Qué esperar en la audiencia con la agencia local de manutención de los hijos

Las audiencias de manutención de los hijos con la agencia local de manutención de los hijos (LCSA, por sus siglas en inglés) son diferentes a otros tipos de audiencias de derecho de familia. Por ejemplo, un abogado de la agencia local de manutención de los hijos estará ahí. Esta página explica lo que puede esperar en este tipo de audiencias.

Audiencias con la LCSA

Un abogado de la agencia local de manutención de los hijos estará en la audiencia

  • El abogado de la agencia local de manutención de los hijos representa al condado
  • El abogado no lo representa a usted, al otro padre o a sus hijos

Tiene que hablar con alguien, un asistente social o un abogado de la LCSA antes de su audiencia

Tiene que hablar con la LCSA y el otro padre antes de la audiencia. Esto se llama “reunión y conferencia”. El objetivo es tratar de llegar a un acuerdo sobre la manutención de los hijos. Si puede llegar a un acuerdo completo, no tendrá que presentar su caso ante la corte.

Un comisionado de manutención de los hijos decidirá su caso

Un comisionado de manutención de los hijos es un abogado con experiencia en leyes de manutención de los hijos. Está capacitado para tomar decisiones en casos de manutención de los hijos. Si no desea que el comisionado decida su caso, usted o el otro padre pueden objetar antes de la audiencia. 

Si uno de ustedes se opone, el comisionado aún tomará una decisión. Pero, si usted se opuso al comisionado y no está de acuerdo con la decisión, puede presentar un Aviso de objeción (formulario FL-666). Entonces, un juez revisará la decisión en otra audiencia.

El comisionado no tomará decisiones sobre la custodia de los hijos o el horario de crianza

Generalmente, un comisionado de manutención de los hijos solo tomará decisiones sobre la manutención de niños o, a veces, sobre la manutención del cónyuge. Si desea solicitar otras órdenes, como la custodia de los hijos o el horario de crianza, tendrá que presentar una solicitud por separado.

Qué esperar en su día en la corte

Es posible que deba esperar antes de su audiencia

Otras personas pueden tener una audiencia el mismo día que usted. Es posible que su caso no sea convocado de inmediato. Es posible que usted acabe esperando unos minutos o incluso más de una hora antes de que llegue su turno. 

Si es la primera vez que entra en una sala de la corte, tome en cuenta algunos consejos sobre cómo prepararse para su día en la corte

Vaya hacia el frente de la sala de la corte

Cuando sea su turno, el comisionado los llamará por sus nombres y dirá el número de su caso. Usted pasa al frente. Alguien, normalmente, el alguacil o un secretario, le mostrará a usted el lado al que tiene que ir y le dirá que se siente. El alguacil suele ser la persona encargada de mantener el orden en la sala de la corte.

Dígale su nombre al comisionado

El comisionado le pedirá a usted y al otro padre de su hijo que digan sus nombres. Después, es posible que le pida que jure decir la verdad.

El comisionado hace preguntas

Por lo general, el comisionado le pide al abogado de la LCSA información básica sobre su caso. Después, a la persona que presentó la Solicitud de orden que hable primero. No importa quién hable primero, ambos tendrán un turno. 

Está permitido pedir un minuto para leer sus notas si se pone nervioso o se olvida de algo.

El comisionado podría pedirle

  • Un resumen de lo que quiere y por qué.

  • La razón por la que lo que quiere el otro padre no es la mejor solución

El comisionado también puede tener preguntas sobre algo que usted escribió. El abogado de la LCSA también puede hacerle preguntas. 

Muestre cualquier prueba que haya traído

Dígale al comisionado qué documentos tiene. Si aún no lo ha hecho, entréguele al abogado de la LCSA y al otro padre de su hijo una copia del documento.  

El comisionado toma una decisión 

Por lo general, el comisionado decide ese día. Si el comisionado cree que necesita más información, es posible que le pida que regrese otro día.

Alguien prepara una orden para que la firme el comisionado 

Una vez que el comisionado toma una decisión, el comisionado tendrá que firmar una orden de la corte.

  • En algunas cortes, el personal de la corte o la agencia local de manutención de los hijos hará esto.
  • En otras cortes, uno de ustedes (o un abogado, si alguno de ustedes tiene uno) tendrá que preparar la orden.

Si tiene que preparar la orden, use la Orden después de audiencia (formulario FL-678) o la Orden después de audiencia (versión breve) (formulario FL-688) (en español). Tiene que decir exactamente lo que decidió el comisionado.

El asistente de derecho de familia o el Centro de ayuda puede ayudarle con estos formularios.

Una vez que tenga una orden de la corte firmada, se completará el proceso de solicitud de una orden de manutención de los hijos. Usted y el otro padre de su hijo tienen que seguir la orden.

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