Presente un reclamo de exención de embargo de banco
Un embargo de banco es cuando la oficina del alguacil (que normalmente se llama "sheriff" en inglés) toma dinero de su cuenta bancaria para pagar al cobrador de la deuda. Algunos tipos de ingresos están protegidos, o exentos, de un embargo de banco. Si se tomó dinero protegido, puede intentar recuperarlo presentando un Reclamo de exención.
Cosas importantes que debe saber
Algunos tipos de ingresos están protegidos, o exentos, de un embargo de banco. Por ejemplo, solo le pueden quitar el 25 % de su sueldo. El dinero del Seguro Social nunca se puede quitar. Si se tomó dinero protegido, tiene que decírselole al cobrador de la deuda para que se lo devuelva. A esto se le llama presentar un Reclamo de exención.
Solo tiene 10 días a partir de la fecha del embargo para presentar un reclamo de exención (más 5 días si el aviso se envió por correo) al alguacil. Tiene que demostrar que los fondos tomados venían de una fuente de ingresos exenta de cobro.
Un embargo de banco es una acción que se realiza una sola vez, pero el cobrador puede volver a la corte para solicitarlo de nuevo.
Cómo presentar un reclamo de exención
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Llene los formularios
Llene dos formularios:
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Reclamo de exención (Cumplimiento de fallo) (formulario EJ-160)
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Declaración financiera (formulario EJ-165)
Solo necesita esta Declaración financiera si su reclamo se basa en que necesita los fondos para satisfacer las necesidades básicas de su familia.
Haga dos copias de los formularios llenados. Guarde una copia para usted.
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Presente el Reclamo de exención al oficial de recaudación
Lleve o envíe por correo el original y una copia a la persona identificada como el oficial de recaudación (levying officer, en inglés). El oficial de recaudación está indicado en la esquina superior derecha del Aviso de embargo. Suele ser el alguacil, pero en algunos casos el oficial de recaudación puede ser otra persona.
El alguacil mantiene el original y envía una copia al cobrador de la deuda.
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Espere a ver si hay oposición al reclamo
El cobrador de la deuda tiene 10 días para responder.
Usted no tendrá acceso al dinero que le fue embargado mientras espera a que se decida su reclamo, pero si gana su reclamo, se le devolverá su dinero.
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Respuesta a la oposición (si la hay)
Si el cobrador de la deuda se opuso a su Reclamo de exención, lea los documentos para averiguar por qué.
Puede responder para mostrar a la corte hechos aclaradores, documentos u otras pruebas que apoyen su Reclamo de exención.
La respuesta es opcional, pero si decide hacerlo, tiene que presentarla en la corte al menos cinco días judiciales antes de la audiencia.
Obtenga más información sobre cómo escribir y presentar una respuesta
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Vea si su corte usa fallos provisionales
En algunas cortes, la corte pública (normalmente en su sitio web) cómo planea fallar el día anterior a la audiencia. A esto se le llama fallo provisional.
En estas cortes, su audiencia será cancelada a menos que llame para decir que todavía quiere la audiencia. Si se cancela su audiencia, el fallo que publicó la corte como provisional se convertirá en el fallo final.
Antes de su audiencia, comuníquese con el secretario de su corte y pregunte si hay un proceso de fallo provisional en su corte.
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Vaya a la audiencia
Si tiene una audiencia, es su trabajo probar a la corte que reúne los requisitos para una exención. Para ello:
- Diga a la corte que le será imposible pagar las necesidades básicas de su familia si le quitan el dinero de su sueldo. La otra parte puede decir que no es cierto.
- Lleve pruebas que muestren que no puede permitirse que le quiten el dinero. Estas pueden ser sus cheques de pago, estados de cuenta bancarios y facturas.
Después de oír a ambas partes, el juez decidirá si concede o no su reclamo. Si usted gana, la corte ordenará al alguacil que detenga o reduzca el embargo y le devuelva el dinero exento.