Solicite un fallo por falta de comparecencia por la renta adeudada

Si su inquilino le debe una renta atrasada y no presenta un formulario de Respuesta ante la corte a tiempo, usted presentará un conjunto de formularios de fallo por falta de comparecencia ante la corte para pedirle al juez que ordene que su inquilino le pague la renta atrasada (un fallo monetario por falta de comparecencia). 

Para la deuda de renta por COVID-19, 

el juez solo puede ordenarle a su inquilino que pague la renta adeudada de la renta por COVID-19 si usted indicó la falta de pago como una razón para el desalojo en su Aviso y Demanda. Si no lo hizo, no puede cobrarla como parte de su caso de desalojo. A partir del 1.º de noviembre de 2021, puede demandarlo por el impago de la renta en una corte de reclamos menores o una corte civil. 
 

Cuándo solicitar un fallo monetario por falta de comparecencia

Puede solicitar un fallo económico por falta de comparecencia tan pronto como se acabe el tiempo del inquilino para presentar una Respuesta. Su inquilino tiene 5 días a partir de la fecha en que se le entregó la Citación y Demanda (sin incluir sábados, domingos o días feriados de la corte) para presentar una Respuesta. Si no lo hace, puede solicitar el fallo por falta de comparecencia al sexto día. 

Necesita el fallo monetario para tratar de cobrar la renta adeudada del cheque de pago de su inquilino, su cuenta bancaria o de otros lugares donde tenga dinero.

Si la persona a cargo de la entrega legal entregó los formularios a su inquilino (incluso si no los tomó y la persona a cargo de la entrega legal tuvo que dejar los formularios cerca de él), su inquilino tiene 5 días para presentar una Respuesta. El día 1 es el día después de la entrega de los formularios.

Su inquilino tiene más tiempo para presentar una Respuesta si la persona a cargo de la entrega legal:

  • Entregó los formularios a otra persona en la casa o el trabajo de su inquilino y luego le envió una copia por correo (esto se llama entrega sustituida)
  • Fijó una copia en la casa de su inquilino y después le envió una copia por correo (esto se llama entrega por fijación

Si la persona a cargo de la entrega legal usó la entrega sustituida o la entrega por fijación, su inquilino tiene 15 días después de que la persona a cargo de la entrega legal envió por correo la Citación y la Demanda para presentar una Respuesta

  • La fecha de envío es la fecha del matasellos. 
  • El día 1 es el día después de que la persona a cargo de la entrega legal envió por correo la Citación y la Demanda.
  • Durante los primeros 10 de los 15 días, cuente los días de calendario regulares (todos los días, incluidos los fines de semana y los días feriados). El décimo día es el día que se considera que a usted se le hizo la entrega legal.
  • Después cuente 5 días de la corte. Para estos 5 días de la corte, no cuente los sábados, domingos ni días feriados de la corte. En el quinto día vence el plazo para responder a la Demanda.

Si no presenta una Respuesta antes de la fecha límite, al día siguiente puede presentar unos formularios en los que le pida al juez que ordene a su inquilino que se salga.

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Su inquilino puede presentar una Respuesta en cualquier momento antes de que usted solicite que se registre la falta de comparecencia. Esto significa que cuanto más espere usted para solicitar que se determine la falta de comparecencia, más tiempo tendrá su inquilino para presentar una Respuesta. Una vez que hay una falta de comparecencia, su inquilino no puede presentar una Respuesta para defenderse contra el desalojo.

Use un formulario de fallo diferente para pedirle al juez que ordene a su inquilino que se salga

Si también desea que el juez ordene que su inquilino se salga, presente un fallo diferente, llamado Fallo de posesión por falta de comparecencia. Por lo general, el fallo de posesión se realiza primero y en formularios separados porque el secretario puede procesar estos formularios y de forma más rápida. Después, puede iniciar el proceso para hacer que el alguacil saque a sus inquilinos si no se mudan voluntariamente.

Cómo obtener un fallo por falta de comparecencia por el dinero que le debe un inquilino

  • Llene y haga copias de los formularios

    • Solicitud de fallo de la corte (formulario CIV-100)

      Este es el mismo formulario que se utiliza para solicitar el Fallo de posesión del secretario. Para solicitar la renta que se le debe, marque la casilla "Para la corte".

    • Declaración de fallo por falta de comparecencia de la corte (formulario UD-116) 

      Este es un formulario en el que se acredita el monto de dinero que le está pidiendo al inquilino que pague.

    • Mandato de ejecución (fallo monetario) (formulario EJ-130)

      Este es el formulario que la corte "emite" y que usted le entrega al alguacil. Este, y probablemente otros formularios adicionales, le dan permiso al alguacil para tomar el dinero que el inquilino le debe de su cheque de pago, cuenta bancaria u otros lugares. 

    Si está solicitando desalojar a su inquilino porque tiene una deuda de renta u otro costo bajo el contrato de alquiler, también tiene que completar y presentar una Verificación del propietario con respecto a la ayuda con la renta - Retención ilícita (formulario UD-120).

    Haga una copia de cada formulario.

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    Para la renta adeudada, solo puede solicitar lo que indicó en su Demanda.

     En el Fallo, se le pide que escriba el monto de la renta atrasada que se le debe. Solo puede escribir el monto total que indicó en la Demanda, incluso si su inquilino ahora debe más.

     

  • Presente los formularios

    Lleve los 4 formularios y las copias a la oficina del secretario de la corte. Por lo general, el secretario se quedará con los formularios y después se los enviará por correo una vez que el juez los firme.

    Hay una cuota por emitir el Mandato de ejecución. Si no puede pagar la cuota, puede solicitar una exención de cuotas. Es elegible para una exención de cuotas si:  

    • Recibe beneficios públicos  

    • Sus ingresos son inferiores a una cantidad determinada 

    • No puede pagar la cuota y cubrir sus necesidades básicas 

  • Iniciar el proceso de cobranza

    Una vez que haya recibido los formularios de la corte, lleve el formulario de Mandato de ejecución a la oficina del alguacil de su condado. Esto le permite al alguacil ir al banco o con el empleador de la otra parte y obtener dinero para enviárselo a usted.

    Antes de llevar el Mandato a la oficina del alguacil, llámelos o visite su sitio web para averiguar qué instrucciones necesitan de su parte para comenzar. Por ejemplo, si desea que cobren dinero de la cuenta bancaria de su inquilino, necesitará saber con qué banco tiene su cuenta y el número de esta. El alguacil también necesitará otra información.

    Obtenga más información sobre cómo cobrar un fallo

     

    Regrese a una descripción general del proceso de desalojo para propietarios

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