¿Qué significan estos documentos?
Petición para nombrar a un tutor de la persona (formulario GC-210(P)) o (formulario GC-210)
Si recibió una Petición para nombrar a un tutor de la persona (formulario GC-210(P)) (en español) o una Petición para el nombramiento del tutor de un menor (formulario GC-210) (en español), significa que alguien pidió a la corte que lo nombren tutor de su hijo, del hijo de un familiar o de usted (si es un menor de 12 años o más).
También debe haber recibido un Aviso de audiencia--Tutela de menor o de adulto (formulario GC-020) (en español) con una fecha de audiencia. En la audiencia, un juez decidirá si nombra un tutor.
¿Quién pidió ser el tutor y por qué?
Si recibió una:
- Petición para nombrar a un tutor de la persona (formulario GC-210(P)) (en español), el nombre de la persona o las personas que quieren ser tutores del menor están indicados en la página 1. El nombre de los menores se indica en la página 2. En la tercera página de la Petición o en un adjunto a esta, se explica por qué la persona cree que es necesaria una tutela.
- Petición para el nombramiento de tutor de un menor (formulario GC-210) (en español), el nombre de la persona o personas que quieren ser el tutor del menor aparece en la Página 1 junto con los nombres de los menores. En la segunda página de la Petición o en un adjunto a esta, se explica por qué la persona cree que es necesaria una tutela. Este formulario también se usa si alguien solicita ser tutor del patrimonio de un menor.
Obtenga más información sobre tutelas de menores y los pasos que alguien tiene que dar para ser tutor de un menor.
¿Cuándo es la audiencia?
La fecha, la hora y el lugar están en el punto 4 del Aviso de audiencia--Tutela de menor o de adulto (formulario GC-020) (en español).
El juez puede nombrar a alguien como tutor del menor en esta fecha.
Si no está de acuerdo, tiene que ir a la audiencia para que el juez pueda conocer su postura. Si quiere, también puede responder a la corte por escrito antes de la audiencia.
Lo que puede hacer
Si no está de acuerdo (objeta)
Si no cree que el menor necesite un tutor o cree que debería ser otra persona, puede ir a la audiencia y pedir la palabra. También puede presentar una declaración escrita, antes de la audiencia, en la que diga que objeta y por qué. Puede usar la Objeción a la petición de nombramiento de tutor de menor (formulario GC-215) para presentar una objeción por escrito.
Si está de acuerdo
Si está de acuerdo en que esta persona sea el tutor del menor, puede presentar una declaración en la que diga que está de acuerdo y por qué. Después, si quiere, puede ir a la audiencia en la corte.
Si usted es el padre del menor
- Tiene derecho a recibir un aviso de la audiencia sobre la petición de nombramiento de un tutor para su hijo, una copia de la petición y una copia de Comparación entre tutores y otros cuidadores que no son padres (formulario GC-207-INFO/JV-352-INFO S) (en español). El último formulario describe otras opciones para acordar el cuidado sustitutivo de su hijo, incluidas algunas que no requieren una orden de la corte.
- Si usted objeta o presenta una respuesta, puede pedir al juez que ordene visitas con su hijo si el juez nombra un tutor. Si lo hace ahora, el juez podrá tratar el asunto en la audiencia en lugar de que usted tenga que presentar documentos más tarde.
- Es probable que un investigador nombrado por la corte se ponga en contacto con usted. También se reunirá con la persona que quiere ser el tutor del menor y revisará sus antecedentes para luego escribir un informe para el juez.
Obtenga ayuda
Este sitio web tiene información para guiarlo a través del proceso básico. Pero es posible que necesite más ayuda. Si es así, puede empezar por el Centro de ayuda de la corte. Los Centros de ayuda ofrecen información legal gratis. Pregunte si tienen recursos sobre tutelas testamentarias de menores.