Prepárese para su conferencia de administración de caso
Cuando su corte programe una conferencia de administración de caso (CMC, por sus siglas en inglés), usted está obligado a reunirse con la otra parte y preparar una Declaración de administración de caso, y hacer la entrega legal de esa Declaración y presentarla. Para un demandado, la conferencia de administración de caso no sustituye la presentación de una respuesta. Así que aún tiene que presentar una respuesta a la demanda dentro de la fecha límite.
Antes de comenzar
Tiene 2 actividades que completar para su conferencia de administración de caso (CMC).
- Al menos 30 días antes de la conferencia, tiene que reunirse (por teléfono o en persona) con la otra parte (si esta tiene abogado, con el abogado) para discutir las diferentes partes de su caso. Esto se llama reunión y conferencia.
- Al menos 15 días antes de la conferencia, usted tiene que presentar y hacer la entrega legal de una Declaración de administración de caso.
Una vez que conozca la fecha de su conferencia, dese tiempo suficiente para completarlas dentro de los plazos. Siga preparando su caso mientras se prepara para la conferencia.
Cómo prepararse para una conferencia de administración de caso
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Reunión y conferencia
Ambas partes tienen que hablar en persona o por teléfono al menos 30 días antes de cada conferencia de administración de caso. Tienen que reunirse y conferenciar.
Normalmente, lo hará por teléfono. Durante esa llamada, debería intentar ver si puede resolver algún asunto o incluso si la resolución del caso es posible.
Puede encontrar la lista de temas y asuntos por tratar en las reglas 3.724 (en inglés) y 3.727 (en inglés) de las Reglas de la corte de California.
Algunos ejemplos de los temas:
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¿Cuál es el programa?
Por ejemplo, cuándo cree que estará usted listo para el juicio, en qué fechas están disponibles usted y la otra parte, así como cualquier testigo, para el juicio (si es que la corte todavía no ha fijado una fecha). También puede hablar de cuánto cree que durará el juicio. La duración del juicio suele depender del número de testigos que tenga cada uno de ustedes.
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¿Es posible alcanzar un acuerdo?
Si usted y la otra parte no están muy distanciados, es posible que puedan llegar a un acuerdo sobre el caso entre ustedes (o con un abogado si alguna de las partes lo tiene) o en una conferencia de acuerdo con un juez en lugar de ir a juicio. La mayoría de las cortes programan una conferencia de acuerdo antes del juicio. Si usted y la otra parte creen que pueden llegar a un acuerdo en un entorno más informal con la ayuda de un juez, puede pedir que se programe antes la conferencia de acuerdo.
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¿Hay asuntos relacionados con la revelación?
Puede usar esta reunión para pedir más tiempo para la revelación, abordar cualquier objeción que haya surgido durante las solicitudes de revelación, discutir cualquier asunto que prevea que surgirá durante la revelación.
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¿Puede limitar el alcance del juicio?
Si usted y la otra parte pueden acordar que ciertos asuntos no están en cuestión, no necesitará probarlos en el juicio y podrá centrar sus pruebas en las cosas en las que no estén de acuerdo. También pueden llegar a un acuerdo para eliminar algunas de las causas de acción legal de la Demanda o defensas de la Respuesta.
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¿Juicio con jurado o ante un juez?
¿Alguna de las partes quiere un juicio con jurado?
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Llene una Declaración de administración de caso
Llene la Declaración de administración de caso (formulario CM-110).
Este formulario le hace llenar información sobre la preparación de su caso, para informar a la corte de qué se trata el caso, cuánto durará el juicio, en qué tipos de alternativas al juicio está dispuesto a participar y qué tan cerca de estar preparado para el juicio está su caso.
Una vez que haya llenado los formularios y firmado la Declaración de administración de caso, haga 3 copias del formulario.
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Haga la entrega legal de la Declaración de administración de caso
Pídale a otro adulto –una persona a cargo de la entrega legal- que envíe por correo la Declaración de administración de caso y una copia llenada y fechada, pero sin firmar, de la Prueba de entrega (formulario POS-030).Es útil llenar la parte superior del formulario con la información del caso y de la corte.
La persona a cargo de la entrega legal tiene que:
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Tener al menos 18 años, y
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No ser parte de su caso.
Pídale a la persona a cargo de la entrega legal que envíe por correo los documentos a la otra parte o a su abogado, si tienen. Después de enviar los documentos, la persona a cargo de la entrega legal firma la Prueba de entrega por correo de primera clase (formulario POS-030).
Haga una copia de su formulario de Prueba de entrega.
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Presente la Declaración de administración de caso en la corte
Presente la Declaración de administración de caso y el formulario de Prueba de entrega al menos 15 días antes de la fecha programada para su conferencia.
Demandas civiles
¿Qué sigue?
Una vez que usted y la otra parte estén preparados para ir a juicio, la corte fijará una fecha, o usted y la otra parte acordarán una fecha para el juicio.
Si el juez lo considera necesario, es posible que tenga que asistir a otra conferencia de administración de caso.