Alegato oral en apelaciones civiles

El alegato oral es su oportunidad de explicar con más detalle y en persona a la corte de apelaciones los argumentos que presentó en su escrito. 

Alegato oral

Durante el alegato oral, usted puede:

  • aclarar los puntos que expuso en su escrito
  • decir a la corte de apelaciones lo que considera más importante de sus argumentos
  • responder las preguntas de los jueces de la corte de apelaciones

El alegato oral no es un momento para replantear los hechos del caso o repetir partes del escrito.

Los jueces saben lo que usted dijo en su escrito. El alegato oral es el momento de asegurarse de que la corte entiende las cuestiones clave del caso destacando lo que usted considera más importante de su caso o preguntando a los jueces si tienen alguna pregunta que usted pueda responder.

Si su caso está en la división de apelaciones de la corte superior, tendrá hasta 10 minutos para presentar su alegato (a menos que la corte le dé más o menos tiempo). Si su caso está en la Corte de Apelaciones, tendrá hasta 30 minutos para presentar su alegato (a menos que la corte le dé más o menos tiempo).

No está obligado a participar en el alegato oral si no quiere. Puede decirle a la corte de apelaciones que quiere renunciar al alegato oral. 

Para obtener más información sobre el alegato oral en la división de apelaciones (apelaciones civiles limitadas), vea la regla 8.885 de las Reglas de la corte de California.

Para obtener más información sobre el alegato oral en la Corte de Apelaciones (apelaciones civiles ilimitadas), vea la regla 8.256 de las Reglas de la corte de California.

Decida si quiere tener un alegato oral

Cuando decida si va a participar en el alegato oral, recuerde que los jueces ya habrán leído los escritos, por lo que no es necesario que lea su escrito a los jueces. Si todo lo que quiere alegar está en el escrito, entonces debería pensar en no participar en (renunciar al) alegato oral.

Si quiere presentar un alegato oral, prepárese y sea flexible —los jueces pueden interrumpirle (y también a la otra parte) para hacerle preguntas sobre su caso y sobre las leyes y otros casos que haya citado o debería haber citado en su escrito—.

El hecho de que presente un alegato oral sobre un caso no afecta el tiempo que lleva obtener su decisión. Eso no demorará su caso. Si solo una de las partes renuncia al alegato oral, la corte de apelaciones lo celebrará con la otra parte. Si todos renuncian al alegato oral, los jueces considerarán su apelación basándose en los escritos y el acta que se presentaron.

Diga a la corte si quiere un alegato oral

Una vez presentados todos los escritos o transcurrido el plazo para presentarlos, la corte le enviará un aviso con la fecha para el alegato oral y probablemente le preguntará si quiere presentar el suyo.

Si desea participar en el alegato oral, dígaselo a la corte cuando reciba el aviso con la fecha para el alegato oral. En una apelación civil ilimitada, si no avisa a la Corte de Apelaciones que quiere un alegato oral, la corte supondrá que no lo quiere y perderá su oportunidad de presentar un alegato oral.

Si no quiere tener un alegato oral, puede renunciar a él. Para avisar a la corte que no desea tener un alegato oral:

  • Si la corte le envía un aviso para preguntarle si quiere participar en el alegato oral y usted no responde, la corte supondrá que renuncia a él.
  • Para renunciar al alegato oral en una apelación civil limitada, tiene que avisar por escrito a la división de apelaciones.

En algunas apelaciones en asuntos de menores, es posible que tenga que hacer la entrega legal y presentar una solicitud para de alegato oral (si lo quiere). Por ejemplo, si está apelando la terminación de sus derechos paternos, tiene que solicitar un alegato oral y presentar la solicitud dentro de los 15 días siguientes a la presentación o al vencimiento de su escrito de respuesta.

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