¿Qué significan estos documentos?
Petición y citación (FL-260 y FL-210)
Si recibió estos formularios, el otro padre de su hijo le está pidiendo a un juez que dicte órdenes sobre el cuidado y la manutención de su hijo.
Esta página le ayudará a comprender qué significa el formulario y sus opciones sobre qué hacer a continuación.
Quién pregunta
La persona que presentó el caso es el Demandante. Este suele ser el otro padre del niño. Usted aparecerá como el Demandado.
Lo que la otra persona quiere que la corte decida
En la Petición, el demandado habrá marcado casillas para decir lo que quiere que la corte decida.
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Custodia de los hijos y régimen de visitas (horario de crianza)
El punto 4 y cualquier adjunto indican qué órdenes de custodia y visitas (horario de crianza) quiere que dicte la corte
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Manutención de los hijos
El punto 6 explica que la corte puede dictar órdenes de manutención de los hijos en cualquier momento.
El demandante también puede pedirle que pague los honorarios de su abogado. Usted puede responder e indicar cómo quiere que se decidan los asuntos. Si no responde, pueden pedirle a la corte que decida sin que se considere lo que usted tenga que decir.
Cómo responder y qué sucede si no lo hace
La Citación (FL-210) explica lo que puede hacer.
Puede responder presentando una Respuesta (formulario FL-270) (en español) en la corte.
Si no presenta una Respuesta dentro de los 30 días posteriores a la recepción de estos documentos, el Demandante puede pedirle a la corte que decida el caso sin su participación. A esto se le llama falta de comparecencia.
La corte podrá dictar órdenes sobre custodia de los hijos, visitas (horario de crianza) y manutención sin su participación.
Si está de acuerdo con lo que ha pedido el demandante, puede optar por no responder y el caso continuará sin usted.
En ciertas situaciones, en lugar de una respuesta, es posible que desee presentar otros documentos para informarle a la corte que no desea participar porque el demandante cometió un error en su caso. Algunos ejemplos incluyen:
- Ya hay otro caso abierto
- El caso se presentó en el lugar equivocado (por ejemplo, el niño no vive en el condado donde se presentó el caso)
- No se le hizo la entrega legal correctamente
- El demandante no tiene derecho (legitimación) para presentar
Es muy importante que comprenda las consecuencias de responder o no responder a un caso. Hable con su Centro de ayuda local o con un abogado para obtener más información.
Cosas que no puede hacer ahora
Una vez que le hagan la entrega legal de la Citación y la Demanda, hay cosas que no puede hacer sin un acuerdo por escrito del Demandante o una orden de la corte. Se denominan Órdenes de restricción estándar de derecho de familia.
Por ejemplo, no puede:
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Sacar al niño del estado
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Obtener un nuevo pasaporte para el niño
Lea la página 2 de la Citación para obtener una lista completa. Estas mismas reglas se aplican al Demandante.
Cuál es el paso siguiente
Decida si responderá dentro de los 30 días
Si responde, esto significa que participará en el caso de la corte y dará su opinión sobre las decisiones de la corte. Es posible que usted y la otra persona aún estén de acuerdo y no tengan que ir a la corte. Si no está de acuerdo, puede utilizar un proceso de la corte para que la corte decida.
Presente su Respuesta dentro de los 30 días posteriores a la recepción de la Petición. Después de 30 días, la otra persona puede solicitar una falta de comparecencia y la corte puede decidir el caso sin usted.
Puede optar por no responder porque usted y la otra persona ya tienen un acuerdo por escrito. A esto se le llama falta de comparecencia con acuerdo. La corte decidirá el caso basándose en la información que proporcione la otra persona.
Considere obtener ayuda
Este sitio web tiene información para guiarlo a través del proceso básico. Sin embargo, es posible que necesite más ayuda o asesoría legal.
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Obtenga ayuda gratuita de la corte. La corte donde se presentó el caso tiene un programa donde ofrecen información legal gratuita sobre el divorcio. Obtenga más información sobre el asistente de derecho de familia o el Centro de ayuda de la corte.
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Contrate un abogado para que le ayude con todo o parte de su caso. Es posible realizar este proceso sin un abogado. Pero si quiere, puede contratar un abogado.
¿Cuáles son los siguientes pasos?
Explore sus opciones
Seleccione las opciones a continuación para obtener más información sobre lo que sucede a continuación en cada situación. También puede obtener instrucciones paso a paso y los formularios que necesita para responder al caso de la corte.
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Responder a la petición y citación
Obtenga instrucciones paso a paso sobre cómo responder a una petición de custodia y manutención de los hijos
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No responda porque usted ya tiene un acuerdo
Obtenga más información sobre la falta de comparecencia con un acuerdo. La corte decidirá con base en la información de la otra persona, incluido su acuerdo.
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No haga nada
Obtenga más información sobre una falta de comparecencia . Esto significa que la otra persona puede seguir adelante con su caso sin su participación.