Desalojo: si no está en el contrato de alquiler o renta

El propietario puede incluirlo en un caso de desalojo (retención ilícita) en la corte incluso si su nombre no está en el contrato de alquiler o renta. En este caso, tiene algunas opciones sobre cómo responder.

 

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Si el propietario sabe su nombre

Si el propietario sabe su nombre, puede:

🔗 Todos los formularios de la corte a continuación se abren en una nueva pestaña.

Si su nombre está en los papeles de la corte, seguirá el mismo proceso que alguien nombrado en el contrato de alquiler.

Descripción general del proceso de desalojo para inquilinos

    Si el propietario no sabe su nombre

    Si su nombre no aparece en los documentos de desalojo de la corte, aún así es posible que pueda formar parte del caso.  El formulario que usted use depende de cuándo recibe usted los documentos.

    Es posible que reciba: 

    Si recibe estos formularios, significa que el propietario no sabe su  nombre, pero sabe que usted vive en la casa.

    Si usted no recibe un Reclamo previo al fallo pero otras personas que viven en la casa han recibido documentos de la corte relacionados con un desalojo, es posible que aún pueda participar en el caso, si así lo desea. Puede llenar y presentar un Reclamo previo al fallo por su cuenta. Esto le informe al juez que quiere participar en el caso de desalojo.

    Algunas cosas en las que pensar antes de presentar el Reclamo previo al fallo

    Solo puede presentar este formulario si:

    • vivía en la casa antes de que el propietario presentara el caso y
    • todavía vive en la casa

    Si presenta este formulario:

    • Usted será parte del caso
    • Si cree que hay una razón legal por la que no debería ser desalojado, tendrá que presentar un formulario de Respuesta dentro de los 5 días judiciales de haber presentado el Reclamo previo al fallo
    • Si pierde, el desalojo aparecerá en su historial de crédito

    Si no presenta este formulario:

    • Si se muda, el desalojo nunca aparecerá en su historial de crédito
    • Si no se muda, puede ser desalojado sin más notificaciones o sin una audiencia de la corte

    📅 Fecha límite para presentar el  Reclamo previo al fallo

    • Tiene 10 días a partir de la "Fecha de la entrega legal" del Reclamo previo al fallo para presentarlo ante la corte
    • Pague una cuota de presentación o solicite una exención de cuotas
    • Una vez que presente el Reclamo previo al fallo, tiene 5 días judiciales para presentar una Respuesta.
    Si nlo desalojan porque el propietario perdió su casa en una ejecución hipotecaria, no se aplica a usted el plazo de 10 días. Puede presentar un Reclamo previo al fallo en cualquier momento antes de que haya un Fallo en el caso. Hable con un abogado, ya que tiene otros derechos.

    Si el propietario ganó el caso de desalojo y el alguacil pone un formulario de Mandato de posesión (formulario EJ-130) en la puerta y su nombre no aparece en el documento, es posible que tenga derecho a defenderse contra el desalojo.

    Puede presentar un Reclamo de derecho de posesión y Aviso de audiencia (formulario CP10) siempre que:

    • Su nombre no aparezca en el Mandato de posesión 
    • Usted haya vivido en la casa donde ocurrió el desalojo antes de que se presentaran los formularios de Citación y Demanda (busque esa fecha en el frente del Mandato de posesión)
    • Todavía vive en la casa
    • No se le haya hecho la entrega legal de los formularios de la corte junto con un Reclamo de derecho de posesión previo al fallo (formulario CP10.5) adjunto a ellos

    Si está siendo desalojado porque el propietario perdió su casa en una ejecución hipotecaria:

    • Puede presentar un Reclamo de derecho de posesión incluso si ya recibió un Reclamo previo al fallo
    • Puede presentar un Reclamo de derecho de posesión en cualquier momento, incluso cuando el alguacil regrese a desalojarle

    Hable con un abogado sobre otros derechos que tiene.

    Algunas cosas en las que debe pensar antes de presentar un Reclamo de derecho de posesión

    Si presenta este formulario:

    • El juez puede permitirle unirse al caso
    • Puede presentar un formulario de Respuesta (formulario UD-105) y tendrá la oportunidad de defenderse contra el desalojo en la corte
    • Si pierde su caso en la corte, tendrá un desalojo en su historial de crédito

    Si no presenta este formulario:

    • Si se muda, el desalojo nunca aparecerá en su historial de crédito
    • Si no se muda, puede ser desalojado sin más notificaciones o sin una audiencia de la corte

    Pasos para presentar un Reclamo de derecho de posesión

    1. Llene el Reclamo de derecho de posesión y Aviso de audiencia (formulario CP10)
    2. Haga una copia
    3. Entregue el original al alguacil
    4. En un plazo de 2 días judiciales (sin incluir el fin de semana ni los días feriados de la corte), presente una copia ante la corte
    5.  Pague una cuota de presentación o solicite una exención de cuotas

    Tendrá una fecha de audiencia. En la fecha de audiencia, un juez decidirá si se puede unir al caso.

    ⚠️ Importante: Si pide unirse al caso de desalojo y pierde, el desalojo puede mantenerse en el registro de la corte por hasta 7 años. También puede dañar su historial de crédito. Si no pide unirse al caso, su nombre no aparecerá en los registros de desalojo, pero el alguacil le podrá desalojar.

     

     

    Puntos clave

    • Un propietario puede desalojarlo aunque usted no esté en el contrato de alquiler.

    • Es posible que pueda unirse al caso de la corte para disputar el desalojo.

    • Si no se une al caso y se sale (se muda), el desalojo no aparecerá en su historial de crédito.

    • Si se queda en la casa sin unirse al caso, el alguacil puede desalojarlo sin ningúna notificación.

    • Existen diferentes reglas si la casa se perdió en una ejecución hipotecaria.

    • Necesita actuar rápido: algunos plazos vencen en solo 2 o 5 días judiciales.

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