Cobre el dinero que ganó
Si el juez ordenó que la otra parte le pague, la otra parte tiene 30 días para disputar la decisión del juez. Si no lo hace, tiene que pagarle de inmediato.
Si no le paga de inmediato, tiene que enviarle información sobre lo que posee, dónde trabaja y dónde realiza operaciones bancarias. Usted puede utilizar esta información para tratar de cobrar el dinero. La corte no cobra el dinero por usted.
Pasos a seguir después concluir el caso
Espere 30 días para cobrar su dinero
Tiene que esperar al menos 30 días después de que le entreguen o le envíen por correo el Aviso de publicación de fallo para cobrar su dinero (si la otra parte no le paga por su cuenta).
La espera de 30 días es para que la otra parte pueda apelar (solicitar un nuevo juicio) o solicitar a la corte que cancele (anule) la decisión del juez si no se presentó a la fecha de audiencia. Si no hace ninguna de esas cosas, usted puede iniciar el proceso de cobranza.
Si la otra parte le paga, tiene que informárselo a la corte
Si la otra parte le paga, tiene que llenar y presentar un Reconocimiento de pago de fallo (formulario SC-290) ante la corte.
Si la otra parte no paga
Si la otra parte no le paga, tendrá que cobrar el dinero.
Si la otra parte no apela, solicita una cancelación o no le paga dentro de los 30 días posteriores, tiene que enviarle una:
- Declaración de bienes del deudor del fallo (Reclamos menores) (formulario SC-133)
Este formulario le informa lo que la otra parte posee, dónde trabaja y dónde realiza sus operaciones bancarias, para que sepa dónde cobrar su dinero.
Si la otra parte no le paga, la corte no cobrará por usted
Hay cosas que puede hacer para intentar cobrar el dinero. Es usted quien realizará los pasos para cobrar el dinero.
Cobrar el dinero puede llevar mucho tiempo y dinero y es posible que ni siquiera cobre nada. Lo mejor es intentar que la otra parte le pague voluntariamente, incluso si eso significa ofrecerle un "trato" para que le pague rápidamente o en un pago único.
La siguiente sección ofrece información sobre los pasos básicos que puede seguir, pero es posible que desee contratar a un abogado para que lo ayude con esto.
La otra parte podría solicitar un plan de pago
No es la ley, pero si la otra parte no puede pagarle de inmediato, es posible que desee aceptar un plan de pago. Si está de acuerdo, ponga el acuerdo por escrito y ambos firmen el acuerdo.
Si no está de acuerdo, la otra parte puede solicitarle a un juez que ordene un plan de pago.
- Si es así, recibirá la solicitud por correo y tendrá 10 días para decir si está de acuerdo o no
- Puede informarle a la corte lo que piensa presentando una Respuesta a la Solicitud de realizar pagos (formulario SC-221)
- Entonces, un juez decidirá
Cobro de reclamos menores
¿Cuáles son los siguientes pasos?
Si la otra parte no le paga de inmediato, tendrá que intentar cobrar el dinero.