1. Decida qué hacer si lo demandan
Si lo demandan, su primer paso es decidir qué hacer. Por lo general, usted responderá y se defenderá a sí mismo en la corte o no hará nada. Si no hace nada, el juez puede decidir el caso sin su participación. También podría comunicarse con quien lo está demandando e intentar llegar a un acuerdo.
Normalmente solo tiene 30 días desde que le dieron la Citación y la Demanda para responder en la corte.
Responda y defiéndase usted mismo
La forma más común de responder es presentar una Respuesta
En una Respuesta, usted dice lo que cree que no es cierto de la Demanda (hace una negación) y dice cuáles son o podrían ser sus defensas (asuntos nuevos que aporta). Si presenta una Respuesta, la otra parte tiene que probar su caso y usted puede defender su caso en la corte. Aunque presente una Respuesta, aún puede intentar llegar a un acuerdo con la otra parte.
Presentar una Respuesta puede tener sus inconvenientes. Si la otra parte contrató un abogado, según de qué trate el caso, podrá pedir dinero para pagarle al abogado si gana. Cuanto más dure el caso, más subirán los honorarios.
Obtenga más información sobre lo que pasa en un caso, para saber lo que se espera que usted haga. Si se salta uno de estos pasos, puede perder.
Aprenda a presentar una Respuesta
Hay otras formas en las que puede responder
Presente una moción
Si hay algo legalmente incorrecto en lo que el demandante presentó o en cómo mandó a entregar (hacer la entrega legal de) los documentos, usted puede alegar que el caso debería ser cancelado en su totalidad o en parte. Tendrá que escribir su alegato legal, apoyado por la ley y las pruebas, y pedir al juez que tome una decisión. A esto se le llama presentar una moción. Necesitará mandar a hacer la entrega (hacer la entrega legal) de esta de forma apropiada al demandante.
Demande a alguien más (contrademanda)
Además de presentar una Respuesta, puede demandar al demandante o a otro demandado si cree que son culpables o le deben dinero. También puede involucrar en la demanda a cualquiera que no forme parte de ella si cree que es responsable. A esto se le llama contrademanda. Significa que está demandando a alguien más por un motivo relacionado con el mismo caso.
Si no contrademanda a la persona o negocio, o introduce a la otra persona en el caso, puede perder la oportunidad de demandarla más adelante.
No haga nada
También puede optar por no responder al caso. Si no responde dentro del plazo, el demandante puede pedir al juez que tome una decisión sin usted. A esto se le llama falta de comparecencia o fallo por falta de comparecencia.
El fallo dirá lo que decidió el juez y si le debe usted dinero al demandante. El demandante puede usar el fallo para intentar cobrarle el dinero si usted no lo paga.
Incluso si usted no responde y hay una falta de comparecencia, aún puede intentar llegar a un acuerdo con el demandante.
Obtenga ayuda legal de inmediato si tiene una falta de comparecencia, pero no la deseaba.
Es posible que pueda cancelar (anular) el fallo por falta de comparecencia si tiene una buena razón para no haber respondido. Por ejemplo, no recibió los documentos que iniciaron la demanda (no le hicieron la entrega legal) o no pudo responder por una buena razón, como estar hospitalizado o prestando servicio en el ejército.
Una anulación no significa que usted gane el caso. Significa que el caso vuelve a empezar desde el principio y usted puede defenderse a sí mismo en la corte. Hay unos plazos estrictos para obtener una falta de comparecencia. Hable con un abogado para saber si es una buena opción para usted.
La quiebra es un proceso legal para ayudar a las personas que deben dinero, o deudores, a obtener un recurso para las deudas que no pueden pagar y, al mismo tiempo, ayudar a las personas a las que se les debe dinero, o acreedores, a cobrar de los bienes que tiene el deudor. Se maneja en la corte federal, no en la estatal.
Si puede o debería declararse en quiebra es una decisión difícil. Obtenga más información sobre la quiebra y dónde obtener ayuda.
Si se declara en quiebra mientras su caso está abierto, el caso de deuda queda automáticamente detenido (suspendido). Esto significa que no puede avanzar hasta que la quiebra haya terminado o la corte decida que el caso de deuda debería comenzar de nuevo. Se usa el Aviso de suspensión de proceso (formulario CM-180) para pedir que se suspenda el caso.
Llegue a un acuerdo y pida que se desestime el caso
En cualquier momento, aunque haya presentado una respuesta, puede intentar llegar a un acuerdo con la otra parte. Si usted y la otra parte están de acuerdo, puede ampliar su plazo en 15 días para responder a la demanda. Regla 3.110(d) de las Reglas de la corte de California (en inglés). Esto le da más tiempo para negociar un acuerdo.
Como parte de su acuerdo, puede aceptar que se cancele (desestime) el caso una vez que haya hecho lo que acordó hacer. Si hay un acuerdo, el demandante tiene que notificárselo a la corte.
Si lo demandan
Opciones comunes
Vea estas opciones con más detalle y obtenga instrucciones para responder, entienda qué pasa si no comparece o vea cómo conseguir que se desestime su caso.
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Presente una Respuesta
Obtenga instrucciones paso a paso sobre cómo responder a la demanda judicial y comenzar su defensa.
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Llegue a un acuerdo y pida una desestimación
Si usted y el demandante llegan a un acuerdo, puede pedir que se desestime el caso.
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Obtener una falta de comparecencia y deber dinero
Si el demandante obtiene un fallo por falta de comparecencia que dice que usted le debe dinero, puede dar tomar medidas para cobrárselo.