Haga la entrega legal de los papeles de desalojo por entrega sustituida

Si la persona a cargo de la entrega legal ha hecho varios intentos de entregar papeles legales a su inquilino, pero nunca está en casa o en el trabajo, usted puede usar la entrega sustituida.

¿Qué es la entrega sustituida?

La entrega legal sustituida significa que la persona a cargo de la entrega legal deja los papeles con un adulto que vive en la casa o está a cargo del lugar en donde trabaja su inquilino (como un administrador). Después, la persona a cargo de la entrega legal le envía por correo una copia de los documentos a su inquilino a la dirección en donde dejo los papeles.

Cómo hacer la entrega legal sustituida

  • La persona a cargo de la entrega legal debe intentar entregar los papeles varias veces

    La persona a cargo de la entrega legal debe intentar entregar personalmente los papeles a su inquilino varias veces. En general, debe intentarlo:

    • al menos 2 a 3 veces
    • en diferentes días de la semana y en diferentes momentos del día, en un horario en el que es probable que su inquilino esté en casa o en el trabajo

    La persona a cargo de la entrega legal deberá anotar cuándo y dónde intentó entregar los papeles. 

    Un juez puede permitir la entrega sustituida si usted puede demostrar que la persona a cargo de la entrega legal hizo varios intentos. 
     
  • La persona a cargo de la entrega legal da los papeles a otra persona en el último intento

    En el último intento, la persona a cargo de la entrega legal puede dejarle los papeles a alguien, de al menos 18 años, que parezca responsable y viva en la casa. O bien, la persona a cargo de la entrega legal podría dejarle los papeles a alguien, de al menos 18 años que parezca estar a cargo, en donde trabaja su inquilino.

    La persona a cargo de la entrega legal debe decirle a la persona a la que le está entregando los papeles que son documentos legales para su inquilino.

    La persona a cargo de la entrega legal también debe anotar el nombre de la persona a la que le entregó los papeles de la corte. Si la persona no da su nombre, la persona a cargo de la entrega legal debe escribir una descripción física detallada.

  • La persona a cargo de la entrega legal envía por correo una copia a su inquilino

    Después, la persona a cargo de la entrega legal debe enviar por correo una copia de los papeles a su inquilino a la dirección en donde se dejaron los papeles (ya sea en la casa o en el trabajo).

  • La persona a cargo de la entrega legal escribe y firma la Declaración de diligencia

    La persona a cargo de la entrega legal debe escribir una Declaración de diligencia. Esto detalla cada vez que intentó entregar los papeles. Debe incluir las fechas en las que fue a la casa o al trabajo, las horas del día y cuál fue el resultado. Por ejemplo, "Nadie abrió la puerta" o "No estaba en la oficina".

    La persona a cargo de la entrega legal debe firmar esta declaración bajo pena de perjurio. No existe un formulario para esto, pero la persona a cargo de la entrega legal puede usar una Declaración (formulario MC-030).

  • Llene y haga una copia del formulario de Prueba de entrega

    Llene una Prueba de entrega de la citación (formulario POS-010). La persona a cargo de la entrega legal debe completar la información sobre cuándo y dónde se entregaron los formularios. La persona a cargo de la entrega legal firma la Prueba de entrega y se la devuelve a usted, con la Declaración de diligencia

  • Haga una copia y presente la Prueba de entrega

    Haga una copia de la Prueba de entrega y la Declaración.

    Presente el original y la copia en la corte donde presentó la Petición. La corte sellará y devolverá la copia.

    Guarde la copia del formulario de Prueba de entrega para sus registros.

Una vez que haya entregado la Citación y la Demanda, habrá completado la primera parte de su caso. La corte considera que su inquilino fue “notificado” 10 días después de que la persona a cargo de la entrega legal envíe por correo la Citación y la Demanda y otros formularios. Después de eso, su inquilino tiene 10 días (sin incluir fines de semana ni días festivos de la corte) para presentar una respuesta. Si no lo hace, usted puede solicitar que se determine la falta de comparecencia el día siguiente.

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