Prepárese y vaya a la corte

En la audiencia, el juez decidirá si cambia o finaliza la orden de restricción.

Prepárese para su audiencia

Copias de los documentos de la corte. Lleve copias de todos sus documentos a la audiencia, incluida una copia de su Prueba de entrega

Apuntes de lo que piensa decir. Puede ser útil planificar y tomar apuntes sobre lo que quiere decirle al juez. Puede leer de sus apuntes en la corte si lo necesita. Lea los documentos de la corte de su caso y escriba cualquier otra cosa que quiera que sepa el juez.

Copias de cualquier prueba. Si tiene alguna prueba que apoye su solicitud, llévela a la corte. Por ejemplo, si tiene fotos, mensajes de texto o correos electrónicos, necesitará imprimirlos y hacer 3 copias de cada prueba. Una copia es para usted, una es para el juez y una es para la otra parte. 

Si tiene grabaciones (video o audio), comuníquese con su Centro de ayuda local antes de su audiencia. A veces, los jueces pueden solicitar una transcripción de una grabación. Una transcripción es una versión escrita de la grabación que muestra exactamente lo que se dijo.

Lleve a una persona de apoyo si usted es la persona protegida y quiere una. Si solicitó una orden de restricción, su persona de apoyo puede sentarse a su lado cuando presente su caso. Pero su persona de apoyo no puede hablar por usted.

Si necesita un intérprete, debe pedir uno lo antes posible. Obtenga más información sobre cómo pedir un intérprete. Si tiene una discapacidad y necesita una modificación o un intérprete de lenguaje de señas, puede pedir una modificación.

Si pidió cambiar la orden de custodia o de visita (horario de crianza) de los hijos, es posible que tenga que ir a mediación antes de su audiencia. Obtenga más información sobre qué esperar de la mediación si no ha ido antes.

Qué esperar en la corte

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Si tiene una audiencia remota (estará al teléfono o en una computadora), obtenga consejos sobre qué esperar en una audiencia remota.

Normalmente, el juez pide a la persona que hizo la solicitud que hable primero. No importa quién lo haga primero, ambos tendrán la oportunidad de hablar.

Cuando le toque hablar, significa que le toca contar al juez los hechos que apoyan su posición. Está bien que use notas. También puede presentar pruebas o testigos para respaldar los hechos de su caso.

El juez escuchará a ambas partes y luego decidirá si accede o no a la solicitud de cambiar o finalizar órdenes. 

El juez toma una decisión

Por lo general, el juez tomará una decisión ese día. Si el juez cree que necesita más información, es posible que le pida que regrese otro día. 

Se prepara una orden para que la firme el juez 

Una vez que el juez tome una decisión, necesitará firmar una orden de la corte.

  • En algunas cortes, el personal de la corte hará esto.
  • En otras cortes, uno de ustedes (o un abogado, si alguno de ustedes tiene uno) tendrá que preparar la orden. 

Si otra persona preparó la orden, revísela cuidadosamente para asegurarse de que incluye todo lo que el juez dictó. 

Si usted tiene que preparar la orden, tendrá que llenar un formulario de orden y dárselo al secretario para que lo firme el juez.

  • Si el juez cambió la orden de restricción, use la Orden de restricción después de audiencia (formulario DV-130) (en español). Marque la casilla "Enmendada" en la parte superior del formulario. A veces, la corte le dará un "acta de órdenes judiciales" que muestra lo que el juez concedió. Puede usar el acta de órdenes judiciales como ayuda para llenar el formulario DV-130. Dé el formulario llenado al secretario para que lo firme el juez. Una vez firmado, revise si está presentado con el sello del secretario en la primera página. Si no está sellado, vaya a la oficina del secretario para presentarlo. Pida dos copias, una para usted y otra para la otra parte.
  • Si el juez finalizó la orden de restricción, use el formulario Determinaciones y orden para dar por terminada una orden de restricción después de audiencia (formulario DV-400) (en español). Llene solo los puntos 1 y 2. Luego, dé el formulario al secretario para que lo firme el juez. Una vez firmado, revise si está presentado con el sello del secretario en la primera página. Si no está sellado, vaya a la oficina del secretario para presentarlo. Pida dos copias, una para usted y otra para la otra parte.

    El asistente de derecho de familia o el Centro de ayuda pueden ayudarle con estos formularios.

 

Quédese con una copia de la orden

Sea lo que sea lo que haya dictado el juez, asegúrese de tener una copia de la orden más reciente. Si no tiene una copia de la orden, puede pedírsela al secretario de la corte.

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