Apele una decisión de multa de tránsito

Si perdió en un juicio de multa de tránsito (fue declarado culpable), es posible apelar la decisión. Apelar significa pedirle a una corte superior (una corte de apelación) que revise la decisión. No es un juicio nuevo. 

Conceptos básicos de apelaciones en la corte de tránsito

Una apelación significa una revisión de los errores legales que cambiaron el resultado

Una apelación de tránsito significa que le pide a una corte superior (una corte de apelaciones) que revise una decisión final de su juicio en la corte de tránsito. En casi todos los casos, la corte de apelaciones solo considera si el juez cometió un error legal en su juicio. Y, si hubo un error, si este afectó la decisión final. La corte de apelaciones solo anula la decisión del juez de su juicio si el error fue tan importante que cambió el resultado.

Una apelación no es un nuevo juicio ni una oportunidad para presentar pruebas nuevas. No puede volver a presentar su caso ni traer nuevas pruebas o testigos. En una apelación, usted argumenta que hubo un error legal en su juicio y que el error cambió el resultado. 

Si desea apelar, asegúrese de que todavía puede

Para apelar, tiene que presentar un Aviso de apelación antes de una fecha límite. Si está apelando la decisión final, la fecha límite es de 30 días después de que el juez dictó su fallo. Esta suele ser la fecha en la que el juez le ordenó pagar una multa. Si pasa la fecha límite, pierde su derecho a apelar.

Una apelación no pospone la fecha límite para que usted pague su multa o complete cualquier parte de su sentencia. 

Para posponer su sentencia, tiene que solicitar a la corte de primera instancia una "suspensión" de la sentencia que incluye la orden de pago de la multa.
 

Cómo apelar una multa de tránsito

Estos pasos le proporcionan una descripción general de lo que tendrá que hacer y lo que puede esperar si decide apelar. Puede obtener instrucciones más detalladas en Información sobre los procedimientos de apelación de infracciones (formulario CR-141-INFO) (en español).

  • Llene el Aviso de apelación

    Llene un Aviso de apelación y acta de actos procesales orales (formulario CR-142). Tiene que presentar esto a más tardar 30 días después de que la corte tomó la decisión de que usted está apelando. Por lo general, esta es la fecha en que la corte de primera instancia le ordena pagar una multa u ordena otro castigo en su caso (lo sentencia). 

    Decidir qué actas necesita la división de apelaciones

    En el formulario, tendrá que informarle a la corte si desea que envíe una copia del acta de lo que se dijo en el juicio a la división de apelaciones. Esto se llama "acta de actos procesales orales". Si alguno de los asuntos que está apelando requiere que los jueces de la división de apelaciones sepan lo que se dijo, necesitarán un acta de estos actos procesales orales. 

    Si desea que el acta de las actos procesales orales se envíe a la división de apelaciones, marque esa casilla y luego marque la casilla del tipo de acta que desea enviar. Hay 3 tipos diferentes de actas de los actos procesales orales. 

    • Si el caso fue grabado, una grabación electrónica oficial o una transcripción de esa grabación
    • Si hubo un taquígrafo de la corte, la transcripción del taquígrafo
    • Si no fue grabado y no hubo un taquígrafo de la corte, tendrá que utilizar una Declaración de apelación. Este es un resumen de lo ocurrido en el juicio aprobado por el juez que escuchó el caso.

    El siguiente paso tiene instrucciones sobre cómo preparar una Declaración de apelación.

  • Presente y haga la entrega legal de una Declaración de apelación si se requiere

    Llene, haga la entrega legal y presente una declaración propuesta antes de la fecha límite

    Si decide utilizar una "declaración de apelación", tiene que preparar la declaración propuesta. Tiene que hacer la entrega legal y presentar la declaración propuesta en la corte de primera instancia dentro de los 20 días posteriores a la presentación del Aviso de apelación. Si está lista, también puede presentar su declaración propuesta al mismo tiempo que presenta su Aviso de apelación.

    1. Llene un formulario de Declaración propuesta de apelación

    Llene la Declaración propuesta de apelación (formulario CR-143).

    2. Haga la entrega legal al fiscal

    Una vez que haya llenado la Declaración propuesta, tiene que enviársela (hacer entrega legal) al fiscal (el fiscal de la ciudad, el fiscal de distrito o el fiscal de otra agencia gubernamental).

    Hacer la entrega legal significa que alguien, no usted, de 18 años o más que no es parte del caso, lo envía por correo al fiscal. La persona que la envía por correo es la persona a cargo de la entrega legal.

    La persona a cargo de la entrega legal tiene que llenar y firmar una Prueba de entrega (División de apelaciones) (formulario APP-109). Puede obtener más información sobre cómo hacer la entrega legal en ¿Qué es una Prueba de entrega? (formulario APP-109-INFO).

    3. Presente la Declaración propuesta y la Prueba de entrega

    Llene su Declaración propuesta con la Prueba de entrega antes de la fecha límite.

    Después de que haga la entrega legal y presente la Declaración propuesta

    El fiscal tiene 10 días después de que usted le haga la entrega legal de la declaración propuesta para presentar y hacer la entrega legal de cualquier cambio propuesto (enmienda) a esta declaración.

    El juez de la corte de primera instancia revisará su Declaración propuesta y las enmiendas del fiscal. Si el juez hace algún cambio, la corte le enviará a usted y al fiscal una declaración corregida.

    Si no está de acuerdo con alguna parte de la declaración del juez, tiene 10 días a partir de la fecha en que se le envía para hacer la entrega legal y presentar objeciones. Después de que el juez revise las objeciones y haga correcciones adicionales, certificará la declaración. El secretario la enviará a la división de apelaciones como acta de los actos procesales orales en la corte de primera instancia.

  • Presente el Aviso de apelación antes de la fecha límite

    Lleve o envíe por correo el Aviso de apelación original al secretario de la corte de primera instancia en el que fue condenado por la infracción.

    • No hay cuotas para presentar el Aviso de apelación.
    • Pregúntele al secretario de la corte si su corte requiere que presente otros formularios de la corte o que realice otros pasos.

    Después de presentar su Aviso de apelación, el secretario enviará una copia al fiscal de su caso (como el fiscal de distrito o el fiscal de la ciudad).

  • Prepare, haga la entrega legal y presente un escrito

    Tendrá que escribir, hacer la entrega legal y presentar un escrito antes de una fecha límite. Esta es la parte más difícil del proceso. Tendrá que seguir muchas reglas y probablemente hacer una investigación legal.

    Las Reglas de la corte de California 8.926 a 8.928 (en inglés) contienen las reglas sobre cómo prepararse, a quién hacerle la entrega legal y las fechas límite para presentar escritos.

    Calendar

    Obtenga su fecha límite para el escrito

    Una vez que la división de apelaciones reciba el acta de apelación completa, el secretario de la corte le enviará un aviso con una fecha límite para presentar un escrito. Por lo general, son 30 días después de que se presenta el acta, pero podría ser diferente. Tendrá que escribir, hacer la entrega legal y presentar un escrito antes de la fecha límite.

    illustration of some paper forms with signature

    Prepare un escrito

    Un escrito es una descripción escrita de los hechos del caso, la ley que se aplica y sus argumentos sobre los asuntos. Los escritos son la parte más importante y la parte más difícil del proceso de apelación.

    Los argumentos en el escrito explican:

    • El error legal que cometió el juez
    • Cómo ese error cambió el resultado del caso

    Los mejores escritos guían a la corte a través del caso utilizando el acta y la autoridad legal para respaldar sus puntos. Escribir un buen escrito requiere conocimientos especializados. 

    illustration representing a mailbox

    Haga la entrega legal del escrito

    Una vez que haya terminado su escrito, tiene que enviarlo (hacer entrega legal) al fiscal.

    Hacer la entrega legal significa que alguien, no usted, de 18 años o más que no es parte del caso, lo envía por correo al fiscal. La persona que lo envía por correo es la persona a cargo de la entrega legal. 

    La persona a cargo de la entrega legal tiene que llenar y firmar una Prueba de entrega (División de apelaciones) (formulario APP-109). Puede obtener más información sobre cómo hacer la entrega legal en ¿Qué es una Prueba de entrega? (formulario APP-109-INFO).

    Presente el escrito

    Presente su escrito con la Prueba de entrega en el Aviso antes de la fecha límite. Si no cumple con la fecha límite para presentar su escrito, la corte puede desestimar su apelación.

    El fiscal puede presentar una respuesta a su escrito (un escrito del demandado). Puede responderle si quiere. Obtenga más información
    Si el fiscal presenta su propio escrito, tiene que hacérselo llegar a usted (hacer la entrega legal).  Si le hace la entrega legal del escrito del demandado, usted tiene derecho a presentar un "escrito de respuesta". Un escrito de respuesta responde al "escrito del demandado". No tiene que presentar un escrito de respuesta. Si lo hace, tiene que hacer la entrega legal y presentarlo dentro de los 20 días de haber recibido el escrito del demandado.
  • Pida que se envíen los anexos de prueba a la corte de apelaciones

    Si desea que la división de apelaciones considere un anexo de prueba utilizada en el juicio, tiene que pedirle al secretario de la corte de primera instancia que envíe el anexo de prueba original a la división de apelaciones. Tiene que solicitarlo dentro de los 10 días posteriores a la presentación del último escrito del demandado en la división de apelaciones.

  • Alegato oral, si se solicita

    Una vez que se haga la entrega legal y se presenten los escritos o haya pasado la fecha límite, la corte le informará sobre la fecha para el alegato oral en su caso.

    El alegato oral es su oportunidad de explicar sus argumentos a los jueces de apelación en persona. Esto es opcional. Si no quiere un alegato oral, puede renunciar (abandonar) a su derecho a tenerlo. La otra parte tiene el mismo derecho a tenerlo; también puede renunciar a él si lo desea.

    • Si ambas partes renuncian al alegato oral, los jueces decidirán su apelación con base en los escritos y el acta de la corte de primera instancia.
    • Si solo una de las partes renuncia al alegato oral y la otra no, los jueces tendrán un argumento oral con la parte que no renunció.
  • Reciba la decisión

    Después de la fecha fijada para el alegato oral (ya sea que se lleve a cabo o no), los jueces tienen 90 días para tomar una decisión sobre su apelación.

    El secretario le enviará por correo un aviso de la decisión de la división de apelaciones.

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