Responda a una orden de restricción por acoso civil

"Responder" significa hacerle saber al juez y a la otra parte si está de acuerdo o no con la solicitud de orden de restricción y por qué. Si desea responder por escrito, puede llenar un formulario y entregárselo a la corte. Responder por escrito es opcional y no existe ninguna pena si no lo hace. 

Si fue arrestado recientemente, está bajo condena condicional o tiene un caso penal abierto, tiene que hablar con su abogado penal antes de poner algo por escrito. Si no tiene un abogado, puede ir a un Centro de ayuda para obtener más información sobre sus opciones.
 

Antes de comenzar

Este sitio web tiene información para guiarlo a través del proceso básico. Sin embargo, es posible que necesite más ayuda o asesoría legal. 

Todo lo que ponga en sus documentos podría usarse en su contra en un caso penal. Hable con un abogado si tiene alguna inquietud.

  • Obtenga ayuda legal de la corte sin costo y en persona. Obtenga más información sobre el Centro de ayuda de su corte local.  

  • Contrate un abogado para que le ayude con todo o parte de su caso. Es posible seguir adelante con este proceso sin un abogado. Pero tener una orden de restricción en su contra puede tener muchas consecuencias y es posible que desee contratar un abogado. 

Cómo responder a una solicitud de una orden de restricción

  • Llene el formulario de respuesta (CH-120)

    • Llene el formulario, llamado Respuesta a solicitud de órdenes de restricción por acoso civil (formulario CH-120) (en español)
    • Adjunte una copia de cualquier prueba que tenga (fotos, mensajes de texto). Si necesita más tiempo para reunir las pruebas, puede informarle al juez en su audiencia.
  • Haga copias de sus formularios

    Después de haber llenado y firmado la Respuesta, formulario CH-120, haga dos copias. Necesitará las dos copias, más el original, cuando la presente en la corte.

  • Presente sus formularios

    Lleve sus formularios y copias a la corte indicada en los documentos que le entregaron legalmente.

    En la corte, presentará los formularios entregando el original y sus copias al secretario. El secretario se quedará con el original, sellará las copias y se las devolverá. Una copia es para sus registros. La otra copia es para la otra parte.

    No tendrá que pagar ninguna cuota para presentar su respuesta (formulario CH-120) si:

    1. La otra persona marcó el punto 13a en su CH-100. 

    2. No puede pagar las cuotas.Puede solicitar al secretario una exención de cuotas. Usted califica para una exención de cuotas si recibe beneficios públicos, sus ingresos son inferiores a la cantidad fijada o no puede pagar la cuota y satisfacer sus necesidades básicas. Tendrá que llenar dos formularios adicionales:

     Si no califica para una exención de cuotas por cualquiera de estos motivos, tendrá que pagar una cuota de entre $435 y $450 al secretario cuando presente sus formularios si decide presentar una respuesta. 

    illustration of documents being placed in a "drop box"

    Algunas cortes disponen de un buzón que puede usar. Si usa un buzón, incluya el original y 2 copias para el secretario. Después de dejar sus documentos, tendrá que ir a la corte a recoger sus copias. Si faltan solo unos días para su audiencia en la corte, no use un buzón. Lleve sus documentos al secretario de la corte para presentarlos.  Algunas cortes permiten la presentación en línea, llamada "e-filing" en inglés. Puede averiguar si su corte permite una presentación en línea visitando el sitio web de su corte. 

¿Cuáles son los siguientes pasos?

Una vez que haya completado y presentado sus formularios, tendrá que hacer que se envie una copia por correo a la otra parte. A esto se le llama entrega legal y necesitará encontrar a otro adulto para que lo haga por usted. 

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