Qué tiene que llevar a la audiencia
Lleve:
- La Orden de fijación de residencia fuera del estado de California (formulario GC-090) si aún no se la ha dado al secretario de la corte. Si el juez está de acuerdo en permitirle mudarse, firmará este formulario.
- Copias de sus formularios de Prueba de entrega firmados para el aviso.
- Notas de lo que planea decir.
Pídale al secretario de Legalización de Testamentos o al Centro de ayuda las reglas o las pautas sobre llevar a un menor si cree que este necesita hablar con el juez. Normalmente, los menores no van a la corte.
Si es la primera vez que está en una sala de audiencias, vea algunos consejos básicos sobre cómo planificar su día en la corte.
Su día en la corte
Es posible que tenga que esperar antes de su audiencia
Otras personas pueden tener una audiencia el mismo día que usted. Es posible que su caso no sea llamado de inmediato. Es posible que usted acabe esperando unos minutos o incluso más de una hora antes de que llegue su turno.
El juez llama su caso
Vaya hacia el frente de la sala de audiencias
Cuando sea su turno, el asistente de la sala de audiencias le llamará por su nombre y dirá su número de caso. Usted pasa al frente. Si los padres del menor están presentes (o cualquier persona que objete) también pasarán al frente. Alguien, normalmente el asistente de la sala de audiencias, le dirá dónde sentarse o pararse.
Dígale su nombre al juez y conteste sus preguntas
El juez le pedirá que diga su nombre completo. Luego, se le pedirá que jure decir la verdad.
El juez puede:
- Preguntarle por qué mudarse fuera del estado es en el mejor interés del menor.
- Preguntar a los padres o a otros parientes, si están presentes.
- Preguntarle al menor qué piensa sobre la mudanza.
El juez toma una decisión
Si el juez decide que es en el mejor interés del menor mudarse con usted, firmará laOrden de fijación de residencia fuera del estado de California (formulario GC-090). Luego usted tendrá que establecer una tutela legal en el lugar a donde sea mude. En general, tiene que hacer esto dentro de los 4 meses después de mudarse a menos que el juez le dé un plazo diferente.
Usted tiene que seguir las órdenes que dictó el juez.