prepárese para su audiencia. 

    Por lo menos unas semanas antes de la audiencia, comience a prepararse para su audiencia.

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