Pida la renovación de la orden de restricción por violencia armada

Si un juez le concedió una orden de restricción a largo plazo (en el formulario GV-130), puede pedir que se la renueven (extiendan) antes de que venza.

Antes de comenzar

Tiene que solicitar la renovación de su orden de restricción por violencia armada antes de que venza

Revise la fecha de vencimiento en el formulario GV-130 después de la audiencia de la orden de restricción por violencia armada. Puede solicitar una renovación hasta 3 meses antes de la fecha de vencimiento. Solo la persona que se indica en el número 1 del formulario GV-130 puede solicitar la renovación.

Cómo pedir la renovación de la orden de restricción por violencia armada

  • Llene los formularios de la corte

    • Solicitud para renovar orden de restricción por violencia armada (formulario GV-700)
    • Aviso de audiencia para renovar Orden de restricción por violencia armada (formulario GV-710)

    Adjunte una copia de su actual orden de restricción por violencia armada después de audiencia (formulario GV-130) al formulario GV-700.

    Puede pedir a su Centro de ayuda que revise su documentación.Pueden asegurarse de que la llenó correctamente antes de seguir adelante con su caso.

  • Llene los formularios de su corte local (si los hay)

    Pregúntele al secretario de la corte local si hay formularios locales que tenga que llenar. Algunas cortes también tienen formularios en su sitio web. Encuentre el sitio web de su corte local.

  • Haga al menos 2 copias de todos sus formularios

    Una copia será para usted, otra copia será para la persona restringida. El original es para la corte.

  • Lleve sus formularios al secretario de la corte

    El secretario le dará sus formularios al juez para que los firme. Pregunte al secretario cuándo tiene que volver para recoger sus documentos. El secretario presentará sus documentos.

    • A veces el juez querrá hablar con usted. Si es así, el secretario se lo dirá.
    illustration of documents being placed in a "drop box"
    Algunas cortes tienen un buzón que puede usar usted. Si usa un buzón, incluya el original y dos copias para el secretario. Después de dejar sus documentos, tendrá que ir a la corte a recoger sus copias. Algunas cortes permiten la presentación en línea, también llamada presentación electrónica (e-filing, en inglés). Puede averiguar si su corte permite la presentación electrónica visitando el sitio web de su corte.
  • El secretario o el juez fijarán una fecha para la audiencia

    Tiene que ir a la audiencia. El formulario GV-710 le indicará cuándo y dónde será. Su orden de restricción se extenderá hasta esa fecha de audiencia.

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