Prepárese para su audiencia
Copias de los documentos de la corte. Lleve copias de todos sus documentos a la audiencia, incluida una copia de su Prueba de entrega.
Apuntes de lo que piensa decir. Puede ser útil planificar y tomar apuntes sobre lo que quiere decirle al juez. Puede leer de sus apuntes en la corte si lo necesita. Lea los documentos de la corte de su caso y escriba cualquier otra cosa que quiera que sepa el juez.
Copias de cualquier prueba. Por ejemplo, si tiene fotos, mensajes de texto o correos electrónicos, necesitará imprimirlos y hacer 3 copias de cada prueba. Una copia es para usted, una es para el juez y una es para la otra parte.
Si tiene grabaciones (video o audio), comuníquese con su Centro de ayuda local antes de su audiencia. A veces, los jueces pueden solicitar una transcripción de una grabación. Una transcripción es una versión escrita de la grabación que muestra exactamente lo que se dijo.
Lleve a una persona de apoyo si usted es la persona protegida y quiere una. Si solicitó una orden de restricción, su persona de apoyo puede sentarse a su lado cuando presente su caso. Pero su persona de apoyo no puede hablar por usted.
Si tiene una discapacidad y necesita una modificación o un intérprete de lenguaje de señas, puede pedir una modificación.
Si pidió cambiar la orden de custodia o de visita (horario de crianza) de los hijos, es posible que tenga que ir a mediación antes de su audiencia. Obtenga más información sobre qué esperar de la mediación si no ha ido antes.
Qué esperar en la corte
Si tiene una audiencia remota (estará al teléfono o en una computadora), obtenga consejos sobre qué esperar en una audiencia remota.
Normalmente, el juez pide a la persona que hizo la solicitud que hable primero. No importa quién lo haga primero, ambos tendrán la oportunidad de hablar.
Cuando le toque hablar, significa que le toca contar al juez los hechos que apoyan su posición. Está bien que use notas. También puede presentar pruebas o testigos para respaldar los hechos de su caso. El juez escuchará a ambas partes y luego decidirá si accede o no a la solicitud de cambiar o finalizar órdenes.
El juez toma una decisión
Por lo general, el juez tomará una decisión ese día. Si el juez cree que necesita más información, es posible que le pida que regrese otro día.
Si el juez cambia la orden de restricción: habrá una nueva Orden de restricción después de audiencia (formulario DV-130) (en español), que mostrará los cambios en las órdenes. Mantenga esta orden con usted en todo momento. Es su nueva orden de restricción.
Si el juez finaliza la orden de restricción: usted recibirá el formulario Determinaciones y orden para dar por terminada una orden de restricción después de audiencia (formulario DV-400) (en español) que mostrará que se puso finalizó la orden de restricción.
Una vez que tenga su formulario DV-130 enmendado o su formulario DV-400 presentado: la corte enviará el DV-130 enmendado o el DV-400 presentado, y la prueba de la entrega a las fuerzas del orden. De esa manera, la policía de todo el país sabrá que la orden se cambió o finalizó.
Usted y la otra persona de su caso tienen que seguir la orden.