Antes de comenzar
Si la persona a cargo de la entrega legal no entrega los documentos de su orden de restricción, la policía no puede arrestar a esa persona por contravenir una orden de restricción temporal (si el juez la otorgó) y la corte no puede otorgar una orden de restricción que pueda durar hasta tres años.
Cómo hacer la entrega legal de su Solicitud de orden de restricción
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Elija una persona a cargo de la entrega legal
Si desea que un conocido o un profesional de entrega legal haga la entrega legal de sus documentos, este tiene que cumplir lo siguiente:
- tener 18 años o más, y
- no estar involucrado en este caso (por ejemplo, alguien mencionado como persona protegida o testigo).
No puede hacer la entrega legal de sus documentos usted mismo. Puede pedírselo a un conocido, contratar un profesional de entrega legal o pedir que el alguacil haga la entrega legal de sus documentos de la corte.
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Conozca su fecha límite para la entrega legal
La persona a cargo de la entrega legal tiene que entregar sus documentos antes de su fecha de audiencia.
Para ver cuándo es su fecha límite para hacer la entrega legal, vea su Aviso de audiencia en la corte (formulario WV-109).
- El número de días se encuentra en el punto 6 de la Página 2.
- Tiene que hacer la entrega legal a la persona por lo menos este número de días antes de su fecha de audiencia (la fecha indicada en el punto 4 de la Página 1).
Por ejemplo, si su audiencia es el 10 de junio y la corte le dictó que hiciera la entrega legal a la otra parte 5 días antes de su audiencia, entonces su fecha límite es el 5 de junio.
📌 Siempre puede hacer la entrega legal antes de la fecha límite.
Si no puede cumplir con la fecha límite
Tendrá que reprogramar su fecha de corte. Obtenga más información sobre cómo reprogramar su fecha de corte.
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Entréguele a la persona a cargo de la entrega legal sus documentos de la corte
Tendrá que darle a la persona a cargo de la entrega legal
1. Una copia de todos los documentos de la corte que incluirán:
- Formulario WV-109
- Formulario WV-100
- Formulario WV-110 si lo otorga el juez
- Formulario WV-120 (déjelo en blanco; esto es para que lo llene la otra parte si lo desea
- Formulario WV-120-INFO
- Formulario WV-250 (déjelo en blanco)
2. Una copia parcialmente llenada del formulario Prueba de entrega en persona (formulario WV-200)
- Debe llenar los puntos 1, 2 y 3 del formulario.
- La persona a cargo de la entrega legal llenará los puntos 5-7 una vez entregados los documentos.
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Entrega legal de los documentos de la corte (instrucciones para la persona a cargo de la entrega legal)
Una vez que le haya dado a la persona a cargo de la entrega legal una copia de sus documentos de la corte y el formulario WV-200, pídale que:
- Entregue sus documentos de la corte a la otra parte lo antes posible y antes de la fecha límite.
- Llene el formulario WV-200.
- Le dé la copia llenada del formulario WV-200 para que usted pueda presentarlo al secretario de la corte. (Nota: Este formulario puede ser presentado por cualquier persona, incluida la persona a cargo de la entrega legal.)
Es importante que verifique con la persona a cargo de la entrega legal para ver si pudo hacer la entrega legal a la otra parte antes de su fecha límite.
La persona a cargo de la entrega legal puede dejar los documentos junto a la persona y decirle lo que son. Por ejemplo, la persona a cargo de la entrega legal puede dejar los documentos en el suelo junto a la otra persona y decir: "Estos son documentos legales importantes para usted". -
Copie y presente la Prueba de entrega (formulario WV-200)
Una vez que reciba el formulario Prueba de entrega de la persona a cargo de la entrega legal:
- Haga una copia.
- Presente el formulario Prueba de entrega de inmediato. Cuando presente el formulario, lleve ambas copias (el original y la copia adicional) al secretario de la corte. El secretario sellará y le devolverá la copia. La copia es para que la guarde usted.
- Lleve siempre la copia de la Prueba de entrega y una copia de su orden de restricción (si la hay) al trabajo y exhorte a cualquier empleado protegido a hacer lo mismo. Asegúrese también de llevarlas a su audiencia en la corte.
Prepárese para su audiencia
¿Qué sigue?
Una vez que haya hecho la entrega legal de su petición de orden de restricción, infórmese sobre qué esperar en la audiencia para saber cómo prepararse.
