Qué hacer cuando le pagan

Cuando haya recibido el pago total, tiene que completar y presentar un formulario de Reconocimiento de pago del fallo. Esto es como un recibo de pago. La persona que le debía dinero puede usarlo para eliminar todo lo que tenga en su registro que muestre que le debe dinero.

Puede recibir una multa si no presenta el Reconocimiento tan pronto como le paguen. 

Si no presenta un Reconocimiento dentro de los 14 días posteriores de haber recibido el pago, puede recibir una multa y la otra parte podría demandarlo.
 

Cómo informarle a la corte que le pagaron

  • Llene el formulario

    Normalmente, puede usar el

    Este le informa a la corte que se pagó el dinero en su totalidad.

    Este formulario le informa a la corte que se pagó el dinero e indica dónde registró un Extracto de fallo. Tiene que firmarse ante notario.
    Llene, pero no firme el Reconocimiento.
    Haga una copia por cada Extracto que registró. Lleve el Reconocimiento a un notario.
    Tiene que firmar el Reconocimiento ante un notario

    a person getting documents reviewed by a notary
  • Haga copias

    Haga dos copias del formulario.

  • Presente los formularios

    Presente el original completo y firmado y las copias del formulario ante el secretario de la corte. El secretario los sellará y le devolverá las copias. Una es para usted. Una segunda copia es para que la envíe a la otra parte.  

  • Envíe por correo o haga la entrega legal de una copia a la otra parte

    Envíe por correo a la otra parte una copia del Reconocimiento de pago del fallo

    Si tiene que usar el Formulario EJ-100 en su lugar, 

    tiene que hacer la entrega legal. No puede hacer esto usted mismo.
     
     

     

    Pídale a alguien de 18 años o más, que no sea usted ni otra persona involucrada en su caso, que envíe por correo o entregue en persona el Reconocimiento de pago del fallo (formulario EJ-100) a la persona que le debe dinero. La persona a cargo de la entrega legal tiene que llenar un formulario de prueba de entrega, ya sea una Prueba de entrega en persona (formulario POS-020) o una Prueba de entrega por correo de primera clase (formulario POS-030). 
    Presente la Prueba de entrega ante la corte.

  • Elimine los derechos de retención (si los hay)

    Si ha puesto derechos de retención sobre la propiedad de la otra parte, usted o la otra parte tienen que eliminarlos.  Para eliminar un derecho de retención, presente una copia certificada del Reconocimiento de pago del fallo (formulario EJ-100) en la oficina del registrador de cada condado donde puso el derecho de retención sobre la propiedad.

Ya ha terminado. Su caso está finalizado.

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