¿Qué significan estos documentos?

Solicitud de orden (formulario FL-300)

Si recibe una Solicitud de orden (formulario FL-300), significa que la otra parte en su caso de derecho familiar le está pidiendo al juez que tome una decisión. La corte fijó una fecha para escuchar a ambas partes (una audiencia) antes de tomar una decisión.

Highlight of the form FL-300 showing where to find the date and time of your hearing
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Fecha y hora de la audiencia

La fecha, la hora y la ubicación están en la primera página. 

¿Qué pasa si necesito más tiempo o no puedo asistir a la audiencia?
Highlight of the form FL-300 showing where to find what the other party is asking the court to decide
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Qué le pide la otra parte al juez que decida

Lo que la otra parte le pide al juez que decida está marcado en la primera página. Los detalles de qué quiere la otra parte y por qué, se encuentran en las páginas 2 a 4 y cualquier adjunto.

Si se marca "Cambiar", significa que ya existe una orden sobre este asunto y la otra parte quiere que se modifique. 

Si se marca “Órdenes de emergencia temporales”, significa que la otra parte le pidió al juez que decidiera algo urgente antes de la audiencia. Si el juez estuvo de acuerdo, se marcará la sección 7 al final de la página 1 y se adjuntarán las órdenes o estarán en un formulario separado, Órdenes de emergencia temporales (formulario FL-305). 

Highlight of the form FL-300 showing where to find orders you must follow until the hearing.
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Órdenes dictadas antes de la audiencia

Aquí se enumerarán todas las órdenes que dicte la corte antes de la audiencia. Esta podría ser una orden temporal que solicitó la otra parte (ver arriba) o una orden que el juez emitió sobre lo que una o ambas partes deben hacer antes de la audiencia.

Por ejemplo, si la audiencia es sobre la custodia de los hijos y las visitas, la corte puede ordenarle que asista a la mediación antes de la audiencia.

Debe seguir las órdenes descritas en esta sección.

 

Sus opciones

Llegue a un acuerdo con la otra parte

Si la otra parte colabora con usted (y no hay una orden de restricción involucrada), es posible que puedan llegar a un acuerdo por su cuenta sin tener que ir a la corte. 

Responda a la Solicitud y asista a la audiencia

  • Si no está de acuerdo con lo que la otra parte solicita o indica, puede responder a su solicitud.
  • Si está de acuerdo con todo o incluso con parte de la solicitud, y desea informar al juez, también puede presentar su respuesta e indicar eso.

Para ello, llene, presente y haga la entrega legal de un formulario de la corte que le indica a la corte si está de acuerdo o en desacuerdo y por qué. Después, debe asistir a la audiencia y decirle al juez su versión de los hechos. 

Generalmente no hay ningún costo por responder, pero si esta es la primera vez que presenta documentos en el caso, es posible que deba pagar una cuota. Si no puede pagar la cuota, puede solicitar una exención de cuotas

Si decide responder, debe hacerlo antes de una fecha límite. 

Debe presentar y hacer la entrega legal de su respuesta al menos 9 días hábiles de la corte antes de la fecha de audiencia. Un día hábil de la corte es un día en que la corte está abierta (de lunes a viernes, excepto los días feriados de la corte). (Puede acceder a las instrucciones paso a paso para responder a continuación).
 

Elija no responder

No tiene que responder a esta solicitud, pero si no responde, el juez decidirá sin que participe usted.

Considere obtener ayuda

Este sitio web tiene información para guiarlo a través del proceso básico. Sin embargo, es posible que necesite más ayuda o asesoría legal.  

La corte tiene un programa donde ofrece información legal gratuita sobre su caso. Obtenga más información sobre el Asistente de derecho familiar o el Centro de ayuda de la corte.  

Responda a una Solicitud de orden

¿Cuáles son los siguientes pasos?

Una vez que decida si va a responder a la solicitud y cómo, vaya a las instrucciones paso a paso para obtener ayuda para completar la tarea.

 

Tenga en cuenta que es posible que deba actuar con rapidez. Si va a responder, debe completar y hacer la entrega legal de su respuesta a la otra parte al menos 9 días hábiles de la corte antes de la audiencia.