Acta de los documentos
Hay varias formas de preparar un acta de los documentos presentados en la corte de primera instancia para la corte de apelaciones.
Opciones para un acta de los documentos
Para preparar el acta de los documentos en un caso civil limitado o ilimitado puede usar:
- una transcripción del secretario
- un apéndice
- un expediente original de la corte de primera instancia
- una declaración de mutuo acuerdo
Una transcripción del secretario es un acta de los documentos del expediente de la corte superior —los documentos que se presentaron, las órdenes que se dictaron— que prepara el secretario de la corte superior.
Hay algunos documentos, como el aviso de apelación, y el fallo o la orden que se está apelando, que tienen que incluirse en la transcripción del secretario. Vea la regla 8.832(a) de las Reglas de la corte de California para conocer los documentos que tienen que ser incluidos en el acta de la apelación en casos civiles limitados (casos civiles que involucran un monto menor o igual a $35,000) y la regla 8.122(b) para conocer los documentos que tienen que ser incluidos en las apelaciones en casos civiles ilimitados (como los casos civiles que involucran un monto mayor a $35,000 o los casos de derecho de familia). Otros documentos que estén en el expediente de la corte superior solo se incluirán en la transcripción del secretario si las partes los designan.
- Para los casos civiles limitados (casos civiles que involucran un monto igual o menor a $35,000), el apelante puede usar el Aviso del apelante que designa el acta de la apelación (Caso civil limitado) (formulario APP-103) para designar los documentos que se incluirán en la transcripción del secretario.
- Para los casos civiles ilimitados (como los casos civiles por un monto superior a $35,000 o los casos de derecho de familia), el apelante puede usar el Aviso del apelante que designa el acta de la apelación (Caso civil ilimitado) (formulario APP-003).
Los elementos probatorios, como fotografías o documentos que fueron admitidos como prueba, rechazados o presentados (depositados temporalmente en la corte) durante el juicio, se consideran parte del acta de la apelación. Pero la transcripción del secretario no incluirá ningún elemento probatorio a menos que usted solicite su inclusión en su aviso que designa el acta de la apelación. Los formularios para designar el acta de la apelación incluyen un espacio para que usted solicite al secretario que incluya los elementos probatorios en la transcripción del secretario.
Si el apelante optó por usar una transcripción del secretario como el acta de los documentos presentados en la corte de primera instancia, dentro de los 10 días después de que el apelante haya presentado el aviso que designa el acta, el demandado puede hacer la entrega legal y presentar un aviso en la corte superior para designar cualquier documento adicional que el demandado desee que se incluya en la transcripción del secretario.
- En los casos civiles limitados (casos civiles que involucran un monto igual o menor a $35,000), el demandado puede usar el Aviso del demandado que designa el acta de la apelación–Caso civil limitado (formulario APP-110).
- En los casos civiles ilimitados (como los casos civiles por un monto superior a $35,000 o los casos de derecho de familia), el demandado puede usar el Aviso del demandado que designa el acta de la apelación–Caso civil ilimitado (formulario APP-010).
El secretario de la corte superior preparará la transcripción del secretario basándose en lo que el apelante y el demandado indiquen en sus avisos para designar el acta de la apelación.
En la mayoría de las apelaciones civiles, se cobra una cuota por la transcripción del secretario. El apelante tiene que pagar los costos de armar la transcripción del secretario. El secretario de la corte superior enviará al apelante una factura por los costos de la elaboración de una transcripción original para la corte de apelaciones y una copia para el apelante. El demandado no obtiene automáticamente una copia de la transcripción del secretario. El secretario de la corte superior enviará al demandado un aviso del costo de una copia de la transcripción del secretario. Si el demandado desea una copia de la transcripción, tendrá que depositar este monto en la corte. Si ya tiene una exención de cuotas, no tendrá que pagar por la transcripción del secretario. Si no tiene suficiente dinero para pagar la transcripción del secretario, puede solicitar una exención de cuotas para intentar que le eximan de estas cuotas.
Lea la regla 8.832 de las Reglas de la corte de California y la Información sobre los procedimientos de apelación para casos civiles limitados (formulario APP-101-INFO) para obtener más información sobre el uso de la transcripción del secretario en la división de apelaciones de la corte superior (para casos civiles limitados).
Lea la regla 8.122 de las Reglas de la corte de California y la Información sobre los procedimientos de apelación para casos civiles ilimitados (formulario APP-001-INFO) para obtener más información sobre el uso de la transcripción del secretario en la Corte de Apelaciones (para casos civiles ilimitados).
Un apéndice es un acta de los documentos del expediente de la corte superior —los documentos que se presentaron, las órdenes que se dictaron— que preparan las partes.
La principal diferencia entre una transcripción del secretario y un apéndice es que la transcripción del secretario la prepara el secretario de la corte superior y el apéndice lo prepara el apelante o conjuntamente con el demandado por estipulación. Si las partes no van a preparar un apéndice conjunto, el demandado puede preparar su propio apéndice por separado para incluir los documentos no incluidos en el apéndice del apelante.
Hay algunos documentos, como el aviso de apelación, y el fallo o la orden que se está apelando, que tienen que incluirse en el apéndice. Vea la regla 8.845(a) de las Reglas de la corte de California para conocer los documentos que tienen que ser incluidos en un apéndice en casos civiles limitados (casos civiles que involucran un monto menor o igual a $35,000) y la regla 8.124(b) para conocer los documentos que tienen que incluirse en un apéndice en casos civiles ilimitados (como casos civiles que involucran un monto superior a $35,000 o casos de derecho de familia). Otros documentos que estén en el expediente de la corte superior solo se incluirán en el apéndice si las partes deciden incluirlos.
- Para los casos civiles limitados (casos civiles que involucran un monto igual o menor a $35,000), el apelante puede usar el Aviso del apelante que designa el acta de la apelación (Caso civil limitado) (formulario APP-103) para designar un apéndice.
- Para los casos civiles ilimitados (como los casos civiles por un monto superior a $35,000 o los casos de derecho de familia), el apelante puede usar el Aviso del apelante para designar el acta de la apelación (Caso civil ilimitado) (formulario APP-003) para designar un apéndice.
Los elementos probatorios, como fotografías o documentos que fueron admitidos como prueba, rechazados o presentados (depositados temporalmente en la corte) durante el juicio, se consideran parte del acta de la apelación. Usted puede optar por incluir elementos probatorios en el apéndice.
Las partes pueden preparar apéndices separados o acordar (estipular) un apéndice conjunto. Si las partes preparan apéndices separados, cada parte es responsable del costo de su propio apéndice. Si se prepara un apéndice conjunto, las partes pueden acordar cómo se pagará el costo o el apelante pagará el costo.
Lea la regla 8.845 de las Reglas de la corte de California y la Información sobre los procedimientos de apelación para casos civiles limitados (formulario APP-101-INFO) para obtener más información e instrucciones sobre la preparación de un apéndice en la división de apelaciones de la corte superior.
Lea la regla 8.124 de las Reglas de la corte de California y la Información sobre los procedimientos de apelación para casos civiles ilimitados (formulario APP-001-INFO) para obtener más información e instrucciones sobre la preparación de un apéndice en la Corte de Apelaciones (para casos civiles ilimitados).
El expediente original de la corte de primera instancia puede usarse en lugar de la transcripción del secretario si las reglas locales de su corte de apelaciones lo permiten. Necesita ver las reglas de la división de apelaciones de su corte superior si está apelando en un caso civil limitado o las reglas de la Corte de Apelaciones de su distrito si está apelando en un caso civil ilimitado. Si su caso está en la Corte de Apelaciones, también necesitará una estipulación (acuerdo) con la otra parte en la que acepten usar el expediente de la corte de primera instancia.
El apelante tendrá que pagar el costo de preparar el expediente de la corte de primera instancia a menos que solicite y obtenga una exención de cuotas de la corte.
Lea la regla 8.863 de las Reglas de la corte de California y la Información sobre los procedimientos de apelación para casos civiles limitados (formulario APP-101-INFO) para obtener más información sobre el uso del expediente original de la corte de primera instancia en lugar de una transcripción del secretario en la división de apelaciones de la corte superior.
Lea la regla 8.128 de las Reglas de la corte de California y la Información sobre los procedimientos de apelación para casos civiles ilimitados (formulario APP-001-INFO) para obtener más información sobre el uso del expediente de la corte de primera instancia en lugar de una transcripción del secretario en la Corte de Apelaciones (para casos civiles ilimitados).
Una declaración de mutuo acuerdo es un resumen de los procesos de la corte de primera instancia que todas las partes acordaron. Se puede usar una declaración de mutuo acuerdo en lugar de una transcripción del secretario para un acta de los documentos en los procesos de la corte de primera instancia si incluye copias de los documentos que tienen que estar en una transcripción del secretario. También puede usarse para el acta de los procesos orales en la corte de primera instancia (en lugar de la transcripción del taquígrafo).
Lea la regla 8.836 de las Reglas de la corte de California y la Información sobre los procedimientos de apelación para casos civiles limitados (formulario APP-101-INFO) para obtener más información sobre cómo preparar una declaración de mutuo acuerdo en la división de apelaciones de la corte superior (para casos civiles limitados).
Lea la regla 8.134 de las Reglas de la corte de California y la Información sobre los procedimientos de apelación para casos civiles ilimitados (formulario APP-001-INFO) para obtener más información sobre el uso del expediente de la corte de primera instancia en lugar de una transcripción del secretario en la Corte de Apelaciones (para casos civiles ilimitados).