Solicite un juicio o fallo por falta de comparecencia

Después de hacer la entrega legal a su inquilino de los formularios de Citación y Demanda, su inquilino tiene 5 días para presentar una respuesta ante la corte (o 15 días si no se hizo la entrega legal en persona). En función de cómo (y si) responde, usted tiene algunas opciones para los siguientes pasos.

1. Espere a ver cómo responde su inquilino

Después de que se hace la entrega legal a su inquilino de los formularios de Citación y Demanda, él tiene 5 días para presentar una respuesta ante la corte.  Los 5 días no incluyen los sábados, domingos o días feriados de la corte. 

Si la persona a cargo de la entrega legal entregó los formularios a su inquilino (incluso si rechazó tomarlos y la persona a cargo de la entrega legal tuvo que dejar los formularios cerca de él), su inquilino tiene 5 días para presentar una Respuesta

Su inquilino tiene más tiempo para presentar una Respuesta si la persona a cargo de la entrega legal

  • Entregó los formularios a otra persona en la casa o el trabajo de su inquilino y luego le envió una copia por correo (esto se llama entrega sustituida)
  • Fijó una copia en la casa de su inquilino y después le envió una copia por correo (esto se llama entrega por fijación

Si la persona a cargo de la entrega legal usó una entrega sustituida o entrega por fijación, su inquilino tiene 15 días después de que la persona a cargo de la entrega legal envió por correo la Citación y la Demanda para presentar una Respuesta, en lugar de 5 días.

  • La fecha de envío es la fecha del matasellos.
  • El día 1 es el día después de que la persona a cargo de la entrega legal envía a su inquilino por correo la Citación y la Demanda.
  • Durante los primeros 10 de los 15 días, cuente los días de calendario regulares (todos los días, incluidos los fines de semana y los días feriados). El décimo día es el día que se considera que a su inquilino se le hizo la entrega legal.
  • Después cuente 5 días de la corte. Para estos 5 días de la corte, no cuente los sábados, domingos ni días feriados de la corte. El quinto día es la fecha límite de su inquilino para presentar un formulario de Respuesta.
Si no presenta una Respuesta antes de la fecha límite, al día siguiente puede presentar unos formularios en los que le pida al juez que ordene a su inquilino que se salga.

Si su inquilino no presenta una respuesta a tiempo, el sexto día puede presentar formularios en los que le pida al juez que ordene al inquilino que se salga. A esto se le llama fallo por falta de comparecencia. El inquilino puede presentar una Respuesta en cualquier momento antes de que usted presente la solicitud para un fallo por falta de comparecencia, por lo que es mejor solicitarlo lo antes posible.

En cualquier momento, si usted y su inquilino resuelven algo, pueden hablar u obtener ayuda de un mediador para llegar a un acuerdo sin ir a la corte (o además de ir a la corte).

2. Decida qué hacer

Lo que puede hacer a continuación depende de lo que hizo su inquilino. 

Si su inquilino no presenta ninguna respuesta antes de la fecha límite, puede solicitar el registro de falta de comparecencia. El inquilino puede presentar una Respuesta en cualquier momento antes de que usted solicite un registro de falta de comparecencia, por lo que es mejor solicitar uno lo antes posible.

Una vez que tenga un registro de falta de comparecencia, puede solicitar un Fallo de posesión del  secretario para recuperar su propiedad.

Si a sus inquilinos se les entregó la Citación y la Demanda en días diferentes, tendrán diferentes fechas límite para responder. Si uno de los inquilinos no cumplió con la fecha límite para responder, pero a otro aún le queda tiempo, tiene dos opciones:

  • Puede solicitar el registro de falta de comparecencia para el inquilino que no cumplió con la fecha límite. Después, puede solicitarlo para otro inquilino cuando se venza su tiempo para responder.
  • Puede esperar a que transcurran todas las fechas límite. Después, puede solicitar el registro de falta de comparecencia para todos los inquilinos que no respondan.

 

Cómo solicitar un fallo por falta de comparecencia y fallo del secretario para recuperar su propiedad (posesión)

Para solicitar una fallo por falta de comparecencia para que su inquilino se salga de inmediato (fallo de posesión del secretario), llene y presente:

  • Solicitud de registro de falta de comparecencia (formulario CIV-100)

    Antes de poder presentar este formulario, debe enviar por correo una copia a cada inquilino. Una vez que presente este formulario, su inquilino no podrá presentar una Respuesta.

  • Fallo-Retención ilícita (formulario UD-110)

    Este es un formulario para pedirle al juez que ordene que usted tiene derecho a recuperar su casa. En el formulario, marque "Por secretario", "Por falta de comparecencia" y "Solo posesión". Si el secretario ve que ha hecho todo bien, puede presentarlo y entregárselo rápidamente. Algunas cortes utilizan un formulario diferente para esto. Consulte con el secretario de la corte para ver si tiene que usar un formulario local.

  • Mandato de posesión sobre un inmueble (formulario EJ-130)

    Este es el formulario que le da al alguacil para desalojar a su inquilino. 

Si está solicitando desalojar a su inquilino porque tiene una deuda de renta u otro costo bajo el contrato de alquiler, también tiene que completar y presentar una Verificación del propietario con respecto a la ayuda con la renta - Retención ilícita (formulario UD-120).

Algunas cortes del condado también tienen sus propios formularios para llenar, así que asegúrese de consultarlo con ellas.

Lleve los formularios al secretario de la corte para que los revise. Hay una cuota por emitir el Mandato de ejecución (Mandato de posesión sobre un inmueble). Si no puede pagar la cuota, puede solicitar una exención de cuotas. Si todo está en orden, el secretario presentará su Solicitud y Fallo, y sellará el Mandato. 

Una vez que haya recibido los formularios del secretario, lleve el Mandato a la oficina del alguacil de su condado. Esto le permite al alguacil desalojar a su inquilino. Antes de llevar el Mandato a la oficina del alguacil, llámelos o visite su sitio web para averiguar qué instrucciones necesitan de su parte para comenzar.

Si también le está pidiendo dinero a su inquilino

No podrá incluir la renta atrasada en este Fallo de posesión del secretario. Puede solicitar el dinero que se le debe en un fallo monetario por falta de comparecencia por separado.

La corte tarda más en procesar los fallos que piden renta atrasada. Si desea que su inquilino se salga lo más rápido posible, primero presente el Fallo de posesión del secretario. Después, los formulario de fallo que solicitan las rentas atrasadas.

Cómo solicitar un fallo por por falta de comparecencia por el dinero adeudado

 

Si su inquilino presenta un formulario de Respuesta

Esto significa que participará en el juicio y se defenderá del desalojo o al menos podrá contar su versión de los hechos en la corte. 

Si el inquilino presenta una Respuesta, él debe enviarle una copia. También puede ir a la corte y buscar el caso si no ha recibido nada por correo del inquilino y desea saber si presentó o no una Respuesta.

Cómo solicitar una fecha de juicio

Si su inquilino presenta y le hace la entrega legal de una Respuesta, presente una Solicitud para llevar el caso a juicio - Retención ilícita (formulario UD-150) en la oficina del secretario si desea avanzar con su caso.

También tiene que entregarle al inquilino por correo una copia de la Solicitud y pedirle a la persona a cargo de la entrega legal que llene la prueba de entrega legal que se encuentra en el reverso del formulario de Solicitud.

El secretario de la corte le enviará una carta con la fecha del juicio.

Su inquilino también puede presentar una Contrasolicitud para llevar el caso a juicio - Retención ilícita (formulario UD-150) si no está de acuerdo con la Solicitud que usted presentó o, por ejemplo, si desea solicitar un juicio con jurado si usted no lo hizo.

 

Tanto usted como su inquilino tienen derecho a solicitar un juicio con jurado. Tiene un costo de $150, a menos que presente una exención de cuotas. También puede haber otros costos, dependiendo de su corte. Para solicitar un juicio con jurado, debe llenar esa sección del formulario Solicitud para llevar el caso a juicio - Retención ilícita. Si no lo hace, su inquilino todavía puede presentar una Contrasolicitud para llevar el caso a juicio - Retención ilícita (formulario UD-150) para solicitar un juicio con jurado. Obtenga ayuda legal si alguno de los dos ha solicitado un juicio con jurado.

 

En algunos casos, el inquilino podría presentar una moción 

Si su inquilino cree que la Demanda del propietario se llenó incorrectamente o se hizo una entrega legal incorrecta, puede presentar una solicitud a la corte para que haga algo al respecto en lugar de presentar una Respuesta. Estas acciones se denominan Moción de anulación de la entrega legal o una Excepción.

Obtenga ayuda legal si su inquilino presentó una moción de anulación o una excepción

Excepción
El inquilino presenta una Excepción para decir que la Demanda no incluye todos los hechos o requisitos legales para demostrar que debe ser desalojado. Una Excepción puede retrasar el caso unas semanas y, si el inquilino gana, es posible que tenga que iniciar el caso desde el principio o incluso darle al inquilino un nuevo Aviso.

Moción de anulación de la entrega legal
Se presenta una Moción de anulación de la entrega legal cuando el inquilino dice que el propietario no hizo la entrega legal correcta de la Citación y la Demanda. Si el inquilino gana, el propietario tiene que volver a hacer la entrega legal de la Citación y la Demanda. Si el propietario gana, el inquilino tendrá que presentar una Respuesta a la Demanda de inmediato.

 

Si el inquilino presenta una Moción de anulación de la entrega legal o una Excepción, debe obtener ayuda legal porque hay pasos que debe seguir para evitar demorar el caso, solucionar cualquier problema y continuar con el caso.

 

Si el inquilino se mudó o usted y el inquilino llegaron a un acuerdo para cerrar el caso

Si el inquilino ya se mudó, debe cerrar (o desestimar) su caso de desalojo. Si se le debe un alquiler atrasado, puede presentar un caso de reclamos menores o un caso civil por la deuda pendiente.
Si usted y el inquilino han llegado a un acuerdo, también puede desestimar su caso. Si su inquilino aún no ha hecho lo que acordó hacer, puede preguntarle al juez si puede cambiar la fecha del juicio (postergarlo). Esto le da más tiempo para asegurarse de que su inquilino haya hecho todo lo que prometió antes de que usted desestime el caso.

Cómo desestimar su caso

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