Responda a una orden de restricción por violencia armada
"Responder" significa hacerle saber al juez y a la otra parte si está de acuerdo o no con la solicitud de una orden de restricción y por qué. Si desea responder por escrito, puede llenar un formulario y entregárselo a la corte. Responder por escrito es opcional y no existe ninguna pena o sanción si no lo hace.
Antes de comenzar
Todo lo que ponga en sus documentos podría ser usado en su contra en un caso penal. Hable con un abogado si tiene alguna inquietud.
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Obtenga ayuda legal de la corte gratis y en persona. Obtenga más información sobre el Centro de ayuda de su corte local.
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Contrate un abogado para que le ayude con todo o parte de su caso. Es posible seguir adelante con este proceso sin un abogado. Pero tener una orden de restricción en su contra puede tener muchas consecuencias y es posible que desee contratar a un abogado.
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Vea ¿Cómo puedo responder a una petición de orden de restricción por violencia armada? (formulario GV-120-INFO) para obtener más información sobre la protección de sus derechos.
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Si quiere aceptar una orden de restricción en su contra sin tener una audiencia, puede presentar un formulario de consentimiento (aceptación) de una orden de restricción.
Cómo responder a una solicitud de una orden de restricción
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Llene el formulario de Respuesta (GV-120)
- Llene el formulario llamado Respuesta a petición de orden de restricción por violencia armada (formulario GV-120)
- Adjunte una copia de cualquier prueba que tenga (fotos, mensajes de texto). Si necesita más tiempo para reunir pruebas, puede hacérselo saber al juez en su audiencia.
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Haga copias de su formulario GV-120 llenado
Después de haber llenado y firmado la Respuesta, formulario GV-120, haga dos copias. Necesitará las dos copias, más el original, cuando lo presente en la corte.
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Presente su formulario
Lleve su formulario GV-120 y las copias a la corte indicada en los documentos que le entregaron legalmente.
En la corte, presentará los formularios entregando el original y dos copias al secretario. El secretario se quedará con el original, sellará las copias y se las devolverá. Una copia es para sus registros. La otra copia es para la otra parte.
No hay que pagar ninguna cuota por presentar una respuesta.
Algunas cortes permiten la presentación en línea, también llamada presentación electrónica (e-filing, en inglés). Puede averiguar si su corte permite la presentación en línea visitando el sitio web de su corte.
Algunas cortes disponen de un buzón que puede usar. Si usa un buzón, incluya el original y dos copias para el secretario. Después de dejar sus documentos, tendrá que ir a la corte a recoger sus copias. Si faltan solo unos días para su audiencia en la corte, no use un buzón. Lleve sus documentos al secretario de la corte para presentarlos.
¿Qué sigue?
Una vez que haya llenado y presentado sus formularios, tendrá que enviar una copia por correo a la otra parte. A esto se le llama entrega legal y necesitará encontrar a otro adulto para que lo haga por usted.