Haga la entrega legal de los documentos de tutela de menor en persona

Después de presentar su Petición y obtener una fecha de audiencia, tiene que pedirle a otro adulto (llamado persona a cargo de la entrega legal) que entregue personalmente una copia de su Petición y el Aviso de audiencia a los padres del menor y algunas otras personas.

A quién tiene que hacer la entrega legal en persona

Algunas personas tienen que obtener una copia de la Petición y el Aviso de audiencia en persona. A ellos no se les pueden enviar los documentos por correo.

  • Los padres del menor
  • El menor, si tiene 12 años o más
  • Cualquier persona que tenga la custodia legal del menor
  • El tutor del patrimonio del menor nombrado por la corte (si lo tiene)
  • Cualquier persona nominada para tutor del menor

Si presentó una petición para solicitar que se nombre tutor a otra persona (no a usted), también tiene que hacerle la entrega legal en persona. 

Cómo hacer la entrega legal en persona

  • Elija a la persona a cargo de la entrega legal

    No puede hacer la entrega legal de los documentos por sí mismo. Pida a otra persona adulta que no sea parte del caso —la persona a cargo de la entrega legal— que entregue los documentos.  

    La persona a cargo de la entrega legal tiene que:

    • Tener 18 años o más
    • No ser alguien que haya firmado la petición o que tenga derecho a recibir un aviso

    La persona a cargo de la entrega legal puede ser:

    • Alguien que usted conoce 

    • El alguacil del condado (en la mayoría de los condados, no en todos) 

    • Un profesional de entrega legal que usted contrate 

    El alguacil cobra por hacer la entrega legal de los documentos a menos que usted tenga una exención de cuotas. 

    Si la otra persona está en la cárcel o en prisión: un funcionario de la cárcel o prisión será la persona a cargo de la entrega legal. Comuníquese con la cárcel, la prisión estatal de California o la prisión federal para averiguar quién hace esto y cómo hacerles llegar los documentos.

    Si la otra persona vive en una base militar: si está estacionado en los Estados Unidos, su persona a cargo de la entrega legal puede entregarle los documentos cuando no está en la base. Si está en la base, su oficial al mando puede organizar la entrega legal de los documentos. Póngase en contacto con la base militar para conocer sus reglas. Si no está en los Estados Unidos, tendrá que seguir otras reglas. El proceso es complicado.En general, si está sirviendo en el extranjero, es posible que desee hablar con el personal del Centro de ayuda o con un abogado, ya que se aplican reglas diferentes. 
  • Calcule la fecha límite para hacer la entrega legal

    A menos que la corte ordene una fecha límite diferente para hacer la entrega legal, la persona a cargo de la entrega legal tiene que entregar en persona los documentos al menos 15 días antes de la fecha de audiencia.

    Saque un calendario y busque la fecha de audiencia (esta aparece en la primera página de su Aviso de audiencia). 

    1. Cuente 15 días calendario hacia atrás, incluyendo fines de semana y días feriados. Su fecha de audiencia no se cuenta (por lo que es el día "0"). 

    1. Cuando llegue al día 15, verifique qué día es:  

    •  Si no es un día feriado o fin de semana, esa es su fecha límite. 

    • Si es sábado, domingo o día feriado de la corte, siga contando hacia atrás hasta llegar a un día en que la corte estaría abierta. Esa es su fecha límite. 

    La persona a cargo de la entrega legal tiene que entregar en persona los documentos a más tardar en esta fecha.

     

  • Pídale a la persona a cargo de la entrega legal que entregue los documentos a la otra persona

    La persona a cargo de la entrega legal tiene que encontrar a la otra persona y entregarle en mano:

    • Una copia de su Petición para el nombramiento de tutor de un menor (formulario GC-210 o 210(P)) y de todos los adjuntos

    • Una copia de su Aviso de audiencia

    • Una copia de la Comparación entre tutores y otros cuidadores que no son padres (formulario GC-207-INFO/JV-352-INFO S) (en español)

    Dígale a la persona a cargo de la entrega legal que anote la fecha en la que entregó en persona los documentos. La persona a cargo de la entrega legal necesita esta fecha para llenar el formulario de Prueba de entrega

    La persona a cargo de la entrega legal puede dejar los documentos cerca de él o ella y decirle lo que son. Por ejemplo, la persona a cargo de la entrega legal puede dejar los documentos en el suelo junto a él o ella y decir: "Estos son documentos legales importantes para usted". 

     

    La persona a cargo de la entrega legal tiene que intentar entregar los documentos en diferentes días de la semana y en diferentes horarios. Si nunca está allí, es posible que la persona a cargo de la entrega legal pueda probar la entrega sustituida. Hay diferentes reglas para este tipo de entrega legal.
  • Pida a la persona a cargo de la entrega legal que llene el formulario de Prueba de entrega

    Use una Prueba de entrega en persona del Aviso de audiencia (formulario GC-020(P)) (en español).

    Es útil si usted escribe el número de caso en la parte superior.

    La persona a cargo de la entrega legal puede llenar la información sobre cómo, cuándo y dónde entregó los documentos a las personas.

    La persona a cargo de la entrega legal tiene que firmar y fechar el formulario y devolvérselo.

  • Copie y presente el formulario de Prueba de entrega

    • Haga una copia de su formulario de Prueba de entrega. Adjunte el original a una copia del Aviso de audiencia y la copia a otra copia del Aviso de audiencia.

    • Presente el original adjunto al Aviso junto con una segunda copia en la corte donde presentó los documentos. La corte sellará y devolverá la copia. 

    • Guarde la copia del formulario de Prueba de entrega para sus registros.

    Presente la Prueba de entrega al menos 5 días judiciales (días hábiles de la corte) antes de su audiencia.
     

Tutela de menor

¿Qué sigue?

Si aún no lo ha hecho, necesitará mandar hacer la entrega legal por correo a los demás familiares del menor. También puede empezar a prepararse para la investigación. Antes de la audiencia, alguien nombrado por la corte (un investigador) se comunicará con usted.

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