Cómo presentar los formularios ante la corte
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Lleve sus formularios al secretario de la corte
- Si viven en California, vayan a la corte superior del condado donde vive su hijo
Si hay diferentes sucursales, consulte el sitio web de su corte, hable con su centro de ayuda ↗️ (el enlace se abre en una nueva pestaña), o encuentre la corte más cercana ↗️ donde se presentan casos civiles.- Si viven fuera del estado, por lo general presentan su caso en el condado que emitió el acta de nacimiento de su hijo. Obtenga más información sobre dónde presentar su caso si vive fuera del estado.
- Entréguenle sus formularios al secretario de la corte
En el juzgado, entréguenle al secretario de la corte el original y las copias de sus formularios. El secretario sellará los formularios, se quedará con el original y les devolverá las copias. - El secretario les dará una fecha para ir a la corte
Cuando el secretario presente la Orden de presentar motivos justificativos — Cambio de nombre (formulario NC-120) ↗️, escribirá en ella una fecha para ir a la corte. En esa fecha, el juez tomará una decisión sobre su solicitud de cambio de nombre de su hijo.- Necesitará la Orden de presentar motivos justificativos para publicarla en el periódico antes de la fecha en la corte.
Sí, puede presentarlos por correo. Envíe por correo el original y 3 copias al secretario. Tiene que incluir la cuota de presentación (o solicitud de exención de cuotas) y un sobre con su dirección y estampilla para que el secretario le pueda enviar sus copias por correo. Asegúrese de incluir suficiente franqueo. Si no incluye un sobre con su dirección y estampilla, tendrá que ir al juzgado a recoger sus copias.
Algunas cortes permiten la presentación en línea (llamada presentación electrónica o e-filing, en inglés). Puede saber si su corte tiene presentación en línea en el sitio web de su corte ↗️.
- Si viven en California, vayan a la corte superior del condado donde vive su hijo
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Paguen la cuota de presentación
💵 Tendrán que pagar una cuota de $435-$450 al secretario cuando presente sus formularios.
Si ninguno de los padres no pueden pagar la cuota, pueden pedirle al secretario una exención de cuotas ↗️. Cada padre tiene que llenar la solicitud de exención de cuotas y calificar para la exención. Pueden calificar para una exención de cuotas si:
- reciben beneficios públicos;
- sus ingresos son menores a una cantidad establecida;
- no pueden pagar la cuota y cubrir sus necesidades básicas.
📌 La exención de cuotas cubre las cuotas de la corte, no la cuota para publicar en el periódico.
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Pregunten al secretario sobre los próximos pasos de su corte
Los próximos pasos pueden variar según la corte.
- En algunas cortes, tiene que ir a la fecha en la corte indicada en los documentos para obtener la decisión del juez.
- En otras, solo va a la fecha en la corte si alguien se opone. En estas cortes, si nadie se opone y siguió todos los pasos, puede recoger una orden de cambio de nombre firmada del secretario de la corte.
📌 Cuando presente sus formularios, pregúntele al secretario cómo maneja su corte este último paso.
Cambio de nombre del menor cuando todos los padres están de acuerdo
¿Cuáles son los siguientes pasos?
Una vez que usted haya presentado sus formularios, el siguiente paso es publicar su solicitud.
