Haga cumplir una orden de restricción por violencia en el trabajo

Ahora que la orden de restricción por violencia en el trabajo está en vigor, es posible que tenga que hacerla cumplir si la persona restringida contraviene la orden. Normalmente, hacer cumplir significa llamar a la policía para reportar un incumplimiento. La persona restringida puede ir a la cárcel o pagar una multa si es declarada culpable de violar la orden de restricción.

Llame al 9-1-1 si desea que la policía haga cumplir su orden de restricción.

 

Guarde siempre una copia en el trabajo

Debe siempre cargar una copia del formulario WV-130 y tener otra en su trabajo. Si tiene un teléfono, úselo para tomar una foto de todas las páginas y así tener una prueba en todo momento. 

Entregue copias de la orden a otras personas que puedan necesitarla

Es recomendable dar copias de la orden de restricción a todos los empleados y personas protegidas, y aconsejarlas que carguen siempre una copia del WV-130. También es recomendable informar a los demás empleados sobre la orden de restricción.

También puede dar una copia al departamento de policía local. Esto es opcional porque todas las agencias del orden público tienen acceso a las órdenes de restricción a través de una base de datos propia.

Esto puede deberse a que su orden de restricción no se ha ingresado en la base de datos de las fuerzas del orden, conocida como Sistema de Telecomunicaciones de las Fuerzas del Orden de California (CLETS, por sus siglas en inglés). El primer paso es averiguar si su orden de restricción fue firmada por un juez y presentada en su caso. Comuníquese con su abogado o Centro de ayuda de su localidad para obtener ayuda.

Encuentre ayuda o recursos contra el acoso

Existen recursos para ayudarle si su situación involucra acoso. Si desea información y ayuda para planificar su seguridad, llame al siguiente número:

  • Línea de Ayuda contra el Acecho para chatear en línea, o llamar o enviar un mensaje de texto al 1-855-484-2846. La línea de ayuda está disponible de lunes a viernes de 6:00 a. m. a 2:00 p. m.
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