Antes de comenzar
Asegúrese de que se permita la entrega legal por correo
A algunas personas, como los padres del menor, se les tiene que entregar una copia en persona. Otros miembros de la familia o agencias gubernamentales pueden recibir una copia por correo. La persona a cargo de la entrega legal les puede enviar copias por correo a las siguientes personas:
- Los abuelos de ambos lados del menor
- Los hermanos del menor que tengan al menos 12 años (incluidos los medios hermanos)
- Los padres o tutores de cualquier hermano menor de 12 años (u otro adulto con el que viva el hermano tenga la custodia)
- Cualquier persona que cuide del menor (si esta persona no tiene la custodia legal del menor)
Si la persona que quiere ser el tutor del menor no está emparentada con este, la persona a cargo de la entrega legal también tiene que enviar por correo una copia al director de Servicios Sociales del Departamento de Servicios Sociales, 744 P Street, Sacramento, CA 95814.
Cómo hacer la entrega legal por correo
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Elija a la persona a cargo de la entrega legal
No puede hacer la entrega legal de los documentos por sí mismo. Pídale a otro adulto —la persona a cargo de la entrega legal— que envíe los documentos por correo.
La persona a cargo de la entrega legal tiene que tener al menos 18 años y puede ser:
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Alguien que usted conoce
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El alguacil del condado (en la mayoría de los condados, no en todos)
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Un profesional de entrega legal que usted contrate
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Calcule la fecha límite para hacer la entrega legal
A menos que la corte dicte una fecha diferente para hacer la entrega legal, la persona a cargo de la entrega legal debe enviar por correo los documentos al menos 15 días antes de la fecha de su audiencia.
Saque un calendario y busque la fecha de audiencia (esta aparece en la primera página de su Aviso).
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Cuente 15 días calendario hacia atrás, incluyendo fines de semana y días feriados. Su fecha de audiencia no se cuenta (por lo que es el día "0").
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Cuando llegue al día 15, revise qué día es:
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Si no es un día feriado de la corte o fin de semana, esa es su fecha límite.
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Si es sábado, domingo o día feriado de la corte, siga contando hacia atrás hasta llegar a un día en que la corte estaría abierta. Esa es su fecha límite.
La persona a cargo de la entrega legal tiene que enviar los documentos por correo a más tardar en esta fecha.
En otro condado: envíe los documentos por correo al menos 20 días antes de su fecha de audiencia.
Fuera del estado: envíe los documentos por correo al menos 25 días antes de su fecha de audiencia.
Fuera de los Estados Unidos: envíe los documentos por correo al menos 35 días antes de su fecha de audiencia.
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Pida a la persona a cargo de la entrega legal que envíe los documentos por correo
La persona a cargo de la entrega legal envía estos documentos por correo a la persona o agencia a la que tiene que avisar:
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Una copia de su Petición para el nombramiento de tutor de un menor (formulario GC-210 o 210(P)) y de todos los adjuntos
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Una copia de su Aviso de audiencia
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Una copia de la Comparación entre tutores y otros cuidadores que no son padres (formulario GC-207-INFO/JV-352-INFO S) (en español)
Dígale a la persona a cargo de la entrega legal que anote la fecha en la que envió los documentos por correo. La persona a cargo de la entrega legal necesita esta fecha para llenar el formulario de Prueba de entrega.
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Pida a la persona a cargo de la entrega legal que llene el formulario de Prueba de entrega
La Prueba de entrega por correo se encuentra en la página 2 del Aviso de audiencia.
Es útil si escribe los nombres y las direcciones de las personas o agencias a las que se les hará la entrega legal por correo.
La persona a cargo de la entrega legal puede llenar la información sobre cómo, cuándo y dónde envió los documentos.
La persona a cargo de la entrega legal tiene que firmar y fechar el formulario y devolvérselo.
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Copie y presente el formulario de Prueba de entrega
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Haga una copia de su Aviso de audiencia con la parte de la Prueba de entrega llenada (ambas páginas).
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Presente el Aviso de audiencia junto con el original de la Prueba de entrega y la copia en la corte donde presentó los documentos. El juez los sellará y le devolverá la copia.
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Quédese con una copia para sus registros.
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Tutela
¿Qué sigue?
Antes de la fecha de audiencia, alguien designado por la corte (un investigador) se comunicará con usted.