Cómo presentar documentos en la corte
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Lleve sus documentos de la corte al secretario de la corte
No todas las cortes aceptan documentos de órdenes de restricción por acoso civil. Encuentre la corte de su condado que acepta (presenta) documentos de órdenes de restricción visitando Encontrar mi corte y consultando el sitio web de la corte. También puede comunicarse con su Centro de ayuda más cercano para obtener orientación sobre dónde presentar.
En la corte, presentará los formularios entregando el original y sus copias al secretario. Sus formularios serán revisados por un juez. El secretario le informará cuándo regresar para recoger sus documentos de la corte.
Algunas cortes disponen de un buzón que puede usar. El buzón puede estar ubicado dentro o fuera de la corte. Si deja sus documentos de la corte en un buzón, asegúrese de incluir el original más dos copias, y use un sobre o una banda elástica para mantener todos sus documentos juntos. Si usa un buzón, aún tendrá que regresar a la corte para recoger sus documentos de la corte. Es posible que usar un buzón no sea la forma más rápida de hacer que un juez revise sus documentos. Si necesita protección de inmediato, lleve sus formularios al secretario de la corte.
Algunas cortes permiten la presentación en línea (llamada "e-filing" en inglés). Puede averiguar si su corte permite una presentación en línea visitando el sitio web de su corte. -
Si se requiere, pague la cuota de presentación
Si no alega violencia, acoso o amenazas de violencia, o si no solicitó una exención de cuotas, tendrá que pagarle entre $435 y $450 al secretario cuando presente sus formularios.
Vuelva al primer paso para obtener más información sobre cómo solicitar no tener que pagar las cuotas de presentación.
Si solicitó una exención de cuotas porque no tiene dinero para pagar (esto significa que llenó el formulario FW-001), puede pagar o pedirle al juez que considere más información. Obtenga más información sobre sus opciones. -
Averigüe cuándo estarán listos sus documentos para recogerlos
Si solicitó una orden de restricción temporal, el juez puede revisar su solicitud ese mismo día. De lo contrario, tendrá que volver a la corte al día siguiente. Pregúntele al secretario cuándo tiene que regresar para recoger sus documentos de la corte.
Recoja sus documentos de la corte en la oficina del secretario
¿Cuáles son los siguientes pasos?
Una vez que haya presentado su solicitud de orden de restricción, el siguiente paso es recoger sus documentos de la corte en la oficina del secretario después de que un juez los haya revisado.