Apelar la decisión del juez
Si lo demandaron en un caso de reclamos menores y el juez decidió que debe dinero, puede recusar esa decisión presentando una apelación si no está de acuerdo. Tiene que presentar una apelación dentro de los 30 días posteriores a partir de que se le entregó o envió por correo la decisión del juez (el Aviso de publicación de fallo (formulario SC-130 o SC-200)).
Antes de comenzar
Solo puede apelar la decisión de un juez cuando debe dinero. Esto significa que normalmente solo el demandado puede apelar. Pero si usted es el demandante, y el demandado presentó una contrademanda y perdió en su reclamo, puede apelar esa decisión.
Cómo apelar un fallo de reclamos menores
-
Llene el Aviso
- Aviso de apelación (Reclamos menores) (formulario SC-140)
Este formulario le informa a la corte que usted está apelando la decisión.
-
Haga copias
Haga dos copias del Aviso
-
Presente el Aviso y pague la cuota de presentación
Para presentar sus formularios ante la corte:
-
Entregue el original y las 2 copias al secretario de la corte
-
Pague una cuota de $75
Si no puede pagar la cuota, puede solicitar una exención de cuotas.
El secretario le dará una fecha de audiencia y le enviará por correo una copia del formulario con la fecha de audiencia a la otra parte.
-
Apelaciones de reclamos menores
¿Cuáles son los siguientes pasos?
Después de presentar su apelación y obtener su fecha de audiencia, es hora de prepararse para su fecha de audiencia.