Paso 4: Escrito del apelado
Los escritos son cruciales en una apelación, ya que no habrá un nuevo juicio. La Corte de Apelación toma su decisión en base a los escritos, el acta de apelación y la investigación legal.
Cada parte elabora un escrito para explicarle a la Corte de Apelación por qué deberían ganar la apelación. Un escrito debe incluir los hechos sobre el caso de la corte de primera instancia, así como ejemplos extraídos de la ley. Redactar un escrito puede ser desafiante y llevar mucho tiempo.
El apelado es la parte que ganó el caso en la corte de primera instancia. El apelado redacta un solo escrito, llamado escrito del apelado. Este escrito sostiene que la decisión de la corte de primera instancia fue correcta. Incluso si la corte de primera instancia cometió un error legal, el apelado puede debatir que el error no cambió el resultado del caso.
La presentación de un escrito del apelado es opcional, pero la apelación seguirá adelante sin él. Si el apelado elige no redactar un escrito, pierde la oportunidad de presentar sus alegatos ante la Corte de Apelación.
Descripción general del escrito del apelado
Esto es lo que se espera al redactar un escrito del apelado:
- Exponga su opinión: explique claramente que cree que la decisión de la corte de primera instancia es correcta.
- Aborde los alegatos del apelante: responda los asuntos del escrito de apertura del apelante. Explique por qué no son válidos los alegatos y por qué la sentencia de la corte de primera instancia no debe modificarse.
- Incluya hechos y leyes que lo respalden: brinde hechos relevantes del juicio y ejemplos jurídicos para respaldar su alegato.
- Siga las reglas de la corte: asegúrese de que su escrito cumple con el formato requerido y las reglas de presentación que establece la Corte de Apelación.
Si necesita ayuda, también puede consultar un modelo del escrito del apelado que le servirá de guía para escribir el suyo.
Cronología de un escrito del apelado
El apelado debe presentar su escrito ante la Corte de Apelación dentro de los 30 días posteriores a la presentación del escrito de apertura del apelante.
Costos para presentar el escrito del apelado
Hay una cuota de presentación de $390 la primera vez que un apelado presenta una moción o un escrito ante la Corte de Apelación. Luego, no es necesario que el apelado pague cuotas de presentación adicionales durante la apelación. Sin embargo, puede que deba pagar otras cuotas si necesita obtener partes del registro de la corte de primera instancia.
El apelado puede pedir una exención de cuotas de la cuota de presentación ante la Corte de Apelación si necesita ayuda financiera.
Antes de preparar el escrito del apelado
Antes de gastar tiempo o dinero para escribir un escrito, el apelado debe revisar cualquier problema que puede desestimar la apelación. A continuación, puede ver algunas cosas que el apelado debe analizar:
- Fallo definitivo: si la apelación se refiere a un fallo, asegúrese de que se trata de un fallo definitivo. En general, solo los fallos definitivos se pueden apelar.
- Orden apelable: si la apelación se refiere a una orden, confirme que se trata de una orden apelable.
- Puntualidad del aviso de apelación: confirme que el aviso de apelación se presentó a tiempo. El plazo es generalmente de 60 días luego de que el secretario de la corte de primera instancia o el apelado notifiquen la entrada del fallo o de la orden al apelante. El secretario de la corte de primera instancia puede confirmar este plazo.
Si el apelado encuentra algún problema con la apelación, puede presentar una moción para pedirle a la Corte de Apelación que desestime la apelación.
Entender qué analiza la Corte de Apelación
Una apelación no es un nuevo juicio de los hechos. La Corte de Apelación solo aborda asuntos legales o errores que comete la corte de primera instancia.
Para ganar una apelación, el apelante debe demostrar que la corte de primera instancia cometió un error jurídico y que ese error afectó la decisión. Esto puede ser desafiante, porque la Corte de Apelación por lo general respeta la decisión de la corte de primera instancia a menos que se trate de una revisión de novo.
En una apelación, el apelante tiene la responsabilidad de presentar un alegato legal que convenza a la Corte de Apelación para revocar la orden o el fallo de la corte de primera instancia.
Un escrito eficaz del apelado se enfoca en presentar los hechos que respaldan la decisión de la corte de primera instancia y rebate los asuntos legales que expone el apelante en su escrito de apertura.
Preparación del escrito del apelado
Las apelaciones a menudo se ganan o pierden en base a los escritos. A pesar de que la ley generalmente favorece al apelado, hay veces en las que el apelante puede tener éxito en la Corte de Apelación. Por lo tanto, el apelado debe dedicarse a escribir un alegato legal que sea claro y persuasivo para respaldar la decisión de la corte de primera instancia. Puede ser necesario tener que investigar.
El apelado solo debe abordar los alegatos del apelante en el escrito de apertura del apelante.
Para comenzar, el apelado debe leer toda la información en la apelación. Esto significa que el apelado:
- Revisará la información del registro:
- la sentencia, la decisión o el fallo del juez de la corte de primera instancia.
- los estatutos, las disposiciones constitucionales, las decisiones de caso y otras autoridades jurídicas que el juez de la corte de primera instancia usó para respaldar su decisión.
- Revisará el escrito de apertura del apelante:
- el alegato legal que explica por qué la decisión de la corte de primera instancia debe ser revocada.
- el estándar de revisión que se debe considerar.
- las autoridades jurídicas que el apelante usó para respaldar su alegato.
El trabajo del apelado es encontrar autoridades jurídicas —ejemplos de la ley— que respalden la decisión original de la corte de primera instancia. Incluirá estas autoridades jurídicas en su escrito y explicará por qué los alegatos legales del apelante son incorrectos. El apelado también puede señalar si el apelante no siguió las reglas de la corte sobre apelaciones, lo que puede llevar a la desestimación del caso.
Es una buena idea que, apenas el apelante presente el escrito de apertura, el apelado comience a trabajar en su escrito. Esto permite que tenga el mayor tiempo posible para completar toda la información necesaria en el formato requerido.
El apelado puede consultar con un abogado que tenga experiencia en apelaciones. Un abogado puede brindar asesoramiento jurídico y ayudar a redactar el escrito del apelado. Incluso si el apelado elige no contratar un abogado, una consulta inicial con uno lo puede ayudar a entender mejor los alegatos legales en contra de la apelación. Un abogado también puede asesorar sobre qué cuotas legales y de la corte pueden llegarle a devolver al apelado si gana la apelación.
Descripción general de un escrito del apelado
Hay diversas secciones en un escrito del apelado. Aunque todas las secciones son importantes, algunas requieren más tiempo y esfuerzo que otras. A continuación, se presenta un resumen de cada sección y una descripción de lo que incluyen.
La portada del escrito del apelado debe incluir información básica:
- El título del escrito: Escrito del apelado
- El título del caso, el número de caso de la corte de primera instancia y el número de caso de la Corte de Apelación.
- El nombre de la corte de primera instancia y el nombre del juez de la corte de primera instancia
- El nombre del apelado, el domicilio postal, el número de teléfono, el número de fax (si tiene) y la dirección de email (si tiene)
- Si el apelado contrató a un abogado, se debe incluir su nombre y el Número del Colegio de Abogados de California de cada asesor legal que asista con el escrito.
Si el escrito del apelado se presenta en papel, la portada debe ser de color amarillo. Esta regla sobre el color no aplica a los escritos que se presenten de manera electrónica. Para conocer más detalles, consulte todas las reglas sobre la portada en las CRC 8.40(c) y 8.204(b)(10).
La primera página del escrito del apelado después de la portada es el Certificado de entidades o personas interesadas.
- El formulario del Certificado de entidades o personas interesadas (APP-008) se encuentra disponible en la corte o en línea.
- Este formulario ayuda a la Corte de Apelación a identificar otras entidades y/o personas que tienen interés en el resultado del caso. Una entidad puede ser una empresa o una organización.
- El apelado no necesita presentar este certificado si se trata de un caso de familia, menores, la tutela de un menor o la tutela de adulto.
La tabla de contenidos enumera todas las secciones del escrito en el orden en que aparecen, junto con los números de páginas. Esto ayuda a que la Corte de Apelación encuentre rápidamente la información y brinda un resumen del caso.
La tabla de autoridades enumera todas las autoridades legales (como precedentes judiciales, estatutos o reglamentaciones) citadas en el escrito. Las autoridades legales son ejemplos de la ley que respaldan un alegato legal ante la Corte de Apelación.
Las autoridades legales pueden encontrarse en línea o en la biblioteca legal, donde un bibliotecario puede ayudar al apelado para encontrar autoridades legales relevantes para el caso.
La tabla de autoridades se crea luego de redactar el escrito, una vez que se finalizan los números de página. Cada autoridad legal debe incluir un número o números de página en donde se la puede encontrar en el escrito.
Qué hay que tener en cuenta: En el escrito de apertura, el apelante se enfocará en las autoridades legales que respaldan su alegato en contra de la decisión de la corte de primera instancia. Puede que el apelante no mencione todas las autoridades legales aplicables; por lo tanto, el apelado no se debe basar solamente en las autoridades legales que el apelante menciona. El apelado puede que deba investigar y encontrar autoridades legales diferentes o adicionales que respalden su alegato a favor de la decisión de la corte de primera instancia.
La declaración del caso contiene los “hechos procesales” del caso. Los hechos procesales están relacionados con el proceso de la corte y se enumeran por orden cronológico desde que se presentó la demanda hasta que se dictó el fallo.
Cada hecho procesal en el escrito debe incluir lo siguiente:
- La fecha cuando ocurrió el hecho procesal.
- Una referencia a la fuente y el número de página donde se puede encontrar el hecho procesal en el acta de apelación.
Lista de hechos procesales que deben incluirse en la declaración del caso:
- Presentación de la demanda.
- Quién demandó a quién y para qué.
- Resoluciones sobre cualquier moción o audiencias relacionadas con asuntos que el apelante quiere que la Corte de Apelación analice.
- Una descripción de las órdenes relacionadas con los asuntos que el apelante quiere que la Corte de Apelación analice.
- El fallo dictado.
- Los daños otorgados.
Qué hay que tener en cuenta: El escrito de apertura del apelante debe incluir la declaración del caso. El apelado debe revisar detenidamente la versión del apelante para asegurar su precisión. La declaración del caso del apelante puede no incluir o tergiversar hechos procesales que respaldarán la decisión de la corte de primera instancia.
Si el apelado está completamente de acuerdo con la versión del apelante, no es necesario que incluya una declaración del caso en su escrito. Simplemente, el apelado puede incluir un encabezamiento de la declaración del caso y escribir una oración que indique que está de acuerdo con la declaración del caso del apelante.
Sin embargo, la mayoría de los apelados incluyen la declaración del caso para explicar su lado del caso de manera que respalde el fallo o la orden apelable.
La declaración de hechos comparte información importante sobre lo que ocurrió antes del caso. Incluye hechos o pruebas que se aceptaron en la corte de primera instancia. Cada hecho indicado debe tener una referencia que demuestre la fuente y dónde se puede encontrar en el acta de apelación.
La declaración de hechos solo debe incluir hechos significativos. Esto significa que los hechos deben estar relacionados con los asuntos legales que se debaten en la apelación. La declaración de hechos solo puede mencionar hechos o pruebas que se presentaron en la corte de primera instancia.
Qué debe considerar el apelado
El escrito de apertura del apelante debe incluir la declaración de hechos. El apelado debe revisar detenidamente la versión del apelante para asegurar su precisión. La declaración de hechos del apelante puede no mencionar o mencionar incorrectamente los hechos que respaldan la decisión de la corte de primera instancia.
Si el apelado está completamente de acuerdo con la versión del apelante, no es necesario que incluya una nueva declaración de hechos. Simplemente, el apelado puede incluir un encabezamiento para la declaración de hechos en su escrito e indicar en una oración que está de acuerdo con la declaración de hechos del apelante.
Sin embargo, la mayoría de los apelados incluyen una declaración de hechos para explicar su lado del caso de manera que respalde el fallo o la orden que se apela.
El alegato es la parte más importante del escrito del apelado. En esta sección, el apelado explica por qué los alegatos del apelante son incorrectos y por qué la decisión de la corte de primera instancia es correcta.
El apelado hace varias cosas en el alegato:
-
Responde a asuntos legales en el escrito de apertura del apelante (obligatorio).
El apelado revisa cuidadosamente los alegatos legales del escrito de apertura del apelante. El escrito del apelado debe abordar todos los asuntos legales que presentó el apelante. El apelado debe abordar cada asunto legal en el mismo orden y usar los mismos títulos que el apelante. Por cada asunto legal, el apelado debe incluir una declaración de derecho que explique por qué el apelante está equivocado.
Incluso si el apelante demuestra que la corte de primera instancia cometió un error, el apelado puede explicar que el error no causó suficiente daño o “perjuicio” como para que se realice un nuevo juicio o se cambie el fallo. -
Incluir autoridades legales que prueben que la corte de primera instancia estuvo en lo correcto (obligatorio).
El alegato del apelado debe incluir referencias a autoridades legales para cada declaración que expliquen por qué el alegato del apelante es incorrecto y por qué la decisión de la corte de primera instancia es correcta.
Las autoridades legales pueden ser:
- Decisiones de casos
- Estatutos
- Reglas de la corte
- Libros jurídicos
- Disposiciones constitucionales
- Tratados jurídicos
El apelado debe explicar cómo se relaciona cada autoridad legal con los hechos del caso. Además, deben analizar las autoridades legales que el apelante usó para asegurarse de que son válidas y que se usaron de manera correcta. Si hay algún problema con las autoridades legales que usó el apelante, el apelado lo puede mencionar en su alegato.
-
Debatir el estándar de revisión (opcional)
El estándar de revisión es un conjunto de reglas que la Corte de Apelación usa para decidir si la corte de primera instancia cometió un error. Los distintos asuntos legales tienen estándares diferentes. El apelante debe incluir el estándar de revisión para cada asunto legal en el escrito de apertura.
El apelado debe tener en cuenta el estándar de revisión que eligió el apelante. Si está de acuerdo con dicho estándar, no es necesario que lo mencione en su alegato. Si no está de acuerdo o si el apelante no incluyó un estándar de revisión, el apelado puede incluir este asunto en su alegato. -
Presentar alegatos adicionales en contra de la apelación (opcional)
El apelante solo hará alegatos legales que respalden su caso. Luego de abordar los asuntos legales en el escrito de apertura del apelante, el apelado puede incluir asuntos legales extras para respaldar su lado.
El apelado puede agregar todos los asuntos que quiera. Cada asunto legal debe mencionarse por separado, con un título que resuma el asunto en unas pocas palabras. Por ejemplo, si la corte de primera instancia brindó razones alternativas para su orden pero el apelante solo analizó una razón, el apelado puede abordar las otras razones.
El apelado también puede debatir que el apelante cometió errores o no siguió las reglas sobre las apelaciones de la corte. A continuación, se presentan algunos ejemplo de errores que puede encontrar el apelado en el escrito del apelante, en los documentos de la corte o en el registro:
- La notificación de apelación se presentó luego de la fecha límite.
- La orden o el fallo no es apelable.
- El apelante perdió o renunció a su derecho de apelar un asunto al no objetar o presentar una moción para disputar el asunto durante el juicio original.
En la conclusión, el apelado escribe un párrafo pidiéndole a la corte que afirme (o confirme) el fallo u orden que se recusa en la apelación. Si el apelado cree que el fallo o la orden no es apelable, puede pedirle a la corte que desestime la apelación.
El apelado también puede pedir que se cubran sus gastos relacionados a la apelación. Por ejemplo, le puede pedir al apelante que pague todas sus cuotas de la corte. En algunos casos, el apelado puede pedir también que el apelante pague los honorarios de su abogado.
Es importante recordar que no se pueden abordar alegatos o asuntos nuevos en la conclusión.
Hay reglas sobre qué tan largo puede ser un escrito. Cada escrito debe incluir un certificado de cumplimiento que manifieste que cumple con las reglas de longitud de la corte:
- Los escritos que se preparan en una máquina de escribir no pueden tener más de 50 páginas.
- Los escritos que se preparan en una computadora no pueden contener más de 14,000 palabras. El recuento de palabras incluye notas a pie de página pero no incluye la portada, el certificado de entidades o personas interesadas, la tabla de contenidos, la tabla de autoridades, el certificado de cumplimiento, cualquier bloque de firmas, formularios de prueba de entrega ni documentos adjuntos.
El apelado puede incluir hasta 10 páginas de documentos al final del escrito. Estos documentos adjuntos pueden incluir copias de anexo de prueba, materiales del registro de la corte de primera instancia o reglamentaciones locales, estatales o federales relevantes que no son fáciles de encontrar.
De ser necesario, el apelado puede pedirle permiso a la Corte de Apelación para presentar un escrito más largo, que exceda el límite de 14,000 palabras. Para hacerlo, el apelado debe presentar una “solicitud para presentar un escrito más extenso” en la Corte de Apelación y entregarle una copia de la solicitud a todas las partes del caso No hay un formulario de corte especial para esto.
El apelado debe brindar una razón, llamada “motivo justificativo”, para explicar por qué necesita presentar un escrito más largo. La corte puede o no aprobar este pedido.
Para más detalles, puede leer las Reglas de la Corte de California 8.204(c) para conocer más sobre las limitaciones de longitud de los escritos.
Siempre revise con su Corte de Apelación para confirmar los requisitos de entrega legal específicos para su caso.
Normalmente, debe hacer una entrega legal de una copia del escrito del apelado a todas las partes de un caso, al juez de la corte de primera instancia y a la Corte Suprema de California antes de presentarlo ante la Corte de Apelación.
- Si la otra parte tiene un abogado, haga la entrega legal del escrito al abogado.
- Si la otra parte no tiene un abogado, haga la entrega legal del escrito directamente a la parte.
Hay reglas sobre quién puede hacer la entrega legal de un escrito y sobre cómo debe hacerlo. (Consulte el Código de Procedimiento Civil, secciones 1010.6-1013a.)
El apelado debe dar prueba a la Corte de Apelación de que se entregaron todas las copias requeridas. Se motiva a los apelados a usar el formulario de la corte APP-009 (para hacer la entrega legal por correo o en persona) o el formulario APP-009E (para hacer la entrega legal electrónica) para demostrar prueba de entrega. Este formulario incluye detalles sobre quién hizo la entrega legal del escrito, quién lo recibió, cómo se hizo, así como también la fecha.
El apelado debe presentar un formulario de prueba de entrega para cada escrito entregado.
Los formularios de prueba de entrega siempre se incluyen al final del escrito del apelado, luego del certificado de cumplimiento.
Presentación del escrito del apelado en la Corte de Apelación
Hay dos formas de presentar un escrito: presentarlo de manera electrónica (documento electrónico) en una computadora o en papel en la Corte de Apelación. Siempre revise con su Corte de Apelación para confirmar los requisitos de presentación y copia específicos para su caso.
La corte exige a los abogados y a las personas que tienen un abogado que presenten los escritos de manera electrónica. Si un apelado se representa a sí mismo (no tiene un abogado), puede optar por presentar el escrito de manera electrónica o en papel.
Si realiza una presentación electrónica, la corte no necesitará ni pedirá copias en papel.
Si lo presenta en papel, siempre se le otorga a la Corte de Apelación el escrito original y la prueba de entrega. Algunas Cortes de Apelaciones piden que presente copias adicionales del escrito del apelado cuando presenta el escrito original.
El apelado debe quedarse una copia del escrito. Es una buena idea llevarle o enviarle por correo una copia extra del escrito al secretario de la corte. El apelado puede pedirle al secretario que ponga un sello de “presentado” en la copia adicional para demostrar que se presentó el original y conservar la copia adicional como prueba.
Apelaciones
¿Qué sigue?
Luego de que el apelado presenta un escrito, el apelante puede presentar un tercer y último escrito. El escrito de contestación del apelante aborda los asuntos y alegatos del escrito del apelado. No es necesario que el apelante presente un escrito de contestación.
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Paso 4: Escrito de contestación
El escrito de contestación del apelante es el escrito final en un proceso de apelación. La presentación de un escrito de contestación es opcional.
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