Formas de resolver una deuda y desestimar su caso

Si liquida su deuda o negocia un acuerdo con el cobrador de la deuda para pagar un monto menor antes de ir a juicio, puede resolver su caso y hacer que lo desestimen. Pero tenga en cuenta que su caso no se desestimará automáticamente si llega a un arreglo. Asegúrese de que el demandante desestime el caso. 

Si resuelve su caso pagando parte o la totalidad de la deuda

Puede resolver su caso en cualquier momento antes de que la corte tome una decisión (un fallo) ya sea:

  • pagando el monto total de la deuda (más las cuotas, los costos y los intereses requeridos), o
  • negociando pagar un monto menor y haciendo que la otra parte acepte ese monto como pago total.

Como cualquier otro acuerdo que negocie, este acuerdo debe confirmarse por escrito.

Si el acreedor tiene un abogado, todas las comunicaciones, negociaciones y pagos tienen que pasar por la oficina del abogado (a menos que usted tenga instrucciones de hacer otra cosa).
 

Haga que el demandante desestime el caso

Su caso no se desestimará automáticamente si llega a un arreglo. El demandante debe desestimar el caso como parte de su acuerdo. 

Como parte de su acuerdo, debe hacer que la otra parte acepte desestimar la demanda judicial que presentó con perjuicio. Este término legal es una parte importante de su acuerdo porque significa que el demandante no puede presentar otra demanda judicial en su contra por la misma deuda.

Una vez que haya formalizado un acuerdo por escrito y haya pagado el monto acordado, el demandante debe desestimar el caso y hacerle la entrega legal de una copia de la Solicitud de desestimación (formulario CIV-110) antes de presentarla en la corte. Alternativamente, el demandante puede presentar un Aviso de acuerdo de todo el caso (formulario CM-200) y presentar la desestimación en un plazo de 45 días.

Acuerdo después de un fallo

Si, por el contrario, usted paga o llega a un acuerdo después de que un juez toma una decisión en el juicio (después de que se registra el fallo), de todos modos debe confirmar el acuerdo por escrito y el demandante debe emitir un Reconocimiento de pago del fallo (normalmente el formulario EJ-100). El demandante presentará una copia de este formulario en la corte o le enviará una copia notariada de este.

Si acepta realizar pagos a lo largo del tiempo

Si acuerda resolver una demanda judicial haciendo pagos a lo largo del tiempo, hay varias formas en las que usted y el demandante pueden manejar el acuerdo de pagos a lo largo del tiempo:

  • Redacte un nuevo contrato y desestime el caso
    Usted y el demandante podrían redactar un nuevo contrato que describa su acuerdo para hacer los pagos y después desestimar el caso. Si incumple el contrato, el demandante puede presentar una nueva demanda judicial.
  • Redacte un acuerdo de resolución y desestime condicionalmente el caso
    Usted y el demandante redactan un acuerdo que diga que el caso será desestimado y usted hará pagos a lo largo del tiempo. Si usted incumple el acuerdo, el demandante puede solicitar que se anule (cancele) la desestimación y continúe el caso.
  • Redacte un fallo estipulado
    Usted y el demandante redactan un acuerdo que dice que la corte le ordenará pagar el monto específico (o dictará un fallo en su contra). Pero que el demandante no hará cumplir el fallo mientras usted haga pagos mensuales. Si no hace pagos mensuales, el demandante puede solicitar al juez que le ordene pagar el monto total menos los pagos que haya hecho y que pueda intentar cobrar.

 

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