Cómo hacer un reclamo de exención por un embargo de sueldo
Un embargo de sueldo es cuando el cobrador de una deuda le pide a su empleador que descuente hasta el 20% de su sueldo para pagar el dinero que usted le debe. Si esto le impide pagar por las necesidades básicas de su familia, puede presentar un reclamo de exención para pedir que se reduzca la cantidad por embargar.
Cosas importantes que debe saber
- Por ley, su empleador no puede despedirlo por un embargo de sueldo único.
- Cuanto antes actúe, antes se podrá detener o reducir el embargo de sueldo.
Cómo presentar un reclamo de exención
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Prepare el reclamo de exención
Llene dos formularios:
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Reclamo de exención (formulario WG-006)
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Declaración financiera (formulario WG-007/EJ-165)
O, use una aplicación gratis en línea (en inglés) para obtener ayuda a llenar estos formularios. Necesitará imprimir sus formularios cuando haya acabado.
Haga dos copias de los formularios llenados. Guarde una copia para usted.
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Presente el Reclamo de exención
Lleve o envíe por correo el original y una copia a la persona identificada como el oficial de recaudación (levying officer, en inglés). El oficial de recaudación está indicado en la esquina superior derecha del Aviso de embargo (formulario WG-002). Suele ser el alguacil. Pero puede no ser su alguacil local.
El alguacil mantiene el original y envía una copia al cobrador de la deuda.
Es posible que su sueldo se embargue mientras espera. Pero, si gana su reclamo de exención, le devolverán su dinero. -
Espere a ver si hay oposición al reclamo
El cobrador de la deuda tiene 10 días para responder.
Si no responde, se le otorgará a usted su reclamo. El alguacil le dirá a su empleador que detenga o reduzca el embargo, y le devolverán cualquier dinero que haya sido embargado por encima de lo permitido después de que presentara usted el reclamo de exención.
Si responde, significa que se opone a su reclamo. Usted tendrá una audiencia en la que un juez decidirá sobre el reclamo.
Recibirá estos documentos por correo:
- Aviso de oposición a reclamo de exención (Embargo de sueldo) (formulario WG-009), y
- Aviso de audiencia sobre reclamo de exención (formulario WG-010/EJ-175).
La fecha, la hora y el lugar de la audiencia estarán en el Aviso de audiencia sobre reclamo de exención.
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Responda a la oposición (si la hay)
Si el cobrador de la deuda se opuso a su Reclamo de exención, lea los documentos para averiguar por qué. Puede responder para mostrar a la corte hechos aclaradores, documentos u otras pruebas que apoyen su Reclamo de exención.
Tiene que presentar su respuesta al menos cinco días judiciales antes de la audiencia.
Puede usar una Declaración (formulario MC-30) para escribir su respuesta. Si necesita más espacio, use Declaración adjunta (formulario MC-031).
Para apoyar sus declaraciones, puede adjuntar a su Declaración comprobantes de sus ingresos y gastos.
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Comprobantes de ingresos- Talones de pago u otros documentos que dicen la fuente de ingreso y la cantidad de ese ingreso.
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Recibos y facturas - Para demostrar sus gastos
Asegúrese de tachar cualquier número de cuenta o número de seguro social que pueda estar en esos documentos.
Haga la entrega legal de su respuesta al cobrador de deuda y presente el original con 2 copias en la corte.
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Vea si su corte usa fallos provisionales
Antes de su audiencia, póngase en contacto con el secretario de la corte y pregunte si su corte tiene un proceso de fallos provisionales (tentative rulings, en inglés).
En algunas cortes, la corte pública (normalmente en su sitio web) cómo planea fallar el día anterior a la audiencia. En estas cortes, su audiencia será cancelada a menos que llame para decir que todavía quiere la audiencia. Si se cancela su audiencia, el fallo que publicó la corte como provisional se convertirá en el fallo final.
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Vaya a la audiencia
Si tiene una audiencia, es su trabajo probar a la corte que reúne los requisitos para una exención. Para ello:
- Diga a la corte que le será imposible pagar las necesidades básicas de su familia si le quitan el dinero de su cuenta de banco o su sueldo. La otra parte puede decir que no es cierto.
- Lleve pruebas que muestren que no puede permitirse que le quiten el dinero. Estas pueden ser sus cheques de pago, estados de cuenta bancarios y facturas.
Después de oír a ambas partes, el juez decidirá si concede o no su reclamo. Si usted gana, la corte ordenará al alguacil que detenga o reduzca el embargo y le devuelva el dinero exento.