Pida la renovación de una orden de restricción
Si un juez le concedió una orden de restricción a largo plazo (en el formulario DV-130), puede pedir que se la renueven (extiendan) antes de que venza.
Antes de comenzar
Tiene que solicitar la renovación de su orden de restricción antes de que venza
- Revise la fecha de vencimiento en el formulario DV-130 o DV-730.
- Puede solicitar una renovación a partir de 3 meses antes de la fecha de vencimiento.
- La persona que solicite tiene que ser la persona que aparece en el punto 1 del formulario DV-130 o DV-730.
⚠️ Asegúrese de que su orden de restricción todavía no haya vencido. Si ya venció, tendrá que pedir una nueva orden de restricción.
💵 No hay cuota para pedirle a la corte que renueve su orden.
Cómo pedir la renovación de una orden de restricción
↗️ Todos los enlaces a formularios de la corte se abren en una pestaña nueva.
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Llene los formularios de la corte
- Solicitud para renovar una orden de restricción (formulario DV-700) ↗️
- Aviso de audiencia para renovar una orden de restricción (CLETS) (formulario DV-710) ↗️
📌 Adjunte una copia de su orden de restricción actual (en el formulario DV-130 o DV-730) al formulario DV-700.
💬 Puede pedirle al centro de ayuda ↗️ (el enlace se abre en una pestaña nueva) que revise sus papeles. Pueden asegurarse de que los llenó correctamente antes de continuar con su caso.
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Presente (entregue) sus formularios al secretario de la corte
Puede presentar sus formularios:
- En persona en la corte: No todas las cortes aceptan papeles de órdenes de restricción. Vaya al sitio web de su corte y vea qué ubicación (si hay más de una) acepta la presentación de casos de órdenes de restricción o de derecho de familia.
- Para presentar los formularios, dele el original y dos copias al secretario de la corte.
- Luego, un juez revisará sus formularios.
- El secretario de la corte le dirá cuándo debe regresar para recoger sus papeles de la corte.
- En línea: Puede presentar sus papeles en línea (se llama presentación electrónica, o e-filing en inglés). Vaya al sitio web de su corte para saber cómo presentar electrónicamente. La corte le devolverá sus formularios electrónicamente.
- Por medio de un buzón: Algunas cortes tienen un buzón que puede usar. Puede estar dentro o fuera de la corte.
- Si pone sus papeles de la corte en un buzón, asegúrese de incluir el original más dos copias, y use un sobre o una liga para mantener todos sus papeles juntos.
- De todas formas, tendrá que regresar a la corte para recoger sus papeles de la corte.
- ⚠️ Usar un buzón puede que no sea la forma más rápida de que un juez revise sus papeles. Si necesita protección de inmediato, lleve sus formularios a un secretario de la corte o preséntelos en línea.
- En persona en la corte: No todas las cortes aceptan papeles de órdenes de restricción. Vaya al sitio web de su corte y vea qué ubicación (si hay más de una) acepta la presentación de casos de órdenes de restricción o de derecho de familia.
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Recoja y revise sus documentos de la corte
- Recibirá una fecha de corte. La fecha estará en la primera página del formulario DV-710 ↗️.
- Su orden de restricción se extenderá hasta esa fecha de corte.
- En la fecha de corte, el juez decidirá si renueva (extiende) su orden de restricción por cinco años o más.
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