¿Qué tengo que hacer si recibo un Aviso de declaración financiera—Deuda de consumidor (formulario EJ-143) en un caso de deuda de consumidor?

Cuando pide el examen de un deudor en un caso de deuda de consumidor, es posible que el deudor del fallo no tenga que ir al examen. Lea a continuación para obtener más información.

¿Qué tengo que hacer si recibo un Aviso de declaración financiera—Deuda de consumidor (formulario EJ-143) en un caso de deuda de consumidor?

En los casos de deuda de consumidor, el deudor del fallo no tiene que ir al examen programado del deudor si hace lo siguiente:

  1. Llena y presenta en la corte el Aviso de declaración financiera—Deuda de consumidor (formulario EJ-143), y
  2. Le hace la entrega legal de una copia de su formulario EJ-143 presentado y una Declaración financiera—Deuda de consumidor llenada (formulario EJ-144) al menos 15 días antes de la fecha del examen del deudor.

Ahora, vea el formulario EJ-143 que recibió. Si el punto 2 está marcado, la corte cancelará el examen del deudor. Esto se debe a que el deudor del fallo dice que todo su dinero y bienes están "exentos de la ejecución del fallo". Sin embargo, incluso si la corte no cancela el examen, el deudor no tiene que comparecer si completó los dos pasos descritos arriba.

Si después de leer el formulario EJ-146 aún quiere que se haga un examen del deudor, puede llenar el Aviso de moción y Moción para exigir examen—Deuda de consumidor (formulario EJ-146), hacer su entrega legal y presentarlo. El formulario EJ-146 solicita a la corte que programe un nuevo examen del deudor y exige que el deudor del fallo vaya a este, aunque haya proporcionado el formulario EJ-144.

 

¿Cómo lleno el Aviso de declaración financiera—Deuda de consumidor (formulario EJ-146), hago su entrega legal y cómo lo presento?

Si la corte canceló el interrogatorio del deudor, puede llenar el Aviso de moción y Moción para exigir interrogatorio—Deuda de consumidor (formulario EJ-146) para pedirle a la corte que programe un nuevo interrogatorio y le exija al deudor del fallo ir a este.

Tiene 15 días después de que el deudor del fallo presente su Aviso de declaración financiera—Deuda de consumidor (formulario EJ-143) para llenar y presentar su Aviso de moción y Moción para exigir interrogatorio—Deuda de consumidor (formulario EJ-146).

Siga estos pasos para saber cómo llenar el formulario EJ-146, hacer su entrega legal y presentarlo.

  • Comuníquese con el secretario de la corte

    Para reprogramar el examen del deudor, tendrá que solicitarlo a la corte. Para solicitarlo a la corte, comuníquese con el secretario de la corte para fijar una fecha, hora y lugar de audiencia. La audiencia es donde solicitará a la corte que programe un nuevo examen del deudor. La fecha de la audiencia no es la fecha del nuevo examen del deudor.

    Generalmente, tiene que hacer la entrega legal del formulario EJ-146 al deudor del fallo al menos 16 días antes de la audiencia. Asegúrese de tener suficiente tiempo para hacer la entrega legal del formulario EJ-146 al programar la audiencia con el secretario de la corte. Por ejemplo, si programa la audiencia para dentro de dos semanas (14 días), eso sería demasiado pronto, ya que tienen que pasar al menos 16 días entre la fecha de la entrega legal del formulario EJ-146 y la fecha de la audiencia. Lea el paso 4 para obtener más información.
  • Llene el formulario EJ-146

    • Llene los puntos 1 – 7 del formulario EJ-146. En el punto 7, explique por qué cree que debería haber un examen del deudor a pesar de que el deudor del fallo le dio una declaración financiera.
    • Llene los puntos 8 y 9 solo si el fallo que recibió (como el formulario SC-130, el formulario SC-200 o el formulario JUD-100) se refiere a una deuda garantizada o respaldada por otros bienes inmuebles o personales.
    • Si no quiere ir a la audiencia que programó en el paso 1, marque la casilla del punto 10. Si no va a la audiencia, la corte decidirá si le permite programar un nuevo examen del deudor basándose en
      • Su formulario EJ-146;
      • La Declaración financiera—Deuda de consumidor (formulario EJ-144) del deudor del fallo, y
      • Cualquier argumento que el deudor del fallo presente en la audiencia.
    • Firme y feche el formulario. 
  • Haga copias del formulario EJ-146

    Haga al menos 2 copias de su formulario EJ-146 llenado:

    • Haga 1 copia para hacer la entrega legal al deudor del fallo.
    • Haga al menos una copia para sus propios registros.
    • Si planea ir a la audiencia, haga una copia para llevarla.
  • Haga la entrega legal de una copia del formulario EJ-146

    • Elija a alguien para que haga la entrega legal de una copia de su formulario EJ-146 llenado al deudor del fallo. A la persona que usted elige se le llama "persona a cargo de la entrega legal". Esta tiene que tener al menos 18 años y no puede estar involucrada en su caso. Usted no puede hacer la entrega legal de sus propios documentos de la corte.
    • Preste atención a estos plazos importantes para hacer la entrega legal al deudor del fallo:
      • Si la persona a cargo de la entrega legal le da sus documentos de la corte al deudor del fallo en persona, tiene que hacerlo al menos 16 días judiciales antes de la audiencia.
      • Si la persona a cargo de la entrega legal envía sus documentos de la corte por fax, correo exprés o entrega al día siguiente, tiene que hacerlo al menos 16 días judiciales más 2 días calendario antes de la audiencia.
      • Si la persona a cargo de la entrega legal envía por correo sus documentos de la corte desde una dirección de California a otra dirección de California, tiene que hacerlo al menos 16 días judiciales más 5 días calendario antes de la audiencia.
      • Si la persona a cargo de la entrega legal usa un servicio electrónico para darle sus documentos de la corte al deudor del fallo, tiene que hacerlo al menos 18 días judiciales antes de la audiencia. Nota: Si el deudor del fallo no tiene abogado, tiene que aceptar recibir los formularios de la corte mediante entrega legal electrónica. De lo contrario, su persona a cargo de la entrega legal no podrá usar la entrega legal electrónica.
      • Para obtener más información sobre el tiempo para hacer la entrega legal del aviso y la entrega legal electrónica, lea el Código de ProcedimientoCivil, secciones 708.111(d)(3) (en inglés), 1005 (en inglés) y 1010.6 (en inglés).

    • Después de que la persona a cargo de la entrega legal le haya dado sus documentos de la corte al deudor del fallo, pídale que llene y firme un formulario de prueba de entrega:

      • Si su fallo es por un caso de reclamos menores, use la Prueba de entrega (Reclamos menores), formulario SC-104

      • .Si su fallo es por otro tipo de deuda de consumidor, use la Prueba de entrega—Civil (formulario POS-040) o la Prueba de entrega electrónica (formulario POS-050).

  • Presente sus documentos de la corte

    ¡Ya casi termina!

    Ahora necesita presentar estos documentos en la corte:

    • Su Aviso de moción y Moción para exigir examen—Deuda de consumidor (formulario EJ-146) original llenado. ¡Asegúrese de que esté firmado!
    • Una copia de la Declaración financiera—Deuda de consumidor (formulario EJ-144) del deudor del fallo.
    • El formulario de prueba de entrega original que llenó la persona a cargo de su entrega legal.

    Después de que el deudor del fallo presente su Aviso de declaración financiera—Deuda de consumidor (formulario EJ-143), tiene 15 días para presentar el formulario EJ-146 y el formulario EJ-144. Aunque el formulario de prueba de entrega no sigue la misma fecha límite, probablemente sea más fácil presentar todos los documentos juntos para que no tenga que ir varias veces a la corte.

Qué llevar a la audiencia para un nuevo examen del deudor

Si va a la audiencia, lleve estas cosas:

  • Una copia del formulario EJ-146;
  • Una copia del formulario EJ-144, y
  • Una copia de la Solicitud y Orden para exigir un exa,em después de la presentación de la Declaración financiera—Deuda de consumidor (formulario EJ-147). Primero, necesitará llenar todo el formulario EJ-147 excepto la fecha y hora de la audiencia en la página 1. Si la corte otorga su solicitud de nuevo examen del deudor en la audiencia, el juez puede llenar los puntos que falten en el formulario EJ-147 para programar el examen.

¿Qué hago después de la audiencia para un nuevo examen del deudor?

Si la corte aceptó el nuevo examen de un deudor en la audiencia, tiene que llenar y presentar en la corte la Solicitud y Orden para exigir un examen después de la presentación de la Declaración financiera—Deuda de consumidor (formulario EJ-147) en la corteNo hay ninguna cuota por presentar el formulario EJ-147.

Después de presentar el formulario, tiene que hacer la entrega legal de una copia del formulario EJ-147 al deudor del fallo al menos 30 días antes de la fecha del nuevo examen del deudor. Recuerde elegir una persona apropiada para que haga la entrega legal, como en el paso 4 anterior. La persona a cargo de su entrega legal no está obligada a darle sus documentos al deudor del fallo personalmente; puede hacer la entrega legal del formulario EJ-147 por correo postal. Se puede permitir la entrega legal electrónica, pero el deudor del fallo tiene que aceptarlo de antemano si no tiene abogado. Lea el Código de Procedimiento Civil, sección 1010.6 (en inglés), para obtener más información sobre la entrega legal electrónica.

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