Órdenes de la corte estatal para estatus especial para jóvenes inmigrantes (SIJ)

Para solicitar el Estatus especial para jóvenes inmigrantes, la persona primero necesita una orden SIJ de una corte estatal. Esta página proporciona información paso a paso sobre cómo obtener una de estas órdenes en una corte de California.

 

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Hay mucha información que necesita saber. Hable con un abogado sobre cómo le afectará presentar una Petición de Estatus especial para jóvenes inmigrantes. 

 

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Cómo obtener una orden SIJ

Hay 3 pasos para obtener la orden SIJ que necesita de una corte estatal.

  1. Primero necesita un caso en la corte estatal
  2. Luego, le pide al juez que dicte la orden que necesita en ese caso
  3. Si el juez decide que usted califica, otorga la orden. Puede usar la orden para solicitar SJIS con USCIS.

Obtenga instrucciones paso a paso a continuación:

1. Inicie un nuevo caso o use un caso existente

Hay diferentes tipos de casos en los que una corte estatal (una corte superior) puede dictar la orden que necesita para solicitar el Estatus especial para jóvenes inmigrantes. Si tiene un caso en una corte estatal, puede pedirle a esta corte que tome las determinaciones (la orden SIJ) en ese caso. Pero si no tiene un caso, tendrá que encontrar la corte estatal adecuada y el tipo de caso adecuado para usted.

El caso que tiene puede ser un caso que presentaron sus padres que incluye órdenes de custodia o visitas sobre usted, o uno que otra persona inició, como una tutela de un menor, para quitarle la custodia a sus padres.

Un abogado o un centro de ayuda de la corte pueden ayudarle a determinar si ya existe un caso. Si no hay caso, un abogado puede ayudarle a decidir cuál es el mejor para su situación y cómo iniciarlo.

Las cortes estatales en California se llaman "cortes superiores". Hay una corte superior en cada condado. Las cortes funcionan de forma un poco diferente según el condado en el que se encuentre, pero la ley es la misma, la mayoría de los formularios son los mismos y, en general, los tipos de casos tienen los mismos nombres. Por lo general, irá a la corte superior del condado donde vive actualmente, pero podría ser en otro lugar. Un abogado puede ayudarle a determinar en qué condado debe estar y qué tipo de caso es el más adecuado para usted.

Seleccione un tipo de caso para obtener más información sobre para qué sirve y dónde obtener instrucciones para iniciar ese caso si aún no hay uno.

Estos son casos en los que la corte decide que un menor (usted) es dependiente de la corte. Si esto sucede, la corte puede colocar al menor en un hogar de crianza (con parientes o una familia de crianza), un hogar grupal o con un tutor en una tutela de dependencia de menores. En este tipo de casos, se le asignará un abogado gratis.

 

Obtenga más información sobre los casos de dependencia de menores

Estos son casos en los que un menor, en este caso usted, ha cometido un delito y la corte decide que el menor (usted) es un dependiente (pupilo) de la corte de menores. Si es así, es posible que le envíen a un centro de menores o lo coloquen en un hogar de crianza, un hogar grupal o alguna otra institución. En este tipo de casos, se le asignará un abogado gratis.

 

Obtenga más información sobre los casos de justicia de menores

Casos de divorcio o separación legal: son casos en los que sus padres presentan una demanda para divorciarse o separarse legalmente, y también para pedir órdenes de custodia sobre usted, otorgándole a uno o a ambos su custodia legal.

Casos de filiación (Petición para establecer la filiación (paternidad)): son casos en los que sus padres no están casados ni son pareja de hecho y aún no se ha establecido formalmente que son sus padres legales (llamado "establecimiento de la filiación"). Estos casos se utilizan para establecer a ambos padres como los padres legales de un niño y para solicitar la custodia y manutención de los niños.

Petición de custodia y manutención de hijos menores: son casos, por lo general, para padres casados o en pareja de hecho que no se han divorciado o para padres no casados en los que ya se ha establecido legalmente la relación de paternidad con los hijos. Uno de sus padres o ambos presentarían este tipo de caso para pedirle a la corte órdenes sobre la custodia y manutención de los hijos para usted.

Adopciones: en una adopción, una persona que no es su padre (puede ser un pariente, un amigo, un padrastro u otro adulto) le pide a la corte que le permita convertirse en su padre legal y tener su custodia. Es diferente de la tutela porque la adopción es permanente. Los derechos de sus padres terminarían y los padres adoptivos se convertirían en sus nuevos padres legales, con todos los derechos legales de custodia y también las responsabilidades de ser padres.

Órdenes de restricción de violencia en el hogarcuando hay violencia en el hogar de un padre hacia otro (o hacia usted, como hijo), uno de los padres puede pedirle a la corte una orden de restricción contra el otro por protección. En estos casos, cuando las personas que solicitan las órdenes tienen un hijo en común, también pueden solicitar órdenes de custodia de los hijos que indiquen con qué padre debe vivir y quién tomará las decisiones sobre su cuidado.

Las tutelas son cuando los padres de un hijo no están presentes o no pueden cuidar a un hijo, y otra persona (un pariente, un amigo u otro adulto) pide a la corte ser nombrado tutor de un menor. Esto significa que el tutor obtendría la custodia legal de usted, como hijo.

Las tutelas de un menor se pueden tratar en la corte testamentaria. Si tiene entre 18 y 20 años, usted aún puede usar el proceso de tutela testamentaria. Si los Servicios de Protección al Menor (CPS) están involucrados, las tutelas también se pueden dictar en la corte de dependencia de menores.

Puede haber muy buenas razones por las que puede ser mejor para usted que la tutela ocurra en la corte de dependencia de menores en vez de la testamentaria, o al revés. Si cree que este tipo de caso es bueno para usted, asegúrese de hablar con un abogado para averiguar qué tipo de tutela es mejor.

2. Pídale al juez que haga las determinaciones que necesita

Una vez que tenga el tipo correcto de caso y la corte haya tomado algunas decisiones, tendrá que pedirle a la corte que haga ciertas determinaciones que la ley federal exige.

Necesita que la corte estatal haga 3 determinaciones:

  1. Que usted es un dependiente de la corte o bajo la custodia legal de una persona o agencia
  2. Que no puede reunirse con uno de sus padres debido a abuso, abandono, negligencia o una razón similar según la ley de California
  3. Que no está en su mejor interés regresar a su país (o al país en el que usted o sus padres vivieron por última vez)

Obtenga más información sobre qué información incluir en las órdenes del Centro de Recursos Legales de Inmigración.

Seleccione el tipo de caso para obtener formularios para solicitar la orden:

Obtendrá un abogado designado para usted de forma gratuita que le ayudará a presentar los documentos y obtener la orden que necesita. Su abogado usará la Solicitud de determinaciones especiales para menores inmigrantes (formulario JV-356) (en español). 

Como parte de este caso, usted presenta una Solicitud confidencial de determinaciones especiales para menores inmigrantes—Derecho de familia (formulario FL-356) (en español).

En esta solicitud confidencial, tiene que pedirle al juez las decisiones que necesita y adjuntar otros documentos que proporcionen la información que el juez necesita para tomar dichas decisiones. Cualquier persona que reciba un aviso de su solicitud y quiera proporcionarle más información a la corte tendrá que usar la Respuesta a solicitud confidencial de determinaciones especiales para menor inmigrante (formulario FL-358) (en español).

Un abogado o el centro de ayuda de la corte pueden ayudarle con estos pasos.

Tendrá que presentar una solicitud en el caso de tutela que le pide a la corte que haga las determinaciones que necesita. Usted tiene que usar la Petición de determinaciones especiales para menores inmigrantes (formulario GC-220) (en español). Un abogado o el centro de ayuda de su corte puede ayudarle con este paso.

Las tutelas generalmente son para menores (de 18 años o menos), pero si tiene entre 18 y 20 años, puede solicitar que se establezca o extienda una tutela para usar ese caso para solicitar las determinaciones especiales para jóvenes inmigrantes que necesita. 

3. Obtenga la orden SIJ

Es probable que tenga una audiencia donde un juez decidirá si toma las determinaciones que necesita para su Petición de SIJ. Si el juez otorga sus solicitudes, su abogado o el juez prepararán una orden de la corte, llamada Determinaciones especiales para menores inmigrantes (formulario FL-357/GC-224/JV-357) (en español).

Necesitará esta orden para presentar su Petición de SIJ en los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). USCIS manejará el resto de su caso de SIJ. 

 Obtenga una descripción general del proceso de solicitud SIJS de USCIS

Una vez que tiene una orden para jóvenes inmigrantes especiales, úsela para solicitar el Estatus especial para jóvenes inmigrantes con los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU.

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