Guía para tutores para cambiar el nombre de un menor para que coincida con su identidad de género

Si usted es el tutor del menor y desea cambiar su nombre para que coincida con su identidad de género, tendrá que comenzar por presentar una petición de cambio de nombre y otros formularios. Si los padres del menor no está de acuerdo en cambiar el nombre de su hijo, tiene derecho a oponerse a su solicitud. Si uno o ambos de los padres del menor han fallecido o no se les puede encontrar, tendrá que avisar a los abuelos.

Si el juez aprueba su solicitud, recibirá una orden de la corte llamada "decreto" que cambiará el nombre del menor. El proceso judicial puede tardar hasta 3 meses, aunque en algunas cortes puede tardar más.

  • Llene los formularios de la corte

    Llene estos formularios

    • Petición de cambio de nombre (formulario NC-100)
    • Nombre e información sobre la persona cuyo nombre se solicita cambiar (formulario NC-110) (adjúntelo al NC-100)
    • Adjunto complementario a la Petición de cambio de nombre (Declaración de tutor de un menor) (formulario NC-110G) (adjúntelo al NC-100)
    • Orden de presentar motivos justificativosCambio de nombre para coincidir con identidad de género (formulario NC-125)
    • Decreto de cambio de nombre (Por un tutor) (formulario NC-130G) (llene las casillas en la parte superior)
    • Carátula de casos civiles (formulario CM-010)

    Importante: Si está cambiando el nombre de un menor y el menor está en el Programa de testigos del estado o en el Programa de domicilios confidenciales, vea la Hoja informativa para los actos procesales de cambio de nombre bajo el Programa de domicilios confidenciales (Seguro en casa) (formulario NC-400-INFO). Si no está seguro de qué hacer, hable con un abogado o con el Centro de ayuda de su corte.

    de su corte.

  • Verifique qué formularios locales necesita

    Algunas cortes también requieren que llene formularios locales para solicitar un cambio de nombre. Pregúntele al secretario de la corte local si hay formularios locales que tenga que llenar. Es posible que pueda encontrar formularios de la corte local en el sitio web de la corte superior.

  • Haga que se revisen los formularios

    Si el Centro de ayuda de su corte ayuda a las personas con casos de cambio de nombre, pídales que revisen su documentación. Pueden asegurarse de que la llenó correctamente antes de seguir adelante con su caso.

  • Haga copias de todos sus formularios

    La corte se quedará con el original. Una copia es para usted. Una copia se entregará a cada uno de los padres o abuelos del menor. 

  • Presente las copias ante el secretario de la corte

    Presente todos sus formularios con las copias en la corte del condado donde vive el menor. El secretario sellará sus formularios como "Presentados", se quedará con el original y le devolverá las copias. 

    Tendrá que pagar una cuota de presentación de $435-$450. Si no puede pagar la cuota, puede solicitar una exención de cuotas.

  • Haga la entrega legal a los padres o los abuelos del niño.

    Haga la entrega legal de una copia de la documentación a los padres del niño por lo menos 30 días dentro de la fecha en la que se emitió la Orden de presentar motivos justificativos (formulario NC-125). Si uno o ambos padres del niño fallecieron o no pueden ser localizados, tiene que hacer la entrega legal del aviso de la audiencia a los abuelos, si viven, dentro de ese mismo plazo.

    Necesita que alguien de 18 años o mayor, NO usted, haga la entrega legal a cada padre o abuelo de una copia de la Orden de presentar motivos justificativosCambio de nombre para coincidir con identidad de género presentada (formulario NC-125).

    La persona a cargo de la entrega legal tiene que llenar una Prueba de entrega de la Orden de presentar motivos justificativos (Cambio de nombre) (formulario NC-121) por cada padre o abuelo al que le haya hecho la entrega legal y entregárselas. Tiene que presentar estas pruebas de entrega en la corte lo antes posible.

    • Si los padres o abuelos viven en California, tiene que pedirle a alguien que haga la entrega legal en persona.
    • Si uno de los padres o un abuelo vive fuera de California, puede hacer la entrega legal al padre fuera del estado por correo certificado con acuse de recibo. Pero, recuerde, NO puede enviar los documentos por correo usted mismo.
  • Obtenga su decreto

    Si el juez aprueba su solicitud de cambio de nombre, el juez firmará el Decreto de cambio de nombre (Por un tutor) (formulario NC-130G). Una vez que obtenga su decreto firmado, obtenga una copia certificada del secretario de la corte. Necesitará esto para cambiar el acta de nacimiento del menor, la tarjeta de seguro social y otros documentos como un pasaporte. Obtenga más información sobre cómo actualizar los documentos de identidad.