Qué anticipar en la sala de la corte
Si nunca ha asistido a una audiencia, puede serle útil conocer algunos conceptos básicos sobre lo que sucede en una sala de audiencias.
No llegue tarde
Podría perder su turno si llega tarde. Si la corte cree que no vendrá, el juez puede decidir sobre su caso sin usted o cancelar su solicitud.
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Haga planes para llegar temprano.
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Piense en el tráfico, en dónde estacionarse o cómo llegar en transporte público.
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Anote el número de teléfono del secretario de la sala de audiencias. En caso de una emergencia, puede llamar y decirle al secretario que es probable que llegue tarde.
El sitio web de su corte puede tener información sobre dónde estacionarse y si necesitará dinero para hacerlo.
Si va a llegar tarde o no va a presentarse a su audiencia:
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Llame a la corte. Hable con el secretario que trabaja en el departamento al que le ordenaron ir (vea el formulario WV-109 para obtener esta información). Si no puede comunicarse con el secretario, déjele un mensaje.
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Si la otra parte tiene un abogado, llámelo para informarle de su situación.
Cuando llegue a la sala de audiencias
Es probable que el juez tenga varios casos programados para la misma hora que el suyo. Puede esperar su turno en la sala de espera pública en la parte trasera de la sala de audiencias.
Siga las reglas de la sala de audiencias
Las reglas generalmente se publican fuera de la sala de audiencias, pero a continuación se enumeran algunas reglas comunes:
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No lleve comida ni bebidas.
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Apague o silencie su celular.
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No use sombrero ni se ponga lentes de sol en la cabeza.
Al hablar con el juez:
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Refiérase al juez como "su Señoría" o Juez.
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No interrumpa a nadie que esté hablando.
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Espere hasta que sea su turno para hablar y dígale al juez que desea hablar.
Cuando su caso sea llamado
Tomará asiento en una mesa al frente.
Cuando el juez llame su caso, usted se sentará en una mesa al frente de la sala de audiencias.
Alguien, normalmente el alguacil o un secretario, le dirá en qué mesa sentarse. Si usted es el empleador que está solicitando una orden de restricción y alega que la otra parte fue violenta, amenazó con violencia o le acosó, puede llevar a la mesa a una persona de apoyo. La persona de apoyo no puede hablar por usted, pero puede sentarse a su lado durante la audiencia.
El juez les preguntará quiénes son
El juez les pedirá a usted y a la otra parte que digan sus nombres. Después, es posible que les pida que juren decir la verdad.
El juez escuchará a ambas partes
Usted y la otra parte tendrán la oportunidad de presentar su caso. En ese momento se compartirán las pruebas y los testigos testificarán.
Para el empleador: una razón común por la que la corte puede darle otra fecha de audiencia es que no hizo la entrega legal a la otra parte a tiempo (antes de la fecha límite), lo que significa que tiene que hacer la entrega legal antes de la nueva fecha de audiencia (generalmente al menos cinco días antes de su nueva fecha de audiencia). Si el juez le da otra fecha de audiencia, generalmente prorrogará su orden de restricción temporal si se le otorgó una.
Para la persona restringida: si solicita más tiempo para prepararse para su caso, el juez tiene que acceder a su solicitud si la hace en su primera audiencia. Si se otorgó una orden de restricción temporal cuando la otra persona presentó sus documentos, el juez generalmente extenderá la orden de restricción temporal hasta la próxima fecha de audiencia.
El juez tomará una decisión
Una vez que se hayan presentado todas las pruebas, el juez decidirá si otorga una orden de restricción a largo plazo. Una orden de restricción a largo plazo puede durar hasta tres años y su duración varía según los hechos de cada caso.
Después de la decisión del juez
¿Qué sigue?
Si el juez otorgó una orden de restricción, es posible que cada parte del caso tenga que seguir algunos pasos. Vaya al siguiente paso.
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Vuelva
Vuelva para obtener información sobre cómo prepararse para su audiencia.
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Vaya al siguiente paso para el empleador
Después de que un juez otorga una orden de restricción, es posible que tenga que completar algunos formularios.
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Vaya al siguiente paso para la persona restringida
Si tiene armas de fuego, tendrá que renunciar a ellas.