Responda a una orden de restricción por violencia en una institución educativa
- "Responder" significa hacerle saber al juez y a la otra parte si está de acuerdo o no con la solicitud de orden de restricción y por qué.
- Si desea responder por escrito, puede llenar un formulario y entregárselo a la corte. Responder por escrito es opcional y no existe ninguna sanción si no lo hace.
Antes de comenzar
⚠️ Todo lo que ponga en sus documentos podría ser usado en su contra en un caso penal. Hable con un abogado si tiene alguna inquietud.
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Si no tiene un abogado, es posible que pueda obtener ayuda legal gratis en el centro de ayuda de su corte local.
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Contrate un abogado para que le ayude con todo o parte de su caso. Es posible pasar por este proceso sin un abogado, pero tener una orden de restricción en su contra puede tener muchas consecuencias y es posible que desee contratar un abogado.
Cómo responder a una solicitud de una orden de restricción
🔗 Todos los formularios de la corte se abren en una nueva pestaña.
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Llene el formulario de Respuesta (SV-120) y haga copias
- Llene el formulario llamado Respuesta a Petición de órdenes de restricción por violencia en instituciones de educación superior (formulario SV-120)
- Adjunte una copia de cualquier prueba que tenga (fotos, mensajes de texto).
- Si necesita más tiempo para reunir pruebas, puede hacérselo saber al juez en la fecha de su audiencia (que encontrará en el formulario SV-109).
- Haga 2 copias de su respuesta y adjuntos.
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Presente sus formularios
Presente sus formularios:
- En persona en la corte:
- Lleve sus formularios y las copias a la corte indicada en los documentos que le entregaron legalmente.
- En la corte, presentará los formularios entregando el original y dos copias al secretario.
- El secretario se quedará con el original, sellará las copias y se las devolverá. Una copia es para sus registros. La otra copia es para la otra parte.
- En línea: Es posible que pueda presentar sus formularios en línea (llamado e-filing, en inglés). Vaya al sitio web de su corte (se abre en una nueva pestaña) para ver si puede hacerlo y cómo.
💵 No tendrá que pagar una cuota para presentar su Respuesta (formulario SV-120) si:
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El administrador de la escuela marcó el punto 15 en su formulario SV-100.
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No puede pagar las cuotas. Puede solicitar una exención de cuotas.
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Usted califica para una exención de cuotas si recibe beneficios públicos, sus ingresos son inferiores a la cantidad fijada o no puede pagar la cuota y satisfacer sus necesidades básicas.
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Si no califica para una exención de cuotas por ninguno de estos motivos, tendrá que pagar una cuota de entre $435 y $450 al secretario cuando presente sus formularios si decide presentar una respuesta.
- En persona en la corte:
¿Qué sigue?
Una vez que haya llenado y presentado sus formularios, tendrá que enviar una copia por correo a la otra parte. A esto se le llama entrega legal y necesitará encontrar a otro adulto para que lo haga por usted.
